Datos de la Verificación
Usuario Verificador
lmgodoy
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
26-05-2023 - 14:16
Fecha de Fin
29-05-2023 - 11:45
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Niveles de solventes muy exigentes
Descripción
Se solicita verificar la pertinencia de los niveles de solvencia exigidos en el proceso de contratación a fin de no limitar la participacion a posibles oferentes.
Comentario
- Se verifica en Capacidad Técnica criterio que debería solicitarse en capacidad financiera "...El oferente deberá demostrar poseer mínimamente una solvencia económica del 30% del monto máximo establecido para el
presente llamado. Este requisito demostrará a la Convocante la capacidad económica del oferente para poder solventar la
ejecución del contrato. Para el efecto, el oferente deberá demostrar su capacidad económica por medio de una Constancia
y/o extracto de cuenta emitida por una entidad financiera, donde conste la disponibilidad inmediata de recursos financieros.
La Constancia y/o Extracto no deberá ser de fecha superior a 30 (treinta) días previos a la fecha de apertura de ofertas..." Al respecto, see solicita explicación del por qué el/los requisitos resultan técnicamente indispensables para participar en el procedimiento de contratación. Además; se recuerda que los documentos que componen la oferta física deberán demostrar que el oferente se encontraba en cumplimiento de los requisitos establecidos en el PBC al momento del inicio de la etapa competitiva de la SBE. Se solicita tener en cuenta los númerales 17 y18.
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Se requiere que el oferente cuente con un numero determinado de empleados en IPS y determinada antigüedad como condición de participación.
Descripción
El requerimiento establecido correspondiente a que la oferente cuente con cierta cantidad de personas inscriptas en IPS y con determinada
antiguedad como condición de participación, se constituye en un requerimiento para la ejecución. Se solicita explicación del por qué el
requisito resulta técnicamente indispensable para participar en el procedimiento de contratación
Comentario
- Se verifica "...adjuntar también un breve curriculum de cada personal
propuesto con copia de cedula de identidad. Dichos personales deben estar inscripto en el instituto de previsión social (IPS)
de por lo menos 1 (un) mes antes de la fecha de apertura. Se deberá presentar la declaración jurada de salarios presentados
ante el IPS y el certificado de cumplimiento con el seguro social. El comité de evaluación ser reserva el derecho de corroborar
ante el IPS la información contenida en los documentos remitidos..."
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Se requiere la acreditación de la experiencia por cada año
Descripción
El requisito de acreditación de la experiencia por cada año no se adecua a lo recomendado en el Pliego de Bases y Condiciones/carta de invitacion estándar. Se solicita su adecuación al Pliego/carta Estándar, o en su caso que se justifique razonablemente el criterio establecido.
Comentario
- Se verifica en el PBC: "...Se requiere la presentación de un contrato por cada año solicitado para demostrar la experiencia requerida..."
Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Anticipo para las MIPYMES
Descripción
El art. 188 de la Ley de presupuesto 7050/23 menciona que “En las contrataciones de bienes, obras, servicios y/o consultorías,
las convocantes deberán prever que en caso de que una MIPYMES (Micro, Pequeña y Mediana Empresas),
resultare adjudicada o beneficiada con una orden de compra o servicio en la tienda virtual,
deberán realizar el pago de un anticipo a la misma, salvo que hubiere justificado al momento de la comunicación del llamado
que el anticipo no resulta aplicable a ningún adjudicado”, por lo que se solicita establecer en el PBC el porcentaje
que será aplicado o en caso de no aplicar, se solicita remitir la justificación correspondiente.
Comentario
Tema
PROPIAS DE LA SBE
Sección
Datos del SICP
Situación
No cumple con el plazo de consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal Res. DNCP N° 1399/20 Art. 45. Se solicita subsanar.
Comentario
- Ajustar el tope de consulta a la normativa vigente, Licitaciones por Concurso de Ofertas, hasta tres (03) días hábiles previos a la fecha de inicio de recepción de propuestas.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.