SE SOLICITA A LA CONVOCANTE DETALLE EN SU PLIEGO LOS METROS CUADRADOS REALES QUE SE DEBEN CUBRIR CONSIDERANDO QUE LA COTIZACION SOLICITADA TANTO EN LOTE 1 COMO EN LOTE 2 CONTEMPLA EN METROS CUADRADOS Y COMO SE VE, EN EL PLIEGO NO SE DETALLA POR DAR UN SOLO EJEMPLO LIMPIEZA DE FACHADAS VIDRIADAS Y VENTANALES CUANTOS METROS CUADRADOS SE DEBERAN LIMPIAR, SOLO DETALLAN EL PLAZO DE ENTREGA DEL MISMO. SIN ESOS DATOS LAS COTIZACIONES NO SERIAN REALES Y LOS POTENCIALES OFERENTES PODRIAN INCURRIR EN ERRORES ARITMETICOS AL MOMENTO DEL CALCULO DE LAS OFERTAS.
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE DETALLE EN SU PLIEGO LOS METROS CUADRADOS REALES QUE SE DEBEN CUBRIR CONSIDERANDO QUE LA COTIZACION SOLICITADA TANTO EN LOTE 1 COMO EN LOTE 2 CONTEMPLA EN METROS CUADRADOS Y COMO SE VE, EN EL PLIEGO NO SE DETALLA POR DAR UN SOLO EJEMPLO LIMPIEZA DE FACHADAS VIDRIADAS Y VENTANALES CUANTOS METROS CUADRADOS SE DEBERAN LIMPIAR, SOLO DETALLAN EL PLAZO DE ENTREGA DEL MISMO. SIN ESOS DATOS LAS COTIZACIONES NO SERIAN REALES Y LOS POTENCIALES OFERENTES PODRIAN INCURRIR EN ERRORES ARITMETICOS AL MOMENTO DEL CALCULO DE LAS OFERTAS.
Su oferta deberá ajustarse a lo establecido en el PBC, conforme al Informe Técnico de la Unidad Solicitante en el cual se menciona que los servicios enmarcados en las tareas específicas, están presupuestadas por evento y por m2, por lo cual, y de acuerdo a la necesidad y lo requerido por la Administración de Contratos, se solicitará el tipo de servicio y la cantidad de m2 a ser ejecutados, según plazo de ejecución establecido.
Para poder tener una idea de la cantidad de superficies existentes, en el Edificio del Congreso Nacional, se pueden detallar la superficie de cada rubro en forma general:
§ 2.500 metros cuadrados piso granito.
§ 750 metros cuadrados de revestidos de plenaria con madera de trébol.
§ 3.500 metros cuadrados de vidrios exteriores, glassing, doble vidrio laminado.
§ 400 metros cuadrados de vidrios templados
§ 4.300 metros cuadrados de revestidos de placas de aluminio Wallcap
§ 1.600 metros cuadrados de alfombrado
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ESPECIFICACIONES TECNICAS
El oferente deberá presentar facturas de compras que comprueben que las maquinas solicitadas en el apartado 4.1 desde el ítem 1 al 9 son propias y estarán disponibles para la ejecución del presente contrato. Se consulta cual es la necesidad de la exigencia de contar con la plataforma móvil como equipo permanente siendo que su uso solo será ocasional y existen en el mercado empresas que proveen del alquiler del mismo cuya modalidad de alquiler es utilizada por varias empresas de limpieza. ¿No cree la convocante un tanto exagerado los requisitos solicitados para el llamado en cuestión? El servicio de limpieza de ventanales siempre estuvo en sus especificaciones técnicas y a la fecha sus proveedores
anteriores han cumplido con ese punto sin la necesidad de que la convocante solicite que la plataforma móvil forme parte del activo de los oferentes y/ adjudicados.
