Se solicita a la convocante unificar criterios en los apartados de "EXPERIENCIA REQUERIDA" y los "REQUISITOS DOCUMENTALES PARA LA EVALUACION DE LA EXPERIENCIA", específicamente en lo relacionado al porcentaje de experiencia requerido y al tipo de producto (Medicamento en general o Medicamentos Oncológicos).
Ademas de ello, se solicita aclarar si es que el porcentaje en cuestión deberá ser en promedio o la sumatoria; esto considerando que en el primer apartado se señala promedio y en el segundo sumatoria.
Se solicita a la convocante unificar criterios en los apartados de "EXPERIENCIA REQUERIDA" y los "REQUISITOS DOCUMENTALES PARA LA EVALUACION DE LA EXPERIENCIA", específicamente en lo relacionado al porcentaje de experiencia requerido y al tipo de producto (Medicamento en general o Medicamentos Oncológicos).
Ademas de ello, se solicita aclarar si es que el porcentaje en cuestión deberá ser en promedio o la sumatoria; esto considerando que en el primer apartado se señala promedio y en el segundo sumatoria.
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2
Capacidad técnica
En relación a los Requisitos documentales para evaluar la capacidad técnica establecido en el Pliego de bases y condiciones se sugiere a la convocante se incluya la presentación del * Certificado de Buenas Prácticas del Oferente, para fabricar, importar y/o distribuir según corresponda, emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria.
En relación a los Requisitos documentales para evaluar la capacidad técnica establecido en el Pliego de bases y condiciones se sugiere a la convocante se incluya la presentación del * Certificado de Buenas Prácticas del Oferente, para fabricar, importar y/o distribuir según corresponda, emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria.
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3
Capacidad técnica
Copia autenticada del Certificado de Libre Venta/CPP o Registro Sanitario otorgado por alguna de las agencias regulatorias previstas en el Art. 11 de la Ley 3283/07, agencias reguladoras de la EMA (European Medicines Agency), FDA (Food and Drug Administration), agencias reguladoras de Referencia regional (Nivel 4) reconocidas por la OPS de modo a garantizar la calidad y seguridad en el proceso de fabricación del producto
Copia autenticada del Certificado de Libre Venta/CPP o Registro Sanitario otorgado por alguna de las agencias regulatorias previstas en el Art. 11 de la Ley 3283/07, agencias reguladoras de la EMA (European Medicines Agency), FDA (Food and Drug Administration), agencias reguladoras de Referencia regional (Nivel 4) reconocidas por la OPS de modo a garantizar la calidad y seguridad en el proceso de fabricación del producto
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5
Embalajes y documentos
La entidad solicita: Los medicamentos entregados en la Farmacia del Instituto Nacional del Cáncer deberán ir acompañado del control de calidad del país de origen.. Consulta: ¿Se aceptará certificado de control de calidad en otro idioma con su respectiva traducción?, en el caso de aceptar, se solicita sustanciar en una adenda a fin de no tener inconvenientes al momento de entregar el producto adjudicado.
La entidad solicita: Los medicamentos entregados en la Farmacia del Instituto Nacional del Cáncer deberán ir acompañado del control de calidad del país de origen.. Consulta: ¿Se aceptará certificado de control de calidad en otro idioma con su respectiva traducción?, en el caso de aceptar, se solicita sustanciar en una adenda a fin de no tener inconvenientes al momento de entregar el producto adjudicado.
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7
Reajuste
En el apartado en cuestión, aparentemente la convocante se habría olvidado de incluir uno de los elementos de la formula, ya que de la misma (Pr=PxIPC1) no forma parte el IPC0 y, el resultado de la multiplicación del P x el IPC1 no arroja un resultado razonable.
En el apartado en cuestión, aparentemente la convocante se habría olvidado de incluir uno de los elementos de la formula, ya que de la misma (Pr=PxIPC1) no forma parte el IPC0 y, el resultado de la multiplicación del P x el IPC1 no arroja un resultado razonable.
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8
Abastecimiento Simultaneo
Teniendo en cuenta el volumen del producto requerido, se solicita a la convocante establecer sistema de adjudicación por ABASTECIMIENTO SIMULTANEO a fin de garantizar la provisión de los productos solicitados.
Teniendo en cuenta el volumen del producto requerido, se solicita a la convocante establecer sistema de adjudicación por ABASTECIMIENTO SIMULTANEO a fin de garantizar la provisión de los productos solicitados.
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9
Identificación de la unidad solicitante y justificaciones
Se solicita a la convocante excluir el requisito: El precio ofertado no deberá superar el 65 % del precio de venta al público fijado por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria conforme al acta de Fijación de Precios, expedida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria. -- Se recuerda a la convocante que establecer requisitos que no sean estrictamente técnicos solo vulnera el principio de IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA. Ademas, debemos señalar que el porcentaje señalado no responde a ni un estudio económico, o cuanto menos, ello no se extrae del PBC, razón por la cual podría ser considerado como arbitrario.
31-05-2023
02-06-2023
Identificación de la unidad solicitante y justificaciones
Se solicita a la convocante excluir el requisito: El precio ofertado no deberá superar el 65 % del precio de venta al público fijado por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria conforme al acta de Fijación de Precios, expedida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria. -- Se recuerda a la convocante que establecer requisitos que no sean estrictamente técnicos solo vulnera el principio de IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA. Ademas, debemos señalar que el porcentaje señalado no responde a ni un estudio económico, o cuanto menos, ello no se extrae del PBC, razón por la cual podría ser considerado como arbitrario.
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10
Periodo de validez de la Garantía de los bienes
La convocante expresa: El vencimiento de los medicamentos debe ser de (12 doce) meses, contados a partir de la fecha de entrega en el Lugar
Indicado en la Orden de Compra. . Dicha redacción NO da lugar a la entrega de productos con vencimiento mayor a 12 meses, anteriormente esta redacción ya ha generado inconvenientes a la hora de gestionar su cobranza correspondiente teniendo que recurrir a eventuales adendas posteriores a la firma del contrato. Solicitamos amablemente a la convocante modificar la redacción a la siguiente expresión: El vencimiento de los medicamentos no debe ser menor a (12 doce) meses contados a partir de la fecha de entrega en el Lugar Indicado en la Orden de Compra. Si por la naturaleza de los mismos o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del producto con vencimiento de 11(once) y 10(diez) meses deberá ser autorizada por la Dirección General del Instituto Nacional del Cáncer mediante una Nota de Autorización y Carta de compromiso de canje. ..
La convocante expresa: El vencimiento de los medicamentos debe ser de (12 doce) meses, contados a partir de la fecha de entrega en el Lugar
Indicado en la Orden de Compra. . Dicha redacción NO da lugar a la entrega de productos con vencimiento mayor a 12 meses, anteriormente esta redacción ya ha generado inconvenientes a la hora de gestionar su cobranza correspondiente teniendo que recurrir a eventuales adendas posteriores a la firma del contrato. Solicitamos amablemente a la convocante modificar la redacción a la siguiente expresión: El vencimiento de los medicamentos no debe ser menor a (12 doce) meses contados a partir de la fecha de entrega en el Lugar Indicado en la Orden de Compra. Si por la naturaleza de los mismos o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del producto con vencimiento de 11(once) y 10(diez) meses deberá ser autorizada por la Dirección General del Instituto Nacional del Cáncer mediante una Nota de Autorización y Carta de compromiso de canje. ..