En el Pliego de Bases y Condiciones, DATOS DE LICITACION, en el aparado de Visita al sitio de ejecución del contrato, se establece:
“Visita al sitio de ejecución del contrato:
La convocante dispone la realización de una visita al sitio con las siguientes indicaciones:
No Aplica. “
Luego más adelante en el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas. ITEM 2. CONTROL DE ACCESO CONTROLADO, se solicita:
“El Oferente deberá realizar la instalación de los equipos y accesorios ofertados, y puesta en marcha de estos según coordinación del técnico del INTN asignados para ello.
Se deberá proveer e instalar canaletas necesarias para resguardo del cableado según necesidad, con canaletas de alta durabilidad y fijados con tornillo, arandela y tarugo para asegurar su instalación.
Se deberá proveer e instalar cajas externas según necesidad, para la fijación de equipos, para el resguardo y no exposición de sus componentes.
Se deberá proveer de todos los cables y accesorios para el correcto funcionamiento de los equipos y accesorios, como las configuraciones en los Sistemas instalados.
El proveedor deberá asumir todos los detalles para el correcto funcionamiento del equipo.
Exigido.”
Considerando que la convocante solicita que ¨ El proveedor deberá asumir todos los detalles para el correcto funcionamiento del equipo ¨; pero no incluye la realización de una Visita Técnica a fin de que los potenciales oferentes puedan conocer las condiciones y funcionamiento de software que son usados actualmente, y los sitios donde se deberán de instalar los equipos requeridos, se solicita la habilitación de dicha visita técnica y la indicación del día y hora de su realización. Los potenciales oferentes deben evaluar éstas condiciones, esto a fin de estimar todos los costos que conllevarían la infraestructura para la instalación de los Controles de Acceso de acuerdo a las necesidades requeridas por la convocante.
Teniendo en cuenta la envergadura del proyecto, la Convocante debe establecer una fecha y hora para realizar una Visita Técnica; es de suma importancia que se realice la Visita Técnica para que los oferentes conozcan y puedan dimensionar los trabajos requeridos en cuanto a la infraestructura y las adecuaciones requeridas para realizar la instalación. Si NO SE TIENE esta información los oferentes no podrán cotizar adecuadamente.
Cabe resaltar además que luego de culminada la visita técnica se debe abrir un nuevo periodo de consultas, a fin de poder evacuar las dudas que pudieran surgir posterior a la Visita.
Llama la atención, que la convocante, no haya indicado una fecha de visita Técnica para que los potenciales oferentes puedan realizar sus cálculos de costo para la implementación requerida.
Lo mencionado es importante en virtud que alguna empresa podría contar con acceso a esa información y obtener así una ventaja competitiva injustamente.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante”. y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, DATOS DE LICITACION, en el aparado de Visita al sitio de ejecución del contrato, se establece:
“Visita al sitio de ejecución del contrato:
La convocante dispone la realización de una visita al sitio con las siguientes indicaciones:
No Aplica. “
Luego más adelante en el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas. ITEM 2. CONTROL DE ACCESO CONTROLADO, se solicita:
“El Oferente deberá realizar la instalación de los equipos y accesorios ofertados, y puesta en marcha de estos según coordinación del técnico del INTN asignados para ello.
Se deberá proveer e instalar canaletas necesarias para resguardo del cableado según necesidad, con canaletas de alta durabilidad y fijados con tornillo, arandela y tarugo para asegurar su instalación.
Se deberá proveer e instalar cajas externas según necesidad, para la fijación de equipos, para el resguardo y no exposición de sus componentes.
Se deberá proveer de todos los cables y accesorios para el correcto funcionamiento de los equipos y accesorios, como las configuraciones en los Sistemas instalados.
El proveedor deberá asumir todos los detalles para el correcto funcionamiento del equipo.
Exigido.”
