Datos de la Verificación
Usuario Verificador
adominguez
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
29-05-2023 - 07:56
Fecha de Fin
01-06-2023 - 19:11
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la experiencia podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Lo establecido como condición para determinar la experiencia específica Actividad clave " Construcción o reparación de faroles o artefactos de iluminación en vía publica" podría resultar limitante. Se solicita subsanar, o en su defecto justificar técnica y legalmente la razón por la cual otro oferente que haya ejecutado otro tipo de obra como ser instalaciones eléctricas en obras que no sean viales no tendría la capacidad para ejecutar la obra que se pretende ejecutar con el proceso de referencia.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) En el SICP la convocante ha consignado otorgar anticipo solo para MIPYME, sin embargo, en el PBC no se ha establecido dicha condición, se solicita subsanar.
2) En el PBC "Condiciones contractuales", cláusula "preparación de los trabajos", se solicita a la convocante indicar desde o apartar de qué momento se computará los 3 días corridos consignado.
3) En el dictamen de precio referencial, la convocante establece utilizar las opciones 1, 3, y 4 del Anexo de la Resolución DNCP N° 180/2020, sin embargo, en la planilla de cálculo refleja la utilización de las opciones 1 y 4, se solicita unificar criterio.
Tema
PROPIOS DE MUNICIPIO
Sección
Documentos del SICP
Situación
Autorización de la Junta Municipal
Descripción
Se recuerda la obligación de la Intendencia de contar con la autorización de la Junta Municipal respecto a
la validez de la contratación sujeta a contar con saldo presupuestario en los siguientes ejercicios fiscales,
conforme al Art. 14 Ley 2051/03 y Art. 36 Carta Orgánica Municipal. Se solicita remitir la documentacion correspondiente.
Comentario
En la Resolución N° 1259/2023 de la Junta Municipal remitida, no se ha establecido la autorización a la intendencia para realizar el llamado de referencia, tampoco se encuentra promulgada por la intendencia municipal. Se solicita dar cumplimiento a los Art. 212, y Art. 51 inc. b) de la Ley N° 3966/2010 Orgánica Municipal.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.