Se entiende que en caso en el que un médico del plantel y/o sanatorio adherido realice atención en consultorio particular, el beneficiario tendrá la misma cobertura contratada sin costo alguno para el mismo. Se entiende en forma permanente, durante la vigencia del contrato. Remitirse al PBC.
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Condiciones Generales de la Prestacion. Punto 15
La Prestadora de Servicios deberá poner a disposición de los beneficiarios un plantel de médicos para todas las especialidades, debiendo estar todas y cada una de ellas cubiertas durante la vigencia del presente Contrato, Se entiende que deben ser las especialidades mencionadas en el PBC.
La Prestadora de Servicios deberá poner a disposición de los beneficiarios un plantel de médicos para todas las especialidades, debiendo estar todas y cada una de ellas cubiertas durante la vigencia del presente Contrato, Se entiende que deben ser las especialidades mencionadas en el PBC.
Sí, la Prestadora de Servicios deberá poner a disposición de los beneficiarios un plantel de médicos para todas las especialidades establecidas en el PBC. Remitirse al PBC.
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CONDICIONES GENERALES. PUNTO 21
Se menciona que en caso de inclusiones de familiares y/o adherentes, la comunicación por parte de la contratante será por las vías habilitadas en el pliego como ser: vía correo electrónico y por medio impreso. En el caso de inclusión de familiares la modalidad establecida es posible, sin embargo, para la inclusión de beneficiarios adherentes, aclare la convocante si el oferente adjudicado podrá determinar el proceso de inclusión de beneficiarios adherentes, en atención a que la obligación será entre el titular y el oferente adjudicado.
Se menciona que en caso de inclusiones de familiares y/o adherentes, la comunicación por parte de la contratante será por las vías habilitadas en el pliego como ser: vía correo electrónico y por medio impreso. En el caso de inclusión de familiares la modalidad establecida es posible, sin embargo, para la inclusión de beneficiarios adherentes, aclare la convocante si el oferente adjudicado podrá determinar el proceso de inclusión de beneficiarios adherentes, en atención a que la obligación será entre el titular y el oferente adjudicado.
El Ministerio de Industria y Comercio facilitará al PROVEEDOR Y/O LA PRESTADORA DE SERVICIOS la nómina de funcionarios y su grupo familiar dentro de las 24 horas posteriores a la firma del contrato, a los que deberá dar de alta para la prestación del servicio. Para las sucesivas altas y bajas de titulares, el Ministerio de Industria y Comercio deberá comunicar al PROVEEDOR Y/O LA PRESTADORA DE SERVICIOS en los primeros 5 (cinco) días hábiles de cada mes. Para el grupo familiar de los titulares se puede hacer la inclusión en cualquier momento de la vigencia del contrato y la habilitación de los mismos será en las primeras 24 (veinticuatro) horas (día hábil) de recibida la comunicación oficial, siendo causal de imposición de sanciones el incumplimiento del presente punto. En caso de inclusiones de familiares y/o adherentes, la comunicación por parte de la contratante será por las vías habilitadas en el pliego como ser: vía correo electrónico y por medio impreso. En ningún caso, se aplicarán las coberturas en forma retroactiva a prestaciones de servicios anteriores a la inclusión efectuada. El primer pago será en efectivo y prorrateado según la fecha de su alta efectiva.
Se aclara que las inclusiones de los adherentes deberán ser realizadas conforme a las condiciones establecidas en los documentos del llamado. Remitirse al PBC.
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BENEFICIARIOS ADHERENTES
Aclare la convocante, si en caso que el titular se encuentre en mora del pago de las cuotas por sus beneficiarios adherentes, la prestadora podrá suspender los servicios.
Aclare la convocante, si en caso que el titular se encuentre en mora del pago de las cuotas por sus beneficiarios adherentes, la prestadora podrá suspender los servicios.