Considerando que la convocante solicita que ¨ El proveedor deberá asumir todos los detalles para el correcto funcionamiento del equipo ¨; pero no incluye la realización de una Visita Técnica a fin de que los potenciales oferentes puedan conocer las condiciones y funcionamiento de software que son usados actualmente, y los sitios donde se deberán de instalar los equipos requeridos, se solicita la habilitación de dicha visita técnica y la indicación del día y hora de su realización. Los potenciales oferentes deben evaluar éstas condiciones, esto a fin de estimar todos los costos que conllevarían la infraestructura para la instalación de los Controles de Acceso de acuerdo a las necesidades requeridas por la convocante.
Teniendo en cuenta la envergadura del proyecto, la Convocante debe establecer una fecha y hora para realizar una Visita Técnica; es de suma importancia que se realice la Visita Técnica para que los oferentes conozcan y puedan dimensionar los trabajos requeridos en cuanto a la infraestructura y las adecuaciones requeridas para realizar la instalación. Si NO SE TIENE esta información los oferentes no podrán cotizar adecuadamente.
Cabe resaltar además que luego de culminada la visita técnica se debe abrir un nuevo periodo de consultas, a fin de poder evacuar las dudas que pudieran surgir posterior a la Visita.
Llama la atención, que la convocante, no haya indicado una fecha de visita Técnica para que los potenciales oferentes puedan realizar sus cálculos de costo para la implementación requerida.
Lo mencionado es importante en virtud que alguna empresa podría contar con acceso a esa información y obtener así una ventaja competitiva injustamente.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante”. y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En vista a los plazos previstos por la DNCP en los llamados 2022, la urgencia de contar con este y otros equipos del llamado, ademas, no se cuenta actualmente con las ubicaciones exactas en donde se realizaría las instalaciones.
Se deberá proveer e instalar:
-Canaletas necesarias para resguardo del cableado, de alta durabilidad y fijados con almenos 2 tornillos, arandelas y tarugos para asegurar su instalacion.
-Cajas externas, para la fijacion de equipos, para el resguardo y no exposicion de sus componentes.
En vista a que no se cuenta con la ubicacion exacta de la instalacion, se debera prever estos insumos que cubran la distancia de 20 metros minimente, ya sea canaletas, cables de conexión y una caja externa por equipo/accesorio que se requiera. En caso de trayectos donde se requiera menor distancia, esa diferencia podrá ser agregado a otra instalación del mismo item.
2
*- VISITA TECNICA
En el Pliego de Bases y Condiciones, DATOS DE LICITACION, en el apartado de Visita al sitio de ejecución del contrato, se establece:
“Visita al sitio de ejecución del contrato:
La convocante dispone la realización de una visita al sitio con las siguientes indicaciones:
No Aplica. “
Luego más adelante en el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas. ITEM 10. CENTRAL DE ALERTAS Y ALARMAS, se solicita:
“El Oferente deberá realizar la instalación de los equipos y accesorios ofertados, y puesta en marcha de estos según coordinación del técnico del INTN asignados para ello.
Se deberá proveer e instalar canaletas necesarias para resguardo del cableado según necesidad, con canaletas de alta durabilidad y fijados con tornillo, arandela y tarugo para asegurar su instalación.
Se deberá proveer de todos los cables y accesorios para el correcto funcionamiento de los equipos y accesorios, como las configuraciones en los Sistemas instalados.
El proveedor deberá asumir todos los detalles para el correcto funcionamiento del equipo.
Exigido.”
Considerando que la convocante solicita que ¨ El proveedor deberá asumir todos los detalles para el correcto funcionamiento del equipo ¨; pero NO se establece una Visita Técnica a fin de que los potenciales oferentes puedan conocer las condiciones y funcionamiento de los software que son usados actualmente, y los sitios donde se deberán de instalar tanto los sensores de alarma, los expansores, teclados y panel de alarma requerido, y que los potenciales oferentes deben evaluar éstas condiciones, esto a fin de estimar todos los costos que conllevarían la infraestructura para la instalación de la Central de Alertas y Alarmas de acuerdo a las necesidades requeridas por la convocante, se solicita a la convocante, teniendo en cuenta la envergadura del proyecto, establecer una fecha y hora para realizar una Visita Técnica; es de suma importancia que se realice la Visita Técnica para que los oferentes conozcan y puedan dimensionar los trabajos requeridos en cuanto a la infraestructura requerida para realizar la instalación. Si NO SE TIENE esta información los oferentes no podrán cotizar adecuadamente.
