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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
14-09-2023 - 17:08
Fecha de Fin
20-09-2023 - 15:05
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Mencionan NO APLICA a criterios en cuanto a la capacidad técnica
Descripción
Consultamos a la convocante el motivo por el cual no estiman necesaria la evaluacion de dicha capacidad, atendiendo a la naturaleza y las caracteristicas del proceso.
Comentario
Indican NO APLICA, Solicitamos a la convocante remitir una justificación del porque lo requerido resulta técnicamente indispensable para participar de la licitación. //

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) En * Lugar Consulta: Solicitamos a la convocante, indicar que el lugar de consultas es solo el SICP, asi como prevé la Resolución DNCP N° 5695/19, Art. 24: “Consultas electrónicas. Las consultas podrán ser realizadas por los potenciales oferentes, a través del Sistema de Información de las Contrataciones Públicas”.// 2) Visita: Indican NO APLICA. Consultamos el porque no considera necesaria la visita o inspección técnica, a los efectos de que el oferente visite e inspeccione el sitio y sus alrededores, para obtener toda la información que pueda ser necesaria para preparar la oferta. // 3) PBC - Formas y condiciones de pago: Observamos discrepancia en la carga, lo indicado en el SICP (ANUAL), difiere de lo establecido en el pliego (Recibo de Dinero)

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Lista de precios difiere con las EETT
Descripción
En la Lista de Precios del SICP, solicitamos indicar las Descripciones de los bienes/ servicios requeridos conforme a lo establecido en las Especificaciones Técnicas, a fin de unificar las informaciones.
Comentario
Observamos que la carga en la lista de precios del SICP, difiere con las EETT establecidas en el PBC. Solicitamos cargar la descripción de los bienes requeridos conforme a lo establecido en las Especificaciones Técnicas, a fin de unificar las informaciones. Recordamos a la convocante que la carga de productos debe ser igual al listado de bienes, planilla de precios y especificaciones técnicas. //

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Se solicita la constancia de presentación de la DDJJ de Activos, Bienes y rentas remitida a la Contraloria
Descripción
Se recuerda a la convocante la vigencia de la Ley N° 6919/22. Los oferentes y proveedores ya no se encuentran obligados a la presentación de la Constancia que "acredita la presentación de declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos" en los procedimientos de contrataciones públicas
Comentario
Se recuerda a la convocante la vigencia de la Ley N° 6919/22. Los oferentes y proveedores ya no se encuentran obligados a la presentación de la Constancia que ‘acredita la presentación de declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos’ en los procedimientos de contrataciones públicas. Recordamos modificar la cláusula correspondiente en el PBC y en la cláusula del Modelo de Contrato.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Precios Referenciales
Descripción
Se solicita remitir los documentos respaldatorios, conforme lo requiere la reglamentacion vigente.
Comentario
No remitió todos los documentos de respaldo utilizados, no se visualiza las notas solicitando presupuesto a las empresas. Recordamos a la convocante que la publicación de los Precios de Referencia y sus antecedentes es realizada a los fines de brindar mayor transparencia al Sistema de Contrataciones Públicas

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No realiza la combinación de precios/ o no utiliza 3 precios. Precios referenciales
Descripción
Se recuerda que las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos o más de las opciones disponibles en el anexo de la reglamentación, sin embargo, en el Dictamen remitido no se observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinacion de fuentes para la obtencion del precio referencial o no se cuenta con la cantidad minima requerida. Se solicita subsanar.
Comentario
El Dictamen no se ajusta a la normativa vigente, no se realizo la combinación de fuentes así como prevé la Resolución DNCP N° 1890, se observa que utiliza solo 1 (una) fuente, no posee 3 (tres) precios de la combinación de 2 (dos) fuentes.//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.