Datos de la Verificación
Usuario Verificador
adacuna
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
13-07-2023 - 14:09
Fecha de Fin
18-07-2023 - 10:12
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Se omiten a ciertos contribuyentes para acreditar la capacidad financiera
Descripción
Con relación a la acreditación de la capacidad financiera, se solicita se justifique razonablemente porque no han sido
considerados los demás tipos de contribuyentes (Ej. IRAGRO, IRP, IRPC, IRACIS…según el caso)
Comentario
1) Consultamos a la convocante si no considerará otro tipo de contribuyentes (Ej. IRP, IRPC, IRACIS…según el caso)
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad finaciera podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
1) Activos líquidos: requiere un (100%), consultamos a la convocante si la misma no podría resultar limitante/excluyente.
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la experiencia podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
1) En cuanto a la experiencia especifica: donde indica (CONSTRUCCIÓN DE SISTEMA DE RESERVORIO DE AGUA, Cañería y red de Distribución), el mismo es muy específico, consultamos a la convocante que si no considera que el mismo podría ser limitante. Se solicita que se justifique razonablemente el criterio establecido.
Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Anticipo para las MIPYMES
Descripción
El art. 188 de la Ley de presupuesto 7050/23 menciona que “En las contrataciones de bienes, obras, servicios y/o consultorías,
las convocantes deberán prever que en caso de que una MIPYMES (Micro, Pequeña y Mediana Empresas),
resultare adjudicada o beneficiada con una orden de compra o servicio en la tienda virtual,
deberán realizar el pago de un anticipo a la misma, salvo que hubiere justificado al momento de la comunicación del llamado
que el anticipo no resulta aplicable a ningún adjudicado”, por lo que se solicita establecer en el PBC el porcentaje
que será aplicado o en caso de no aplicar, se solicita remitir la justificación correspondiente.
Comentario
1) Forma de amortización del monto anticipado para MIPYMES: este punto es ambiguo y subjetivo, solicitamos aclarar, ya que se observan sólo 2 certificados.
Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Indicadores de cumplimiento
Descripción
Se solicita adecuar los indicadores de cumplimiento de contrato considerando la fecha de apertura prevista y el plazo de ejecución contemplado.
Comentario
1) Solicitamos indicar frecuencia de modo a ajustar a lo indicado en la forma y condiciones de pago ya que las certificaciones deben ser mensuales.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) Resolución que aprueba llamado: se encuentra incompleto (ver margen derecho).
2) Capacidad en materia de personal: consultamos a la convocante si no indicará condiciones y requerimientos de (permanencia en sitio de obras).
3) Otros criterios que la convocante requiera: el texto indicado es ambiguo; ya que en primera instancia indica (patente para margen local), pero en el mismo punto indica también (a ser verificado en la Constancia de RUC). Solicitamos ajustar.
4) Lista de Planos o Diseños: sugerimos indicar que obra en el SICP, de modo a evitar confusiones.
5) Reajustes: la formula indicada se encuentra incompleta (Rm=Pmo⋯⋮K=1nAKIkmIko- 1⋱⋮⋯).
6) Pago de cuotas mensuales: no se visualiza en este punto la amortización por anticipo.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No se previo Objeto de Gasto
Descripción
Se solicita incluir en el PAC el objeto de gasto correspondiente y necesario para todos los bienes/servicios requeridos a fin de realizar una correcta imputación y remitir el CDP.
Comentario
1) No se previo el objeto del gasto para transformador.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.