Cabe resaltar además que luego de culminada la visita técnica se debe abrir un nuevo periodo de consultas, a fin de poder evacuar las dudas que pudieran surgir posterior a la Visita. Llama la atención, que la convocante, no haya indicado una fecha de visita Técnica para que los potenciales oferentes puedan realizar sus cálculos de costo para la implementación requerida.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, DATOS DE LICITACION, en el apartado de Visita al sitio de ejecución del contrato, se establece:
“Visita al sitio de ejecución del contrato:
La convocante dispone la realización de una visita al sitio con las siguientes indicaciones:
No Aplica. “
Luego más adelante en el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas. ITEM 10. CENTRAL DE ALERTAS Y ALARMAS, se solicita:
“El Oferente deberá realizar la instalación de los equipos y accesorios ofertados, y puesta en marcha de estos según coordinación del técnico del INTN asignados para ello.
Se deberá proveer e instalar canaletas necesarias para resguardo del cableado según necesidad, con canaletas de alta durabilidad y fijados con tornillo, arandela y tarugo para asegurar su instalación.
Se deberá proveer de todos los cables y accesorios para el correcto funcionamiento de los equipos y accesorios, como las configuraciones en los Sistemas instalados.
El proveedor deberá asumir todos los detalles para el correcto funcionamiento del equipo.
Exigido.”
Considerando que la convocante solicita que ¨ El proveedor deberá asumir todos los detalles para el correcto funcionamiento del equipo ¨; pero NO se establece una Visita Técnica a fin de que los potenciales oferentes puedan conocer las condiciones y funcionamiento de los software que son usados actualmente, y los sitios donde se deberán de instalar tanto los sensores de alarma, los expansores, teclados y panel de alarma requerido, y que los potenciales oferentes deben evaluar éstas condiciones, esto a fin de estimar todos los costos que conllevarían la infraestructura para la instalación de la Central de Alertas y Alarmas de acuerdo a las necesidades requeridas por la convocante, se solicita a la convocante, teniendo en cuenta la envergadura del proyecto, establecer una fecha y hora para realizar una Visita Técnica; es de suma importancia que se realice la Visita Técnica para que los oferentes conozcan y puedan dimensionar los trabajos requeridos en cuanto a la infraestructura requerida para realizar la instalación. Si NO SE TIENE esta información los oferentes no podrán cotizar adecuadamente.
Cabe resaltar además que luego de culminada la visita técnica se debe abrir un nuevo periodo de consultas, a fin de poder evacuar las dudas que pudieran surgir posterior a la Visita. Llama la atención, que la convocante, no haya indicado una fecha de visita Técnica para que los potenciales oferentes puedan realizar sus cálculos de costo para la implementación requerida.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En vista a los plazos previstos por la DNCP en los llamados 2022, la urgencia de contar con este y otros equipos del llamado, además, no se cuenta actualmente con las ubicaciones exactas en donde se realizaría las instalaciones.
Se deberá proveer e instalar:
-Canaletas necesarias para resguardo del cableado, de alta durabilidad y fijados con al menos 2 tornillos, arandelas y tarugos para asegurar su instalación.
-Cajas externas, para la fijación de equipos, para el resguardo y no exposición de sus componentes.
En vista a que no se cuenta con la ubicación exacta de la instalación, se deberá prever estos insumos que cubran la distancia de 40 metros mínimamente, ya sea canaletas, cables de conexión y una caja externa por equipo/accesorio que se requiera. En caso de trayectos donde se requiera menor distancia, esa diferencia podrá ser agregado a otra instalación del mismo ítem.