El oferente deberá presentar facturas de compras que comprueben que las maquinas solicitadas en el apartado 4.1 desde el ítem 1 al 9 son propias y estarán disponibles para la ejecución del presente contrato. Se consulta cual es la necesidad de la exigencia de contar con la plataforma móvil como equipo permanente siendo que su uso solo será ocasional y existen en el mercado empresas que proveen del alquiler del mismo cuya modalidad de alquiler es utilizada por varias empresas de limpieza. ¿No cree la convocante un tanto exagerado los requisitos solicitados para el llamado en cuestión? El servicio de limpieza de ventanales siempre estuvo en sus especificaciones técnicas y a la fecha sus proveedores
anteriores han cumplido con ese punto sin la necesidad de que la convocante solicite que la plataforma móvil forme parte del activo de los oferentes y/ adjudicados.
Su oferta deberá ajustarse a lo establecido en el PBC, conforme al Informe Técnico de la Unidad Solicitante en el cual se menciona que no se puede considerar como un requisito limitativo el requerimiento de la infraestructura con la que debe contar el potencial oferente para el cumplimiento del contrato, ya que para la ejecución de los servicios requeridos, éstos son parte fundamental para obtener un servicio óptimo. En base a experiencias anteriores, la institución ha sufrido retrocesos en el desarrollo normal de los servicios debido a que la Empresa Contratista no contaba con los equipos necesarios para el cumplimiento de todos los servicios y el arrendamiento se encuentra supeditado a la
disponibilidad de otra empresa sin vínculos con la Contratante, por tal motivo y preservando la calidad de los mismos, consideramos técnicamente indispensables.
Se mantiene el requisito establecido en el PBC.
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EXPERIENCIA REQUERIDA
Las empresas deberán demostrar experiencia de trabajar con clientes corporativos, empresas públicas y/o privadas
(mínimo 5), con las siguientes características:
- Edificio con una superficie construida de al menos 20.000 metros cuadrados.
Atendiendo a la envergadura y exigencia de los trabajos, y que el edificio del Poder Legislativo recibe diariamente a varios
visitantes, parlamentarios, funcionarios, diplomáticos y autoridades, es necesario poder evaluar la experiencia de la Firma conforme a la capacidad para manejo de personales, capacidad para provisión de insumos, capacidad para prestación de maquinarias y herramientas de limpieza; capacidad para montaje y reposición de materiales de limpieza (como por
ejemplo: dispenser y contenedores).
Se consulta a la convocante porque sus requisitos han cambiando considerablemente entre unas LPN y otras? siendo que por solo dar un ejemplo en las LPN N° 01/2019 y LPN N° 03/2020 no han exigido este tipo de requisitos? o es que de un par de años a este el congreso ha sufrido ampliación de sus edificios por lo que piden que se tengan CINCO contratos de "20.000mt2" solamente para demostrar experiencia con clientes corporativos?
Se solicita a la convocante reconsidere este tipo de requisitos a fin de evitar posibles protestas por considerar que su llamado se encuentra direccionado a cierta empresa de limpieza para la cual se amañan muchos pliegos con el fin unico de limitar la participación de muchos oferentes con amplia experiencia en el rubro.
Las empresas deberán demostrar experiencia de trabajar con clientes corporativos, empresas públicas y/o privadas
(mínimo 5), con las siguientes características:
- Edificio con una superficie construida de al menos 20.000 metros cuadrados.
Atendiendo a la envergadura y exigencia de los trabajos, y que el edificio del Poder Legislativo recibe diariamente a varios
visitantes, parlamentarios, funcionarios, diplomáticos y autoridades, es necesario poder evaluar la experiencia de la Firma conforme a la capacidad para manejo de personales, capacidad para provisión de insumos, capacidad para prestación de maquinarias y herramientas de limpieza; capacidad para montaje y reposición de materiales de limpieza (como por
ejemplo: dispenser y contenedores).
Se consulta a la convocante porque sus requisitos han cambiando considerablemente entre unas LPN y otras? siendo que por solo dar un ejemplo en las LPN N° 01/2019 y LPN N° 03/2020 no han exigido este tipo de requisitos? o es que de un par de años a este el congreso ha sufrido ampliación de sus edificios por lo que piden que se tengan CINCO contratos de "20.000mt2" solamente para demostrar experiencia con clientes corporativos?
