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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
adacuna
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
05-09-2023 - 09:37
Fecha de Fin
07-09-2023 - 09:37
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Criterios subjetivos
Descripción
Considerando que el/los criterios establecidos podrian resultar subjetivos, se solicita establecer de forma clara los criterios a ser evaluados con sus respectivos documentos.
Comentario
1) Donde indica: (Decreto 2992/03), solicitamos ajustar normativa (Decreto 2992/19).

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Criterios subjetivos
Descripción
Considerando que el/los criterios establecidos podrian resultar subjetivos, se solicita establecer de forma clara los criterios a ser evaluados con sus respectivos documentos.
Comentario
1) Referente a "mensura administrativa", indica "aprobadas por el Servicio Nacional de Catastro", en la documentación requerida es contrato. Consultamos a la convocante si con la factura podrá evaluar si fue efectivamente aprobada por el catastro???. 2) Consultamos a la convocante si elaboración de catastro y delimitación, la convocante no consideraría estos trabajos en el sector privado??. 3) Calificación y experiencia de personal asignado : los criterios indicados se observa que evalúa la experiencia en los trabajos de topógrafo, pero no se visualiza requerimientos referentes al perfil o calificación del consultor. Recordamos que en el primer cuadro también evalúa experiencia (... se recuerda que experiencia refiere a la cantidad de veces que se ha realizado de manera satisfactoria un trabajo/servicio).

Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Anticipo para las MIPYMES
Descripción
El art. 188 de la Ley de presupuesto 7050/23 menciona que “En las contrataciones de bienes, obras, servicios y/o consultorías, las convocantes deberán prever que en caso de que una MIPYMES (Micro, Pequeña y Mediana Empresas), resultare adjudicada o beneficiada con una orden de compra o servicio en la tienda virtual, deberán realizar el pago de un anticipo a la misma, salvo que hubiere justificado al momento de la comunicación del llamado que el anticipo no resulta aplicable a ningún adjudicado”, por lo que se solicita establecer en el PBC el porcentaje que será aplicado o en caso de no aplicar, se solicita remitir la justificación correspondiente.
Comentario
1) En la justificación indica: (...no podemos realizar anticipo de pago a ninguna empresa adjudicada considerando que NO SE CUENTA CON LA CANTIDAD SUFICIENTE DE RECURSOS...). Lo argumentado es inconsistente, puesto que, la misma remite el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria y con la emisión del CC ya se podría utilizar para abonar el monto del anticipo.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Inconsistencia de datos
Descripción
Se verifica que en algunos documentos el nombre del llamado no corresponde. Se solicita subsanar
Comentario
1) Se observan 2 (formularios Anexo D). Solicitamos unificar de modo a evitar confusiones al momento de la presentación de ofertas.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) Anexo A - 6. Resolución de Conflictos a través del Arbitraje: en este punto solicitamos excluir el texto del instructivo (Elija un elemento). 2) Reiteración: (22) Notificación de Adjudicación: solicitamos a la convocante indicar en este punto lo indicado en el Dcto. 2992/2019, lo contemplado en el Inc. "b", y concordantes con el Art. 103. 3) Anexo E- Documentos comunes para Personas Físicas y Jurídicas: consultamos la razón técnica y legal por la cual indica como sustancial el (Formulario de Oferta técnica *). 4) Anexo E- Documentos comunes para Personas Físicas y Jurídicas: requiere contraloria (...Se recuerda a la convocante la vigencia de la Ley N° 6919/22. Los oferentes y proveedores ya no se encuentran obligados a la presentación de la Constancia que "acredita la presentación de declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos" en los procedimientos de contrataciones públicas...). 5) Anexo E: referente a capacidad financiera, solicitamos indicar (no aplica), en atención a lo establecido en el anexo "B".

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No se previo Objeto de Gasto
Descripción
Se solicita incluir en el PAC el objeto de gasto correspondiente y necesario para todos los bienes/servicios requeridos a fin de realizar una correcta imputación y remitir el CDP.
Comentario
1) REITERACIÓN: No se previó objeto del gasto para el requerimiento (...También incluye la capacitación de funcionarios municipales par la realización de la carga y obtención de datos, como de varios funcionarios municipales para la obtención de datos de campo...). 2) REITERACIÓN: Observamos que en las EE.TT, requiere (Realización de un Sistema de Información Geográfica Institucional para la implementación de procesos dentro del departamento de Catastro). No indica las condiciones y particularidades de lo requerido, sugerimos que el proceso de diseño de software se realice en otro proceso, con otro objeto del gasto. 3) REITERACIÓN: punto (3) Capacitación: La empresa adjudicada deberá dotar de capacidades a los funcionarios de la municipalidad y para ello deberá realizar 1 curso en Sistemas de Información Geográfica a los encargados designados.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Especificiaciones Técnicas insuficientes
Descripción
En relación a la Especificaciones Técnicas detalladas en el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de Invitación, creemos conveniente que las mismas sean ampliadas a los efectos que se definan e individualicen todos los aspectos necesarios para una correcta cotización de los bienes/servicios requeridos, de acuerdo con los Principios de Igualdad y Transparencia.
Comentario
1) Se observa que; la forma de pago, los indicadores (mensual), es inconsistente con la forma de cotización indicada en el SICP (unidad - 1). Solicitamos ajustar.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.