3
*- Plazos del llamado
En el SICP, Datos de la Convocatoria, Sección Etapas y Plazos, dice:
“Fecha Límite de Consultas: miércoles, 12 de octubre de 2022 - 15:00”
“Fecha de Entrega de Ofertas: lunes, 17 de octubre de 2022 - 11:00”
“Fecha de Apertura de Ofertas: lunes, 17 de octubre de 2022 - 11:30”
Respecto a los plazos establecidos y considerando la envergadura del llamado y del presupuesto asignado para esta Licitación y además, teniendo en cuenta que es necesario realizar una visita técnica de relevamiento para conocer los trabajos requeridos en los sitios de instalación y realizar las consultas y solicitudes de aclaración que surjan de las visitas, se SOLICITA a la convocante una prórroga de al menos 30 (treinta) días calendarios en la fecha límite de consultas, y 45 (cuarenta y cinco) días calendarios para la fecha de Inicio de Propuestas y Entrega de Ofertas fijada inicialmente en los datos de la convocatoria, de manera a que todos los potenciales oferentes puedan contar con el tiempo necesario y suficiente para realizar un análisis íntegro y pormenorizado de todas las condiciones y requisitos establecidos dentro del presente llamado, y en consecuencia, presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
Lo solicitado se cursa en virtud del Principio de Economía y Eficiencia, contenido en el Art. 4 de la ley 2051/03 inc. a) que estipula: “Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones(…). Además, encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
En el SICP, Datos de la Convocatoria, Sección Etapas y Plazos, dice:
“Fecha Límite de Consultas: miércoles, 12 de octubre de 2022 - 15:00”
“Fecha de Entrega de Ofertas: lunes, 17 de octubre de 2022 - 11:00”
“Fecha de Apertura de Ofertas: lunes, 17 de octubre de 2022 - 11:30”
Respecto a los plazos establecidos y considerando la envergadura del llamado y del presupuesto asignado para esta Licitación y además, teniendo en cuenta que es necesario realizar una visita técnica de relevamiento para conocer los trabajos requeridos en los sitios de instalación y realizar las consultas y solicitudes de aclaración que surjan de las visitas, se SOLICITA a la convocante una prórroga de al menos 30 (treinta) días calendarios en la fecha límite de consultas, y 45 (cuarenta y cinco) días calendarios para la fecha de Inicio de Propuestas y Entrega de Ofertas fijada inicialmente en los datos de la convocatoria, de manera a que todos los potenciales oferentes puedan contar con el tiempo necesario y suficiente para realizar un análisis íntegro y pormenorizado de todas las condiciones y requisitos establecidos dentro del presente llamado, y en consecuencia, presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
Lo solicitado se cursa en virtud del Principio de Economía y Eficiencia, contenido en el Art. 4 de la ley 2051/03 inc. a) que estipula: “Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones(…). Además, encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
En vista a los plazos previstos para los llamados 2022, la urgencia de contar con este y otros equipos del llamado, además, no se cuenta actualmente con las ubicaciones exactas en donde se realizaría las instalaciones.
Se deberá proveer e instalar:
-Canaletas necesarias para resguardo del cableado, de alta durabilidad y fijados con al menos 2 tornillos, arandelas y tarugos para asegurar su instalación.
-Cajas externas, para la fijación de equipos, para el resguardo y no exposición de sus componentes.
En vista a que no se cuenta con la ubicación exacta de la instalación, se deberá prever estos insumos que cubran la distancia de 40 metros mínimamente, ya sea canaletas, cables de conexión y una caja externa por equipo/accesorio que se requiera. En caso de trayectos donde se requiera menor distancia, esa diferencia podrá ser agregado a otra instalación del mismo ítem.
