Datos de la Verificación
Usuario Verificador
gbarreto
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
30-10-2023 - 14:58
Fecha de Fin
30-10-2023 - 17:29
Estado
Publicado
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la experiencia podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
REITERAMOS:Verificado el PBC, observamos que el criterio respecto a la experiencia podría resultar limitante/excluyente (Existencia legal de por lo menos 10 (diez) años de antigüedad en el mercado paraguayo, lo cual será comprobado por
medio de la Constancia de Inscripción en el RUC y/o Estatutos Sociales.
Experiencia
Se estudiará la antigüedad en el ramo que acredita su experiencia (fecha de Certificado de Registro y Autorización del
MSPYBS, Art. 245 de la Ley 836/80 Código Sanitario); deberá contar con una experiencia mínima de 10 (diez) años en la
prestación de servicios de Seguro Médico, contados desde la fecha de autorización del MSPYBS, a ser comprobada
mediante el primer certificado de Registro y Habilitación expedido por el MSPYBS para operar como empresa de medicina
prepaga. Deberá demostrar experiencia como proveedor de servicios de Seguro Médico (medicina pre paga), con al menos 5 (cinco)
contratos en cada uno de los últimos tres (3) años (2020, 2021 y 2022).
Los contratos podrán ser del sector público y/o privado, con un mínimo de 300 (trescientos) asegurados por contrato, y
deberán estar acompañados de las respectivas constancias de cumplimiento satisfactorio (se acepta parcial en caso de
contratos vigentes).
Deberá presentar un listado de por lo menos 10 (diez) clientes corporativos (tanto públicos como privados) con el detalle de
los años en los cuales se les brindó los servicios de Seguro Médico y la cantidad de asegurados (incluye actuales). De los contratos presentados en cada año solicitado, al menos el 50% debe corresponder a contratos con entidades
públicas, pudiendo acreditar el 50% restante con contratos corporativos de medicina Prepaga privados, siempre y cuando
cumplan con los requisitos anteriormente mencionados.)
Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Plan de entrega confuso
Descripción
Se observa que el Plan de Entrega establecido en el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de invitación resulta confuso, y que podría generar conflictos durante
la ejecución del contrato. Se solicita la modificación del mismo a los efectos de subsanar la mencionada deficiencia.
Comentario
REITERAMOS:Solicitamos establecer de manera clara y precisa el plan de entrega del servicio para evitar inconvenientes posteriores
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.