Datos de la Verificación
Usuario Verificador
lfranco
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
14-03-2023 - 11:31
Fecha de Fin
16-03-2023 - 15:19
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Anticipo para las MIPYMES
Descripción
El art. 188 de la Ley de presupuesto 7050/23 menciona que “En las contrataciones de bienes, obras, servicios y/o consultorías,
las convocantes deberán prever que en caso de que una MIPYMES (Micro, Pequeña y Mediana Empresas),
resultare adjudicada o beneficiada con una orden de compra o servicio en la tienda virtual,
deberán realizar el pago de un anticipo a la misma, salvo que hubiere justificado al momento de la comunicación del llamado
que el anticipo no resulta aplicable a ningún adjudicado”, por lo que se solicita establecer en el PBC el porcentaje
que será aplicado o en caso de no aplicar, se solicita remitir la justificación correspondiente.
Comentario
1 .)Observamos que la convocante No indica en el PBC – Forma de amortización del monto anticipado indicando el % a descontar por cada certificado, hasta cumplir con el monto total del anticipo - Plazo o fecha en la cual se abonará al contratista el monto del anticipo.- En que va a invertir el anticipo otorgado// .) La convocante no remitio la Nota de Justificacion de anticipo en el SICP.//
Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Plan de entrega confuso
Descripción
Se observa que el Plan de Entrega establecido en el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de invitación resulta confuso, y que podría generar conflictos durante
la ejecución del contrato. Se solicita la modificación del mismo a los efectos de subsanar la mencionada deficiencia.
Comentario
2.)PBC-Plan de entrega de los bienes mencionan(5 dias corridos a partir de la firma de contrato),Aclarar desde la recepción de la notificación al proveedor.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
3.)Consultamos a la convocante el motivo por el cual menciona No Aplica en Periodo de validez de la Garantía de los bienes, teniendo en cuenta el objeto del llamado.//4.) Plazo de reposición de bienes mencionan (10 (diez) días corridos a partir de la notificación al proveedor.) Aclarar desde la recepción de la notificación al proveedor.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Los bienes deben ser adquiridos a través de la tienda virtual
Descripción
En virtud de la Resolución DNCP N° 1399/20 se solicta que los bienes sean adquiridos a través de la Tienda Virtual
Comentario
5.) Teniendo en cuenta los tipos de bienes que se desean adquirir y de manera a agilizar el proceso de compra, recomendamos a la convocante revisar en la Tienda Virtual de la DNCP, en virtud de la Resolución DNCP N° 1399/20 para la compra de los bienes, ya que los mismos pueden ser adquiridos mediante la emisión de órdenes de compra sin la necesidad de realizar un proceso de licitación.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.
Comentario
6.) En el SICP, específicamente en el módulo de etapas y plazos, la fecha fijada para tope de consultas no se ajusta a los 3 días indicados a la normativa establecida en el art. 24 de la Resolución DNCP Nº 5695/2019, ver Resolución DNCP 2157/2022 en el art. Por la cual se establecen causales de no tramitación de contratacion comunicados por las Municipalidades en su art. 1 //
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Cdp no coincide con el PAC
Descripción
Se verifica que el monto indicado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria, no coincide con
el monto individualizado en el PAC. Se solicita sean realizados los ajustes correspondientes para subsanar la diferencia mencionada.
Comentario
7.) Los datos consignados en el CDP y PAC, específicamente en las líneas presupuestarias difieren entre sí . //
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Precios Referenciales
Descripción
Se solicita remitir los documentos respaldatorios, conforme lo requiere la reglamentacion vigente.
Comentario
8.)Solicitamos a la convocante completar y/o rectificar el dictamen referente a la estimación de costo, considerando que la convocante no ha adjuntado la totalidad de los documentos mencionados en el dictamen (falto la planilla de comparación de precios)Por lo expuesto, solicitamos verificar detalladamente las informaciones consignadas en el dictamen y la planilla que forma parte del mismo, y conforme a dichas informaciones adjuntar los documentos de respaldo.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Pliego de Bases y Condiciones debe adecuarse a requisitos del MADES
Descripción
Verificado el Pliego de Bases y Condiciones se observa que las especificaciones Técnicas deberán ajustarse a las disposiciones legales contenidas
en la Ley 5211/14 “De calidad del Aire”, el Decreto N° 12685/08 “Reglamento de Control de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono y el uso de
tecnologías alternativas”, y la Resolución N° 1242/17 de fecha 3 de octubre de 2014 dictada por la Secretaría del Ambiente.
Comentario
9.) Solicitamos a la convocante ampliar la Especificaciones Técnicas, ya que en la misma no mencionan que cada equipo de aire acondicionado debe ajustarse a las disposiciones legales contenidas en la Ley Nº5211/14 De Calidad del Aire, el Decreto N° 12685/08 Reglamento de Control de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono y el uso de Tecnologías Alternativas, y la Resolución N°1242/14, de fecha 3 de Octubre de 2014, dictada por la Secretaria del Ambiente (SEAM) que prohíbe el uso del refrigerante R 22, ya sea en forma pura o como componente de una mezcla. Deberá utilizar GAS ECOLÓGICO, a los efectos que se definan e individualicen todos los aspectos necesarios para una correcta cotización de los bienes/servicios requeridos, de acuerdo con los Principios de Igualdad y Transparencia.//
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.