4
*- Plan de entrega de los bienes
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado del Plan de Entrega de los bienes, dice:
“10 Central de Alertas y Alarmas. 1 UNIDAD Avda. Gral. Artigas N° 3973 c/ Gral Roa
En un plazo máximo de 30 días corridos contados a partir de la recepción de la Orden de Servicio.“
Al respecto, solicitamos a la Convocante extender el mencionado plazo de entrega para los Ítems mencionados, en al menos 60 (sesenta) días calendario posterior a la recepción de la correspondiente orden de compra, considerando que persisten las consecuencias comerciales y logísticas a nivel internacional derivados de los prolongados períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipos que no se fabrican en nuestro país, y atendiendo además a que continúan vigentes los efectos adversos de la situación de estado de emergencia ante la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, a lo que se suma la situación de los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania que afecta los procesos de tránsito y circuitos comerciales y logísticos a nivel internacional y que las importaciones desde China, origen de casi todos los componentes o equipos vinculados al objeto de este llamado se vean resentidas por atrasos que dificultan la normal producción del tipo de equipos solicitados tanto por falta de componentes, provocando serias alteraciones en las cadenas de suministros a nivel mundial, sobre lo cual todas las agencias de noticias a nivel mundial vienen informando.
Lo solicitado apunta a asegurar que sea posible la correcta ejecución del contrato, aplicando plazos menos exiguos que permitan una correcta gestión de entrega de los equipos a la convocante asegurando el mejor estado y funcionamiento de los equipos a entregar y evitar sobre costos a la misma por la necesidad de tener que recurrir a canales de transporte más costosos, esto sigue la línea del principio virtud de Economía y Eficiencia, contenido en el Art. 4 de la ley 2051/03 inc. a) que estipula: “Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones(…)
Así mismo, encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado del Plan de Entrega de los bienes, dice:
“10 Central de Alertas y Alarmas. 1 UNIDAD Avda. Gral. Artigas N° 3973 c/ Gral Roa
En un plazo máximo de 30 días corridos contados a partir de la recepción de la Orden de Servicio.“
Al respecto, solicitamos a la Convocante extender el mencionado plazo de entrega para los Ítems mencionados, en al menos 60 (sesenta) días calendario posterior a la recepción de la correspondiente orden de compra, considerando que persisten las consecuencias comerciales y logísticas a nivel internacional derivados de los prolongados períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipos que no se fabrican en nuestro país, y atendiendo además a que continúan vigentes los efectos adversos de la situación de estado de emergencia ante la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, a lo que se suma la situación de los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania que afecta los procesos de tránsito y circuitos comerciales y logísticos a nivel internacional y que las importaciones desde China, origen de casi todos los componentes o equipos vinculados al objeto de este llamado se vean resentidas por atrasos que dificultan la normal producción del tipo de equipos solicitados tanto por falta de componentes, provocando serias alteraciones en las cadenas de suministros a nivel mundial, sobre lo cual todas las agencias de noticias a nivel mundial vienen informando.
Lo solicitado apunta a asegurar que sea posible la correcta ejecución del contrato, aplicando plazos menos exiguos que permitan una correcta gestión de entrega de los equipos a la convocante asegurando el mejor estado y funcionamiento de los equipos a entregar y evitar sobre costos a la misma por la necesidad de tener que recurrir a canales de transporte más costosos, esto sigue la línea del principio virtud de Economía y Eficiencia, contenido en el Art. 4 de la ley 2051/03 inc. a) que estipula: “Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones(…)
Así mismo, encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
En vista a los plazos previstos para los llamados 2022, la urgencia de contar con este y otros equipos del llamado, además, no se cuenta actualmente con las ubicaciones exactas en donde se realizaría las instalaciones.
Se deberá proveer e instalar:
-Canaletas necesarias para resguardo del cableado, de alta durabilidad y fijados con al menos 2 tornillos, arandelas y tarugos para asegurar su instalación.
-Cajas externas, para la fijación de equipos, para el resguardo y no exposición de sus componentes.
En vista a que no se cuenta con la ubicación exacta de la instalación, se deberá prever estos insumos que cubran la distancia de 40 metros mínimamente, ya sea canaletas, cables de conexión y una caja externa por equipo/accesorio que se requiera. En caso de trayectos donde se requiera menor distancia, esa diferencia podrá ser agregado a otra instalación del mismo ítem.
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Item 6 Monitor LED
Solicitamos a la convocante aceptar monitores con paneles VA y no solo IPS ya que esta ultima es una tecnologia mas cara que no se pueden justificar con el precio referencial del item mencionado.
