Datos de la Verificación
Usuario Verificador
djvera
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
05-10-2023 - 18:57
Fecha de Fin
11-10-2023 - 12:42
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
No establece criterio para el documento establecido
Descripción
Se solicita establecer el criterio de evaluación de la documentación solicitada.
Comentario
Para todos los casos, presentar en carácter de declaración jurada, un cuadro descriptivo de los índices requeridos según corresponda, incluyendo los valores aplicados para la obtención del/de los promedios o índice del/de los ratios requeridos, elaborado por un profesional de las áreas de ciencias económicas, administrativos o contables o afinas. Además deberá agregar copia de las documentaciones solicitadas para cada caso, aplicado al calculo efectuado, las cuales deberán ser legibles.
sugerimos a la convocante definir cuales son los documentos que se deben presentar
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Codigo de Catalogo Incorrecto.
Descripción
En el SICP, el “Código de Catálogo” indicado no corresponde al bien/servicio requerido, solicitamos utilizar el código correcto de acuerdo al Catálogo difundido en el sistema.
Comentario
a modo de ejemplo mano de obra tiene su propio código de catalogo
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Precios Referenciales
Descripción
Se solicita remitir los documentos respaldatorios, conforme lo requiere la reglamentacion vigente.
Comentario
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No realiza la combinación de precios/ o no utiliza 3 precios. Precios referenciales
Descripción
Se recuerda que las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos
o más de las opciones disponibles en el anexo de la reglamentación, sin embargo, en el Dictamen remitido no se
observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinacion de fuentes para la obtencion del
precio referencial o no se cuenta con la cantidad minima requerida. Se solicita subsanar.
Comentario
Indicamos a la Convocante que la Resolución DNCP Nº 1890 establece que para la estimación de precios se debe considerar la metodología expuesta en la normativa y sin embargo en el dictamen remitido no se observa la combinación de fuentes que menciona la resolución. En los casos que la combinación de precios no pueda ser posible la propia normativa indica que puede considerarse la excepcionalidad pero esta debe fundamentarse en el propio dictamen.-
En ese sentido le indicamos que ustedes solo utilizaron unos de los aspectos a ser tenidos en cuenta para la confección de los precios referenciales como ser el pedido de cotización de posibles oferentes pero no utilizaron las opciones dadas para la combinación de precios que transcribo para su comprensión:
Las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos o más de las siguientes opciones:
1. Precios ofrecidos por empresas al público en general para el bien, obra o servicio requerido por la Convocante, ya sea que tales ofertas hayan sido realizadas en un portal público de internet, o a través de publicaciones periodísticas, revistas u otro medio comprobatorio idóneo.
2. Precios publicados por cámaras, organizaciones, instituciones, organismos del sector público o privado, nacional o internacional, que puedan ser verificados en revistas, páginas web, catálogos, u otros documentos, respecto de bienes, servicios u obras similares o idénticos a lo solicitado,
3. Precios adjudicados por la propia Convocante, o por otros Organismos, Entidades o Municipalidades, conforme a los datos publicados en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas.
4. Precios de potenciales oferentes, requeridos a través de cualquier mecanismo que permita contar con la evidencia de la solicitud y su respuesta, tales como fax, correo electrónico, nota u otro medio comprobatorio idóneo.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No remite constancia plurianual
Descripción
Se solicita remitir la constancia plurianual FG04 actualizada, conforme a la reglamentación vigente.
Comentario
se solicita remitir la constancia plurianual FG04 actualizada, la remitida es del año 2021 si bien se observa la programación de los años 2024 no es el actualizado, ya que lo remitido pudo ser modificado
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Monto de la Constancia Pluri no cubre conforme a lo previsto en el PAC.
Descripción
Se verifica que el monto indicado en el documento de plurianualidad no cubre el monto total estimado. Se solicita remitir el documento con la disponibilidad requerida.
Comentario
en el pac se observa que será u proceso plurianual 2023 y 2024 sin embargo en los plazos de ejecución se verifica que también abraca el año 2025 el cual no esta previsto
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Justificación Deficiente del Contrato Abierto
Descripción
Se observa que la justificación remitida respecto a la utilización de la modalidad contrato abierto
no se adecua a los lineamientos establecidos en la normativa legal vigente. Se solicita sea subsanada tal deficiencia.
Comentario
la justificación menciona cantidades y se verifica la carga por montos mínimos y máximos
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Documentos sin firma/ aclaración de firma
Descripción
Se solicita a la convocante remitir el documento firmado y/o con las aclaraciones de firmas correspondientes.
Comentario
Resolución.-
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.