Se solicita a la convocante reconsidere este tipo de requisitos a fin de evitar posibles protestas por considerar que su llamado se encuentra direccionado a cierta empresa de limpieza para la cual se amañan muchos pliegos con el fin unico de limitar la participación de muchos oferentes con amplia experiencia en el rubro.
Su oferta deberá ajustarse a lo establecido en el PBC, conforme al Informe Técnico de la Unidad Solicitante en el cual se menciona que este requisito resulta técnicamente indispensable ya que el oferente debe demostrar la experiencia en la prestación de servicios similares a clientes corporativos, empresas públicas y/o privadas acordes a los requerimientos del servicio a ser prestados a la Convocante y la envergadura de su infraestructura edilicia, por lo que no puede considerarse limitante ni excluyente. El requerimiento ya fue parte de otro proceso ID N° 416051 del cual participaron varios oferentes.
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CAPACIDAD TECNICA
Se solicita que la empresa de limpieza esté habilitada por el MADES y poseer el certificado de IMPACTO AMBIENTAL VIGENTE como así también el Certificado de DIGESA donde conste el Registro de Empresa Fumigadora, a su vez deberá contar como mínimo con 04 (cuatro) fumigadores, acreditados con el carnet de DIGESA, con una antigüedad mínima de 1 (uno) año, comprobable con la constancia de entrada al IPS. El producto para la fumigación debe cumplir con las regulaciones nacionales para el uso de insecticidas y que no tengan impacto ambiental y no ser nocivos para seres humanos. Éstos deberán estar autorizados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, deberán contar con Certificado de Registro Sanitario vigente, Ficha Técnica, Ficha de Seguridad, Autorización del fabricante o representante del producto, a fin de garantizar la provisión del producto durante la ejecución del contrato.
Se consulta a la convocante la necesidad de solicitar impacto ambiental considerando que no hay necesidad de que las empresas de limpieza esten habilitadas por el MADES.
En el llamado anterior ya se había realizado misma consulta y la convocante ha respondido que El Certificado del MADES, forma parte de los requisitos de Capacidad Técnica del Pliego de Bases y Condiciones del presente llamado ya que es una de las condiciones necesarias para la ejecución del servicio de fumigación. Este requisito radica en que operarios de la empresa de limpieza deberán manipular productos químicos para la fumigación, tanto la aplicación como la disposición final de sus envases sean desechados correctamente a fin de evitar cualquier tipo de alteración e impacto ambiental, esta capacitación la reciben durante proceso de certificación de Impacto Ambiental a las empresas afectadas a dichos servicios. Los criterios medioambientales se sujetan a las disposiciones positivas que rigen en territorio nacional, por ende, son de cumplimiento obligatorio. No se puede dispensar su cumplimiento. Además de la regulación positiva nacional, el propio PBC contiene criterios sustentables que acompañan a la política de protección medioambiental para mitigar los efectos.
En este punto se aclara que los fumigadores registrados en DIGESA reciben capacitación para ser registrados como fumigadores por lo que si la convocante pretende dar misma respuesta, esta no estaría tomando en cuenta las capacitaciones previas que se tienen para obtener el registro de empresa fumigadora o de fumigador habilitado y sobre todo olvidar que para tener el registro de FUMIGADORAS se debe contar con un profesional asesor entre los cuales puede estar un LICENCIADO EN CIENCIAS AMBIENTALES o un ING. AGRONOMO quienes en teoría son los que capacitan, orientan a la empresas del rubro en las mismas cuestiones mencionandas anteriormente.
Se solicita que la empresa de limpieza esté habilitada por el MADES y poseer el certificado de IMPACTO AMBIENTAL VIGENTE como así también el Certificado de DIGESA donde conste el Registro de Empresa Fumigadora, a su vez deberá contar como mínimo con 04 (cuatro) fumigadores, acreditados con el carnet de DIGESA, con una antigüedad mínima de 1 (uno) año, comprobable con la constancia de entrada al IPS. El producto para la fumigación debe cumplir con las regulaciones nacionales para el uso de insecticidas y que no tengan impacto ambiental y no ser nocivos para seres humanos. Éstos deberán estar autorizados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, deberán contar con Certificado de Registro Sanitario vigente, Ficha Técnica, Ficha de Seguridad, Autorización del fabricante o representante del producto, a fin de garantizar la provisión del producto durante la ejecución del contrato.