Las diferencias entre ambas tecnologías no son muy diferentes y se pueden encontrar mejores ofertas con tecnologias VA.
Solicitamos a la convocante aceptar monitores con paneles VA y no solo IPS ya que esta ultima es una tecnologia mas cara que no se pueden justificar con el precio referencial del item mencionado.
Las diferencias entre ambas tecnologías no son muy diferentes y se pueden encontrar mejores ofertas con tecnologias VA.
Se aceptan monitores con tecnología en paneles VA o IPS.
6
Certificaciones requeridas
En el punto 20 - Certificación y documentaciones requeridas de las especificaciones tecnicas del PBC solamente solicitan lo siguiente: Certificado de garantía escrita mínima de 24 meses.
Recomendamos que para evitar que se presenten equipos ensamblados en el pais y que no tienen la trayectoria y no ofrecen la calidad de las marcas como HP, Lenovo, Acer o Dell, que la convocante solicite tambien: Certificación de calidad ISO 9001: 2008 o similar para todo el equipo en conjunto y que no se acepten certificaciones que solo cubran ensamblado.
En el punto 20 - Certificación y documentaciones requeridas de las especificaciones tecnicas del PBC solamente solicitan lo siguiente: Certificado de garantía escrita mínima de 24 meses.
Recomendamos que para evitar que se presenten equipos ensamblados en el pais y que no tienen la trayectoria y no ofrecen la calidad de las marcas como HP, Lenovo, Acer o Dell, que la convocante solicite tambien: Certificación de calidad ISO 9001: 2008 o similar para todo el equipo en conjunto y que no se acepten certificaciones que solo cubran ensamblado.
No se considera, según Especificaciones Técnicas estándar de la MITIC.
7
*-Plan de entrega de los bienes
En el Pliego de Bases y Condiciones, Plan de entrega de los bienes, Sección: Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes – ITEM 1 - Servidor para Virtualización.
“En un plazo máximo de 45 días corridos contados a partir de la recepción de la Orden de Servicio”
Al respecto, se solicita a la convocante que los plazos de entrega sean de 90 (noventa) días como máximo, considerando los prolongados períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipos que no se fabrican en nuestro país, y atendiendo además a que continua vigente la situación de estado de emergencia ante la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, la estricta «La «política de cero-Covid, introducida al principio de la pandemia por China, destinada a controlar la propagación del virus mediante estrictas restricciones de viaje y cierres de fábricas y centros logísticos que afectaron a las cadenas de suministros internacionales lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la fabricación debido además, a la escasez de micro-componentes en el mercado mundial que persiste hasta el día de hoy.
Así mismo, las tensiones entre Rusia y Ucrania imprimen continua presión sobre las cadenas de suministro provocando un desequilibrio entre la oferta y la demanda y el aumento de la inflación que afecta sectores económicos muy expuestos. En concreto, los más afectados son la alimentación, automoción, tecnología y sector energético. Por lo tanto, es loable considerar un plazo mayor para la correcta realización de las entregas, que permita una ejecución adecuada del contrato, ajustada a la realidad de estos tiempos.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
En el Pliego de Bases y Condiciones, Plan de entrega de los bienes, Sección: Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes – ITEM 1 - Servidor para Virtualización.
“En un plazo máximo de 45 días corridos contados a partir de la recepción de la Orden de Servicio”
Al respecto, se solicita a la convocante que los plazos de entrega sean de 90 (noventa) días como máximo, considerando los prolongados períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipos que no se fabrican en nuestro país, y atendiendo además a que continua vigente la situación de estado de emergencia ante la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, la estricta «La «política de cero-Covid, introducida al principio de la pandemia por China, destinada a controlar la propagación del virus mediante estrictas restricciones de viaje y cierres de fábricas y centros logísticos que afectaron a las cadenas de suministros internacionales lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la fabricación debido además, a la escasez de micro-componentes en el mercado mundial que persiste hasta el día de hoy.
