Datos de la Verificación
Usuario Verificador
lbramirez
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
21-04-2023 - 13:34
Fecha de Fin
26-04-2023 - 15:20
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Precios Referenciales
Descripción
Los precios referenciales cargados en el SICP no se ajustan al Dictamen de precios remitido, se solicita su adecuación.
Comentario
Verificamos que el dictamen (CUADRO DE COMBINACIÓN DE PRESUPUESTOS) difiere con los documentos respaldatorios(Ver los contratos con ID: 356264 y 402096) aclarando que los ítems de la descripción de los productos es confuso. También solicitamos que los precios de los dichos contratos sean mencionados en el dictamen de estimación de precios.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia entre SICP y PBC/Carta de Invitación
Descripción
Se verifica la existencia de discrepancia entre condiciones/requisitos establecidos en el PBC/Carta de Invitación y datos cargados en el SICP. Se solicita subsanar.
Comentario
Observamos que en el SICP específicamente en forma de pago se visualiza ( A PLAZOS) mientras que en el PBC no se visualiza lo mencionado, solicitamos unificar y aclarar los dos puntos mencionados.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
El pliego de bases y condiciones/carta de invitación utilizado no corresponde.
Descripción
El pliego de bases y condiciones/carta de invitación utilizado no corresponde a la modalidad adoptada y/o el objeto del llamado, se solicita utilizar la carta de invitación/pliego de bases y condiciones correspondiente.
Comentario
Considerando que han remitido el pliego de bienes y servicios y lo expuesto en las especificaciones técnicas se entiende que la convocante solo requerirá de bienes. Ya que no se menciona los servicios de instalación. Solicitamos a adecuación del pliego correspondiente al llamado o una rectificación que estarían requiriendo de servicios.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Anticipo Injustificado.
Descripción
Solicitamos a la Convocante justificar el motivo por el cual se otorgará Anticipo, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de presupuesto.
Comentario
Solicitamos a la Convocante justificar el motivo por el cual no se otorgara anticipo. (AMPLIAR)
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.