Se consulta a la convocante la necesidad de solicitar impacto ambiental considerando que no hay necesidad de que las empresas de limpieza esten habilitadas por el MADES.
En el llamado anterior ya se había realizado misma consulta y la convocante ha respondido que El Certificado del MADES, forma parte de los requisitos de Capacidad Técnica del Pliego de Bases y Condiciones del presente llamado ya que es una de las condiciones necesarias para la ejecución del servicio de fumigación. Este requisito radica en que operarios de la empresa de limpieza deberán manipular productos químicos para la fumigación, tanto la aplicación como la disposición final de sus envases sean desechados correctamente a fin de evitar cualquier tipo de alteración e impacto ambiental, esta capacitación la reciben durante proceso de certificación de Impacto Ambiental a las empresas afectadas a dichos servicios. Los criterios medioambientales se sujetan a las disposiciones positivas que rigen en territorio nacional, por ende, son de cumplimiento obligatorio. No se puede dispensar su cumplimiento. Además de la regulación positiva nacional, el propio PBC contiene criterios sustentables que acompañan a la política de protección medioambiental para mitigar los efectos.
En este punto se aclara que los fumigadores registrados en DIGESA reciben capacitación para ser registrados como fumigadores por lo que si la convocante pretende dar misma respuesta, esta no estaría tomando en cuenta las capacitaciones previas que se tienen para obtener el registro de empresa fumigadora o de fumigador habilitado y sobre todo olvidar que para tener el registro de FUMIGADORAS se debe contar con un profesional asesor entre los cuales puede estar un LICENCIADO EN CIENCIAS AMBIENTALES o un ING. AGRONOMO quienes en teoría son los que capacitan, orientan a la empresas del rubro en las mismas cuestiones mencionandas anteriormente.
Su oferta deberá ajustarse a lo establecido en el PBC, conforme al Informe Técnico de la Unidad Solicitante en el cual se menciona que el Certificado del MADES, forma parte de los requisitos de Capacidad Técnica del Pliego de Bases y Condiciones del presente llamado ya que es una de las condiciones necesarias para la ejecución del servicio de fumigación, indicándose en la misma, que la empresa de limpieza debe poseer el Certificado de Impacto Ambiental vigente emitido por el MADES. Al respecto, con relación a que por ser una empresa que prestará servicios de limpieza y no de producción y/o fabricación de productos o insumos, no requiere de la presentación de este documento, se menciona que el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), como institución que tiene la facultad de examinar y dictaminar acerca de los Estudios de Impacto Ambiental, es la única autoridad competente en nuestro país, que puede certificar si la empresa solicitante, requiere o no el estudio de impacto ambiental, que de ser el caso de no requerir, conforme lo dictamine el MADES, debe ser presentado el Certificado correspondiente que así lo acredite.
Asimismo, este requisito de capacidad técnica, se encuentra enmarcado entre los criterios ambientales de Contratación Pública Sostenible (CPS) que tienen que ver con el cuidado y protección del medio ambiente.
El PBC solicita la experiencia mínima de 1 año de los fumigadores acreditados con el carnet de DIGESA, a modo de evitar la improvisación en la ejecución de esta actividad prevista en las especificaciones técnicas, teniendo en cuenta la envergadura del edificio del Congreso, a fin de preservar la salud de las personas que acuden diariamente a los distintos espacios del Palacio Legislativo, como así también garantizar que el producto que se utilizará para la fumigación, sea la solicitada en las ETT, con el aval de la autorización del Fabricante y/o Representante del producto. Se mantiene el requisito establecido en el PBC
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CAPACIDAD TECNICA
Demostrar que la firma oferente posee un sistema de gestión ambiental, el cual será dado por cumplido con la presentación del certificado ISO 14001, en virtud a la Resolución DNCP Nº 22/2020, por la cual se aprueba la Política de Compras Públicas Sostenibles.