Así mismo, las tensiones entre Rusia y Ucrania imprimen continua presión sobre las cadenas de suministro provocando un desequilibrio entre la oferta y la demanda y el aumento de la inflación que afecta sectores económicos muy expuestos. En concreto, los más afectados son la alimentación, automoción, tecnología y sector energético. Por lo tanto, es loable considerar un plazo mayor para la correcta realización de las entregas, que permita una ejecución adecuada del contrato, ajustada a la realidad de estos tiempos.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
En vista a los plazos previstos para los llamados 2022, la urgencia de contar con este y otros equipos del llamado, además, no se cuenta actualmente con las ubicaciones exactas en donde se realizaría las instalaciones.
Se deberá proveer e instalar:
-Canaletas necesarias para resguardo del cableado, de alta durabilidad y fijados con al menos 2 tornillos, arandelas y tarugos para asegurar su instalación.
-Cajas externas, para la fijación de equipos, para el resguardo y no exposición de sus componentes.
En vista a que no se cuenta con la ubicación exacta de la instalación, se deberá prever estos insumos que cubran la distancia de 40 metros mínimamente, ya sea canaletas, cables de conexión y una caja externa por equipo/accesorio que se requiera. En caso de trayectos donde se requiera menor distancia, esa diferencia podrá ser agregado a otra instalación del mismo ítem.
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*-Plan de entrega de los bienes
En el Pliego de Bases y Condiciones, Plan de entrega de los bienes, Sección: Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes – ITEM 9 - Switch PoE.
“En un plazo máximo de 30 días corridos contados a partir de la recepción de la Orden de Servicio”
Al respecto, se solicita a la convocante que los plazos de entrega sean de 120 (ciento veinte) días como máximo, considerando los prolongados períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipos que no se fabrican en nuestro país, y atendiendo además a que continúan los efectos adversos derivados de la situación de estado de emergencia ante la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, vinculado a la estricta «La «política de cero-Covid-, introducida por China y destinada a controlar la propagación del virus mediante estrictas restricciones de viaje y cierres de fábricas y centros logísticos que afectaron a las cadenas de suministros internacionales, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la fabricación debido además, a la escasez de micro-componentes en el mercado mundial que persiste hasta el día de hoy.
Así mismo, Las tensiones entre Rusia y Ucrania imprimen continua presión sobre las cadenas de suministro provocando un desequilibrio entre la oferta y la demanda de transporte y el aumento de la inflación que afecta sectores económicos muy expuestos. En concreto, los más afectados son la alimentación, automoción, tecnología y sector energético.
Todo esto ha contribuido a encarecer los costos logísticos convencionales, lo que aumenta la necesidad de recurrir a transporte multimodales que contemplan precios más elevados, cuando se cuenta con plazos tan cortos. Por lo tanto, es loable considerar un plazo mayor para la correcta realización de las entregas, que permita una ejecución adecuada del contrato, ajustada a la realidad de estos tiempos y al presupuesto del llamado.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en en virtud del Principio de Economía y Eficiencia, contenido en el Art. 4 de la ley 2051/03 inc. a) que estipula: “Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones(…) y el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
En el Pliego de Bases y Condiciones, Plan de entrega de los bienes, Sección: Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes – ITEM 9 - Switch PoE.
“En un plazo máximo de 30 días corridos contados a partir de la recepción de la Orden de Servicio”
Al respecto, se solicita a la convocante que los plazos de entrega sean de 120 (ciento veinte) días como máximo, considerando los prolongados períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipos que no se fabrican en nuestro país, y atendiendo además a que continúan los efectos adversos derivados de la situación de estado de emergencia ante la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, vinculado a la estricta «La «política de cero-Covid-, introducida por China y destinada a controlar la propagación del virus mediante estrictas restricciones de viaje y cierres de fábricas y centros logísticos que afectaron a las cadenas de suministros internacionales, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la fabricación debido además, a la escasez de micro-componentes en el mercado mundial que persiste hasta el día de hoy.