En caso de que el titular se encuentre en mora del pago de las cuotas por sus beneficiarios adherentes, la prestadora podrá suspender los servicios. Remitirse al PBC.
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CONDICIONES GENERALES. PUNTO 3
Aclare la convocante cómo el oferente adjudicado podrá emitir una visacion por interconsulta con profesionales que no sean de su plantel, sería un servicio con cargo para el paciente.
Aclare la convocante cómo el oferente adjudicado podrá emitir una visacion por interconsulta con profesionales que no sean de su plantel, sería un servicio con cargo para el paciente.
En el PBC se encuentra consignado los Servicios de Reintegros. El beneficiario y su grupo familiar podrán eventualmente consultar o realizar interconsulta con un médico que no se encuentre en el listado de profesionales del seguro, no más de 2 (dos) veces por mes y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta guaraníes ciento cincuenta mil (Gs. 150.000) por consulta. Las consultas reembolsables incluirán a profesionales Licenciados (Psicólogos y Fonoaudiólogos), no más de una (1) vez por mes y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta guaraníes ciento cincuenta mil (Gs. 150.000) por consulta. Remitirse al PBC.
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EXPERIENCIA REQUERIDA
Se entiende que para acreditar la experiencia requerida, se deberá presentar facturas, constancias de servicio satisfactorio y contratos por la provisión de servicios igual al objeto del presente llamado.
Se entiende que para acreditar la experiencia requerida, se deberá presentar facturas, constancias de servicio satisfactorio y contratos por la provisión de servicios igual al objeto del presente llamado.
Deberá estar relacionada a la provisión de servicios de seguro médico objeto de la presente licitación. Remitirse al PBC.
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ANEXO A Punto B.1
Para la especialidad de Endocrinología Pediátrica se requiere una cantidad de 5 profesionales, en el país se tiene solo 2 profesionales con dicha especialidad, de los cuales solo 1 de ellos trabaja con empresas de medicina prepaga. Se sugiere proceder conforme a los servicios de reintegro establecido en la pág. 37
Para la especialidad de Endocrinología Pediátrica se requiere una cantidad de 5 profesionales, en el país se tiene solo 2 profesionales con dicha especialidad, de los cuales solo 1 de ellos trabaja con empresas de medicina prepaga. Se sugiere proceder conforme a los servicios de reintegro establecido en la pág. 37
La cotización del servicio deberá ser realizada conforme a la planilla de precios y formulario de oferta publicados en el SICP, los cuales se encuentran disponibles para su descarga en los datos de la convocatoria. El instructivo se encuentra publicado en el SICP, Servicios, Guías Online, Guía de Formulario de Oferta: https://www.contrataciones.gov.py/dncp/guias.html
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COBERTURA
Donde dice: En caso de lactantes la cobertura nutricional incluirá la leche de formula maternizada, mientras permanezca internado.
Se entiende esta cobertura dentro del tope de medicamentos y descartables.
Donde dice: En caso de lactantes la cobertura nutricional incluirá la leche de formula maternizada, mientras permanezca internado.
Se entiende esta cobertura dentro del tope de medicamentos y descartables.
Remitirse al PBC. La cobertura de medicamentos nacionales e importados, materiales descartables por valor de Gs. 25.000.000 (guaraníes veinte y cinco millones), por evento y en todo concepto.
20
COBERTURA
Donde dice: Todos los estudios y análisis laboratoriales que se realizan en el país a la firma del contrato estarán cubiertos íntegramente en los prestadores habilitados.
Se entiende que segun el listado del Anexo de Estudios Laboratoriales.
Donde dice: Todos los estudios y análisis laboratoriales que se realizan en el país a la firma del contrato estarán cubiertos íntegramente en los prestadores habilitados.
Se entiende que segun el listado del Anexo de Estudios Laboratoriales.
Todos los estudios y análisis laboratoriales incluidos en el PBC deberán estar cubiertos íntegramente en los prestadores habilitados. Remitirse al PBC.