Se consulta a la convocante el motivo por el cual en este llamado ha decidido incluir el presente certificado, considerando que en el llamado anterior ID 416.051 en su apartado 2.10 GESTION DE CALIDAD solo ha solicitado cuanto sigue:
Control de Calidad: La firma oferente deberá poseer un sistema de medición de calidad de su gestión
Presentar documentos que demuestren que la firma Oferente posee un sistema de medición de calidad de su gestión, el cual será dado por cumplido con la presentación de la certificación de calidad ISO 9001:2015 o al menos de estos 3 indicadores:
Manual de organización, funciones y procedimiento de ejecución de los servicios ofrecidos por la empresa.
Documentos que avalen los sistemas de selección, evaluación cortinua y capacitación de su personal.
Documentos que avalen la gestión de la medición de la calidad (Indicadores de la eficacia de la gestión de la calidad
KPIs).
SOLICITAMOS QUE DICHO REQUISITO DE LA CERTIFICACION ISO 14001 SEA EXCLUIDA DEL PRESENTE LLAMADO CONSIDERANDO QUE POCAS EMPRESAS SON LAS QUE CUENTAN CON EL PRESENTE REQUISITO POR NO DECIR QUE PODRIAN SER LAS EMPRESAS QUE ACUTUALMENTE CUBREN EL SERVICIO DE LIMPIEZA DEL CONGRESO BAJO LA DENOMINACION DE "CONSORCIO" PRIVANDO DE ESTA MANERA LA LIBRE CONCURRENCIA Y PARTICIPACION DE POTENCIALES OFERENTES.
Demostrar que la firma oferente posee un sistema de gestión ambiental, el cual será dado por cumplido con la presentación del certificado ISO 14001, en virtud a la Resolución DNCP Nº 22/2020, por la cual se aprueba la Política de Compras Públicas Sostenibles.
Se consulta a la convocante el motivo por el cual en este llamado ha decidido incluir el presente certificado, considerando que en el llamado anterior ID 416.051 en su apartado 2.10 GESTION DE CALIDAD solo ha solicitado cuanto sigue:
Control de Calidad: La firma oferente deberá poseer un sistema de medición de calidad de su gestión
Presentar documentos que demuestren que la firma Oferente posee un sistema de medición de calidad de su gestión, el cual será dado por cumplido con la presentación de la certificación de calidad ISO 9001:2015 o al menos de estos 3 indicadores:
Manual de organización, funciones y procedimiento de ejecución de los servicios ofrecidos por la empresa.
Documentos que avalen los sistemas de selección, evaluación cortinua y capacitación de su personal.
Documentos que avalen la gestión de la medición de la calidad (Indicadores de la eficacia de la gestión de la calidad
KPIs).
SOLICITAMOS QUE DICHO REQUISITO DE LA CERTIFICACION ISO 14001 SEA EXCLUIDA DEL PRESENTE LLAMADO CONSIDERANDO QUE POCAS EMPRESAS SON LAS QUE CUENTAN CON EL PRESENTE REQUISITO POR NO DECIR QUE PODRIAN SER LAS EMPRESAS QUE ACUTUALMENTE CUBREN EL SERVICIO DE LIMPIEZA DEL CONGRESO BAJO LA DENOMINACION DE "CONSORCIO" PRIVANDO DE ESTA MANERA LA LIBRE CONCURRENCIA Y PARTICIPACION DE POTENCIALES OFERENTES.
Su oferta deberá ajustarse a lo establecido en el PBC, conforme al Informe Técnico de la Unidad Solicitante en el cual se menciona que la solicitud de los Certificados ISO 9001:2015 y Certificado ISO 14001:2015, no se puede considerar como requisitos limitativos sino competitivos, ya que varias empresas del rubro objeto del presente llamado están certificadas.
Al requerir el Certificado ISO 9001:2015, es a los efectos de poder contar con la garantía de calidad de los servicios objeto del presente llamado. La certificación corresponde al servicio brindado por las empresas contratistas, basadas en normas de gestión de calidad, cuyas políticas están orientadas en la satisfacción del cliente.