Así mismo, Las tensiones entre Rusia y Ucrania imprimen continua presión sobre las cadenas de suministro provocando un desequilibrio entre la oferta y la demanda de transporte y el aumento de la inflación que afecta sectores económicos muy expuestos. En concreto, los más afectados son la alimentación, automoción, tecnología y sector energético.
Todo esto ha contribuido a encarecer los costos logísticos convencionales, lo que aumenta la necesidad de recurrir a transporte multimodales que contemplan precios más elevados, cuando se cuenta con plazos tan cortos. Por lo tanto, es loable considerar un plazo mayor para la correcta realización de las entregas, que permita una ejecución adecuada del contrato, ajustada a la realidad de estos tiempos y al presupuesto del llamado.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en en virtud del Principio de Economía y Eficiencia, contenido en el Art. 4 de la ley 2051/03 inc. a) que estipula: “Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones(…) y el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
En vista a los plazos previstos para los llamados 2022, la urgencia de contar con este y otros equipos del llamado, además, no se cuenta actualmente con las ubicaciones exactas en donde se realizaría las instalaciones.
Se deberá proveer e instalar:
-Canaletas necesarias para resguardo del cableado, de alta durabilidad y fijados con al menos 2 tornillos, arandelas y tarugos para asegurar su instalación.
-Cajas externas, para la fijación de equipos, para el resguardo y no exposición de sus componentes.
En vista a que no se cuenta con la ubicación exacta de la instalación, se deberá prever estos insumos que cubran la distancia de 40 metros mínimamente, ya sea canaletas, cables de conexión y una caja externa por equipo/accesorio que se requiera. En caso de trayectos donde se requiera menor distancia, esa diferencia podrá ser agregado a otra instalación del mismo ítem.
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*- Especificaciones Técnicas (Lector de Huella Dactilar)
En la planilla del SICP dentro de las Especificaciones técnicas, Ítem 4 - Notebook TIPO 1 - AVANZADA, solicita:
Lector de Huella Dactilar: Integrada. Exigido
Al respecto solicitamos a la convocante que el requisito de lector de huellas dactilar sea de carácter opcional, ya que el componente integrado pertenece a un conjunto excedente y encarece el costo final de los equipos, considerando las múltiples opciones que actualmente existen en cuanto a su funcionalidad de seguridad como pueden ser contraseñas, reconocimiento facial Etc.
El requisito que se expresa en el pliego no es fundamental a los efectos de dejar probada la mayor o menor calidad del equipo y genera por si solo un gasto innecesario además de limitar la participación de más oferentes lo cual limita la competencia que es tan fundamental para el éxito de este tipo de procesos.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
12-10-2022
14-10-2022
*- Especificaciones Técnicas (Lector de Huella Dactilar)
En la planilla del SICP dentro de las Especificaciones técnicas, Ítem 4 - Notebook TIPO 1 - AVANZADA, solicita:
Lector de Huella Dactilar: Integrada. Exigido
Al respecto solicitamos a la convocante que el requisito de lector de huellas dactilar sea de carácter opcional, ya que el componente integrado pertenece a un conjunto excedente y encarece el costo final de los equipos, considerando las múltiples opciones que actualmente existen en cuanto a su funcionalidad de seguridad como pueden ser contraseñas, reconocimiento facial Etc.
El requisito que se expresa en el pliego no es fundamental a los efectos de dejar probada la mayor o menor calidad del equipo y genera por si solo un gasto innecesario además de limitar la participación de más oferentes lo cual limita la competencia que es tan fundamental para el éxito de este tipo de procesos.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
No se considera, según Especificaciones Técnicas estándar de la MITIC.
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Item 6 Monitor Led
Consultamos Respetuosamente la posibilidad de que puedan aclarar el lugar y las condiciones en el cual seran instalados los monitores solicitados en el Item N°6
Consultamos Respetuosamente la posibilidad de que puedan aclarar el lugar y las condiciones en el cual seran instalados los monitores solicitados en el Item N°6
Se aclara que la instalación se realizara en las oficinas dentro del INTN (Avenida Artigas 3973), con los accesorios solicitados según EETT. Actualmente no se cuenta con los lugares identificados.