Datos de la Verificación
Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
18-01-2023 - 14:12
Fecha de Fin
20-01-2023 - 12:54
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Formularios: se solicita ajustar los documentos a la normativa actualizada, ver las modificaciones del Art. 40 de la Ley 2051/03./
VER OBSERVACIÓN: Observamos que la Sra. ELIZABETH LORENA SÁNCHEZ DE VERA con CI. 1603321, se visualiza como encargada de área de presupuesto según consta en el certificado de disponibilidad presupuestaria y en el registro de firmas del SICP,( es funcionaria de la Municipalidad de Gral. Bernardino Caballero), al mismo tiempo la convocante,( municipalidad de Gral. Bernardino Caballero) solicita y recibe el presupuesto de la consultora denominada: ECOAD CONSULTORA, en dicho documento consta que, la encargada de la consultora mencionada es la Sra. ELIZABETH LORENA SÁNCHEZ DE VERA, Por todo lo expuesto la convocante se encuentra infringiendo lo establecido en el Art. 40 de la Ley 2051/03, modificada por la Ley N.º 6716/2021./
Ver Observación: Considerando los requerimientos establecido en la Carta de Invitación, matriz de evaluación y especificaciones técnicas, se consulta sí no sería convenientes replantear la descripción del proceso atendiendo que describe el proceso como: Servicio de consultoría administrativa y financiera a modo de evitar confusiones en alguna de las etapas del proceso./
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.