Datos de la Verificación
Usuario Verificador
djvera
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
08-05-2023 - 09:12
Fecha de Fin
11-05-2023 - 17:26
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Para el ítem 19: Para Medicamentos Biológicos Proteínas combinantes de primera generación: aprobación de la planta elaborada emitida por alguna agencia reguladora mencionada en el Artículo 4 del decreto 6611/16 el cual cita. a) Agencia reguladoras de Alta vigilancia de los países indicados en el Art. 11 de la Ley N° 3283/2007 De protección a la Información no Divulgada y Datos de prueba para registros farmacéuticos b) Agencia reguladora de los países indicados en el Art. 11 de la Ley N° 3283/2007 c) Agencia reguladora de la EMA European Medicines Agency) d) Agencia Reguladora de referencia Regional (Nivel 4) Reconocida por la OPS.con relación al requisito "para ítem 19- medicamento biológico- proteína recombinante...", se consulta a la convocante porque resulta técnicamente indispensable para participar en el procedimiento de contratación
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Codigo de Catalogo Incorrecto.
Descripción
En el SICP, el “Código de Catálogo” indicado no corresponde al bien/servicio requerido, solicitamos utilizar el código correcto de acuerdo al Catálogo difundido en el sistema.
Comentario
* ítem 1: en sicp, el código de catálogo asignado no corresponde al bien requerido. no deben editar el codigo de catálogo utilizado y modificar la descripción original por otra. la carga de datos debe ser igual al listado de bienes, planilla de precios y pbc/ especificaciones técnicas.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia en planilla de precios
Descripción
Se verifica discrepancia en la cantidad/unidad de medida/ presentación entre el pliego/carta y lo cargado en el SICP, se solicita subsanar según sea el caso.
Comentario
prestar atencion solo al siguiente comentario: * ítem 34-35-39-40-41-42-43-45: en sicp y pbc, la presentación establecida debería ser "envase estéril" y no unidad.
* ítem 44: en sicp y pbc, la presentación establecida debería ser "kit" y no unidad.
* ítem 58: en sicp y pbc, la presentación establecida "unidad”, no permite identificar plenamente la oferta a realizarse. el precio unitario establecido a "unidad" de que corresponde.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta Constancia Ad Referendum
Descripción
Solicitamos a la convocante que remita la Constancia Ad Referéndum de acuerdo a lo dispuesto en la normativa vigente.
Comentario
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Marcas en las especificaciones técnicas
Descripción
Se observa que mencionan marcas en las especificaciones técnicas. Solicitamos eliminar.
Comentario
* ítem 59: trizma, es marca. en sicp y pbc, la presentación establecida "unidad”, no permite identificar plenamente la oferta a realizarse. el precio unitario establecido a "unidad" dd que corresponde.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Especificación técnica ambigua
Descripción
En el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de invitación se establece un criterio de evaluación en el que se menciona la expresión “aproximadamente”,
al respecto se observa que tal expresión podría generar confusiones que afectarán a la objetividad del proceso de evaluación.
Se solicita sea establecido un rango aceptable, medible y objetivo a los efectos de subsanar la situación planteada.
Comentario
ítem 23: de qué manera el comité de evaluación podrá comprobar la especificación técnica establecida " con estabilidad mayor a 48hs."
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.