Datos de la Verificación
Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
10-04-2023 - 23:41
Fecha de Fin
13-04-2023 - 13:56
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Visita al sitio de obras: observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podría resultar limitante/excluyente, ver lo indicado en el apartado de procedimiento./
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Criterios subjetivos
Descripción
Considerando que el/los criterios establecidos podrian resultar subjetivos, se solicita establecer de forma clara los criterios a ser evaluados con sus respectivos documentos.
Comentario
Capacidad en materia de equipos: Se solicita detallar los equipos necesarios para la ejecución de la obra, a fin de proporcionar toda la información necesaria a los potenciales oferentes./
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El promedio de facturacion establecido para acreditar la experiencia se aparta del Estándar
Descripción
El promedio de facturación solicitado para calificar la experiencia de la presente contratación, podría ser limitante. Se solicita que se justifique razonablemente el criterio establecido.
Comentario
Ver observación: Requisitos documentales para evaluar los presentes criterios de experiencia general y específica en obras: El promedio de facturación indicado por la convocante resulta inconsistente, se solicita unificar criterio./
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Codigo de Catalogo Incorrecto.
Descripción
En el SICP, el “Código de Catálogo” indicado no corresponde al bien/servicio requerido, solicitamos utilizar el código correcto de acuerdo al Catálogo difundido en el sistema.
Comentario
En el SICP, el “Código de Catálogo” indicado no corresponde al bien/servicio requerido, solicitamos utilizar el código correcto de acuerdo al Catálogo difundido en el sistema, a modo de ejemplo: ver el ítems n° 6 los items mencionados son a modo de ejemplo, se solicita a la convocante verificar items por items los códigos e utilizar el correspondiente para cada uno./
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.
Comentario
En el SICP, específicamente en el módulo de etapas y plazos, la fecha fijada para tope de consulta, no se ajusta a lo establecido en el art. 24 2da parte, de la Resolución DNCP N.º 5695/2019, considerando la modalidad presentada./
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Precios Referenciales
Descripción
Se solicita remitir los documentos respaldatorios, conforme lo requiere la reglamentacion vigente.
Comentario
Precios referenciales: se solicita a la convocante rectificar el dictamen referente a la estimación de costo, considerando que los datos consignados en el mismo difieren con los datos establecidos en los documentos respaldatorios. Por lo expuesto, solicitamos verificar detalladamente las informaciones consignadas en el dictamen y la planilla que forma parte del mismo, y conforme a dichas informaciones adjuntar los documentos de respaldo, identificando además los ítems o sub ítems utilizados de dichos documentos./
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No se previo Objeto de Gasto
Descripción
Se solicita incluir en el PAC el objeto de gasto correspondiente y necesario para todos los bienes/servicios requeridos a fin de realizar una correcta imputación y remitir el CDP.
Comentario
Teniendo en cuenta los bienes/servicios requeridos por lo convocante en la planilla de precios y EE.TT, Se solicita incluir en el PAC el objeto de gasto correspondiente y necesario para todos los bienes/servicios requeridos a fin de realizar una correcta imputación y remitir el CDP, lo expuesto es a modo referencial es decir son ejemplos, se solicita verificar todos los items, items por items a fin de realizar una correcta imputación./
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.