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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
rmaciel
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
23-09-2022 - 12:26
Fecha de Fin
28-09-2022 - 14:41
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Codigo de Catalogo Incorrecto.
Descripción
En el SICP, el “Código de Catálogo” indicado no corresponde al bien/servicio requerido, solicitamos utilizar el código correcto de acuerdo al Catálogo difundido en el sistema.
Comentario
3-Se les recuerda que deben utilizar el código adecuado a cada descripción de los ítems de la lista de precios, conforme al catálogo del SICP.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No remiten autorizaciones
Descripción
Conforme al objeto del llamado, se solicita remitir las autorizaciones correspondientes (Planos, MADES, permiso municpal).
Comentario
1-Teniendo en cuenta la descripción del llamado, se les informa que el proceso de contratación podría necesitar contar con los permisos de los entes pertinentes ejemplo: ERSSAN, o en su defecto, deberán contar con algún documento donde las autoridades competentes se expidan indicando que el proceso de contratación no requiere de ningún permiso atendiendo al objeto de la contratación. Se les recuerda lo previsto en el instructivo del pliego estándar vigente: “…La persona encargada de redactar las bases debe tener en cuenta lo que dispone la legislación vigente en materia ambiental y tramitar previamente los correspondientes permisos, licencias y autorizaciones según corresponda ante la autoridad competente; atendiendo la envergadura, la localización y el impacto que la obra podría causar decidirá la correspondencia o no de los mismos]…”.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Especificiaciones Técnicas insuficientes
Descripción
En relación a la Especificaciones Técnicas detalladas en el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de Invitación, creemos conveniente que las mismas sean ampliadas a los efectos que se definan e individualicen todos los aspectos necesarios para una correcta cotización de los bienes/servicios requeridos, de acuerdo con los Principios de Igualdad y Transparencia.
Comentario
2-Ampliar las especificaciones técnicas del ítem 10.3, 10.2, no indicaron cantidades específicas de lo que desean adquirir.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.