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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
rmaciel
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
16-09-2022 - 15:21
Fecha de Fin
21-09-2022 - 08:53
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
3-) Pliego página 7 Datos para la identificación al sitio de obras: mencionan datos que no corresponden al proceso de la referencia (Salón Multiuso Municipalidad). 4-) Pliego página 31 Periodo de construcción lugar y otros: indicar los lugares, tal como prevé el enunciado de este punto. 5-) Se les recuerda, que deben considerar las fechas de entrega, apertura de ofertas evaluación de ofertas, plazo de ejecución, etc. de acuerdo a eso, deberán realizar los cálculos de manera a determinar si correspondería o no cambiar a plurianual el llamado y por ende, realizar los cambios pertinentes en el SICP y los documentos del llamado, conforme a lo establecido en el Art. 112 de la Ley de Presupuesto vigente, la Resolución MH N° 379/2022 así como la Circular DNCP N° 14/2022.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Ubicación geográfica de obras
Descripción
Se solicita realizar la ubicación geográfica de los lugares donde las obras serán ejecutadas, se recuerda la obligatoriedad de informar la misma con la comunicación de los llamados a contratación, cuyo objeto sea la ejecución de obras públicas, en los términos del inciso p) del Art. 3 de la Ley 2051/03. Res. DNCP N° 2477/18
Comentario
1-) En la descripción de llamado mencionan varias calles, sin embargo, en el documento de geolocalización sólo se ha marcado una ubicación.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Precios Referenciales
Descripción
Se solicita remitir los documentos respaldatorios, conforme lo requiere la reglamentacion vigente.
Comentario
2-) Dictamen de precios referenciales: 2.1-) Se observan diferencias ente los precios indicados en el ítem 6 del dictamen y el presupuesto de Delta constructora y Transporte y Construmáster. 2.2-) El precio indicado en el ítem 4 del dictamen (22400) no coincide con lo establecido en el contrato id 397520 (22670).

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.