Datos de la Verificación
Usuario Verificador
gbarreto
Tipo de Verificación
Comunicación de Adenda
Fecha de Solicitud
07-07-2022 - 13:48
Fecha de Fin
08-07-2022 - 08:46
Estado
Publicado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Teniendo en cuenta el objeto de la presente licitación (alimentación escolar), solicitamos a la convocante tener en consideración lo dispuesto en los artículos 183 al 185 de la Ley 6873/2022. //
Se informa a la convocante que esta Dirección Nacional se reserva el derecho de remitir los antecedentes a la Dirección Jurídica a los efectos de ejercer la facultad que el art. 81 de la Ley N° 2051/03 le confiere en lo que respecta a la investigación de hechos que presumiblemente no se ajustan a la Ley de Contrataciones Públicas.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
No cumple con los plazos de difusion el llamado/adenda
Descripción
Atendiendo a la fecha establecida para la presentacion y apertura de ofertas, observamos que no cumple con el plazo minimo de difusion, conforme a la normativas vigentes.
Comentario
Solicitamos a la convocante ajustarse a lo dispuesto en el Art. 43 del Decreto 2992/2019 en concordancia con el art.26 de la Resolución DNCP N° 5695/2019,Difusión de adendas en el SICP.(teniendo en cuenta la modalidad de la licitación LCO, indicamos que la adenda debe ser difundida 3 días habiles antes de la fecha de apertura de ofertas, el plazo de difusión se computa desde el día siguiente hábil de dicha difusión ).//
Tema
PROPIOS DE MUNICIPIO
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta remisión de Autorizacion del PBC por parte de la Junta
Descripción
Verificado el llamado de referencia se observa que no ha sido remitida la Autorización de la Junta para
la aprobación de los Pliegos de Bases y Condiciones para llamados a Licitación Pública o Licitación por Concurso de Ofertas,
establecida como requisito en el Art. 212 de la Ley Orgánica Municipal 3966/10. En consecuencia se solicita la remisión de la mencionada Autorización.
Comentario
REITERAMOS:En la resolución de la Junta Municipal remitida no se visualza expresamente que en la misma se haya AUTORIZADO a la intendencia la realizacion del llamado conforme lo establece la Ley Orgánica Municipal, específicamente en su artículo 212. //
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.