El requisito fue parte de otros llamados publicados y adjudicados en el SICP, en los cuales han participado varios oferentes, por lo tanto, se mantiene dicho requerimiento.
En cuanto al Certificado ISO 14001:2015: Este requisito tiene como objetivo convertirse en una herramienta clave para los compradores públicos ya que se plantea la inclusión de todo lo referente a lo conceptual, además de añadir cuestiones prácticas concretas, vinculados al análisis de acuerdo a enfoques con la sostenibilidad, el impacto ambiental, social y económico. La priorización de procesos y rubros permitirá al país encaminar de manera progresiva la inclusión de criterios de sostenibilidad para la adquisición de productos, bienes y servicios por parte del Estado. La implementación de un sistema de Gestión Ambiental ayuda a las organizaciones a controlar los impactos que producen sus actividades en el medio ambiente, reducirlos o incluso eliminarlos. Por lo tanto se mantiene dicho requerimiento.
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EXPERIENCIA REQUERIDA
SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE SE SIRVA DETALLAR LAS EMPRESAS QUE OBTUVIERON SU CERTIFICACION ISO 14.001 PARA ASI COMPRENDER SUS MOTIVOS PARA SOLICITAR DIRECTAMENTE EL CERTIFICADO LIMITANDO LA LIBRE PARTICIPACION DE MUCHOS OFERENTES CON EXPERIENCIA EN EL RUBRO.
SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE SE SIRVA DETALLAR LAS EMPRESAS QUE OBTUVIERON SU CERTIFICACION ISO 14.001 PARA ASI COMPRENDER SUS MOTIVOS PARA SOLICITAR DIRECTAMENTE EL CERTIFICADO LIMITANDO LA LIBRE PARTICIPACION DE MUCHOS OFERENTES CON EXPERIENCIA EN EL RUBRO.
Su oferta deberá ajustarse a lo establecido en el PBC, conforme al Informe Técnico de la Unidad Solicitante en el cual se menciona que no se puede considerar como requisito limitativo sino competitivo, ya que varias empresas del rubro objeto del presente llamado están certificadas. De acuerdo a consultas efectuadas hemos obtenido que las siguientes firmas cuentan con Certificación ISO 14001:2015: Serpar S.A., Consermar Multiservicios, Mafara S.A., Mimbi S.A., Limpieza Moderna Paraguaya SRL, entre otros.
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CAPACIDAD TECNICA
SE CONSULTA A LA CONVOCANTE SI HA ANALIZADO LA POSIBILIDAD DE SUBCONTRATAR EL SERVICIO DE FUMIGACION.
HA CONSIDERADO QUE SI BIEN EXISTEN EMPRESAS DE LIMPIEZA REGISTRADAS COMO FUMIGADORAS, ESTAS SON MINIMAS Y DE ESTA MANERA LIMITAN LA PARTICIPACION DE POTENCIALES OFERENTES QUE INCLUSO YA HAN PRESTADO SERVICIOS AL CONGRESO DE LA NACION?
SOLICITAMOS PUEDAN REANALIZAR LA POSIBILIDAD DE INCLUIR LA SUBCONTRATACION DE DICHO SERVICIO DE FUMIGACION PERMITIENDO DE ESTA MANERA MAYOR PARTICIPACION DE OFERENTES.
SE CONSULTA A LA CONVOCANTE SI HA ANALIZADO LA POSIBILIDAD DE SUBCONTRATAR EL SERVICIO DE FUMIGACION.
HA CONSIDERADO QUE SI BIEN EXISTEN EMPRESAS DE LIMPIEZA REGISTRADAS COMO FUMIGADORAS, ESTAS SON MINIMAS Y DE ESTA MANERA LIMITAN LA PARTICIPACION DE POTENCIALES OFERENTES QUE INCLUSO YA HAN PRESTADO SERVICIOS AL CONGRESO DE LA NACION?
SOLICITAMOS PUEDAN REANALIZAR LA POSIBILIDAD DE INCLUIR LA SUBCONTRATACION DE DICHO SERVICIO DE FUMIGACION PERMITIENDO DE ESTA MANERA MAYOR PARTICIPACION DE OFERENTES.