Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 REFERENCIAL Solicitamos encarecidamente a la entidad convocante que considere la posibilidad de realizar una revisión en el presupuesto referencial asignado al Ítem 1, el cual se refiere a la adquisición de la categoría de Notebook Tipo 1 – Avanzada. Esta petición se fundamenta en el notorio desfase entre los valores establecidos y los precios actualmente imperantes en el mercado para las Computadoras Portátiles Tipo 1 – Avanzada, tal como está reglamentado por la vigente Resolución Mitic N° 711. Es imperativo resaltar que el valor de referencia, extraído del Contrato 15/2022 con ID 417.418, corresponde a los Notebook Tipo 2 – Intermedia, un producto que ostenta especificaciones técnicas de rango inferior. Tal disparidad desencadena una discordancia notoria con los requisitos expuestos en el presente proceso de convocatoria. En virtud de lo expuesto, se insta a una recalibración del presupuesto con el propósito de asegurar la adquisición de equipos acordes a las necesidades enunciadas. 30-08-2023 04-09-2023
2 Vigencia de la Garantía de Fiel Cumplimiento En la Sección DATOS DE LA LICITACIÓN, establece: Periodo de validez de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, El plazo de vigencia de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será de: 7 desde la firma del contrato Al respecto, consultamos: ¿El plazo 7 establecido se refiere a días o a meses? Al respecto, solicitamos considerar que de ser 7 días podría resultar en un plazo inferior al del plazo de entrega de los bienes, considerando que el plazo de entrega está establecido a realizarse dentro de los 05 días hábiles posteriores a la emisión de orden de compra, acorde a la necesidad de la convocante, emisión de orden de compra que entendemos será posterior a la firma del contrato. 30-08-2023 04-09-2023
3 PLAZO DE ENTREGA En el Pliego de Bases y Condiciones, Plan de entrega de los bienes indica: Dentro de los 05 días hábiles posteriores a la emisión de orden de compra, acorde a la necesidad de la convocante" Solicitamos a la convocante ampliar el plazo de entrega a como mínimo 45 (cuarenta y cinco) días calendarios contados a partir del día siguiente de la recepción de la Orden de Compra, considerando que la cantidad de los bienes solicitados obligan a realizar los trámites de importación y de no darse la ampliación se estaría limitando la participación de potenciales oferentes y sólo podrían participar oferentes que cuenten con equipos en su inventario. 30-08-2023 04-09-2023
4 Sistema de Adjudicación: Por Total En el SICP y con relación a este llamado se establece: Sistema de Adjudicación: Por Total Al respecto, solicitamos que el sistema de adjudicación establecido sea Por Ítem. Lo anterior lo fundamentamos en primer lugar en que los productos requeridos no se encuentran vinculados entre sí a más de encontrarse sin vinculación siquiera en cantidades licitadas y, en segundo lugar, es que realizando tal modificación en el sistema de adjudicación la convocante habilitará una mayor cantidad de potenciales oferentes que pudieran tener la capacidad de provisión de uno u otros ítems en el corto lapso de tiempo establecido, garantizándose en consecuencia mejores precios en salvaguarda de los intereses económicos de la institución. 30-08-2023 04-09-2023
5 Especificaciones tecnicas - Item 2 UPS En SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, Ítem 2, se establece como nombre del ítem: UPS DE 6000 VA, no obstante, en el encabezado del detalle de las especificaciones técnicas establecidos por dicho ítem se establece: UPS DE 600 VA. Sobre la diferencia de VA establecido en uno y otro apartado (6000 vs 600), entendemos que lo licitado es UPS DE 6000VA y no UPS DE 600 VA, dado que UPS DE 6000VA es lo detallado en la lista de precios del llamado. Favor confirmar y realizar la adecuación que corresponda ante la discrepancia observada. 30-08-2023 04-09-2023
6 Autorizacion del fabricante En la Sección DATOS DE LA LICITACIÓN, Autorización del Fabricante, se establece: Los productos a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación: No Aplica. No obstante, en la especificación del Ítem N° 1. Notebook, especificaciones basadas en las aprobadas por el MITIC, específicamente en el numeral 21. Certificación y documentaciones requeridas, se establece, entre otros, lo siguiente: Carta de Autorización del Fabricante. En consecuencia, entendemos que por el ítem N° 1. Notebook sí es requisito contar con autorización del fabricante. Favor confirmar. 30-08-2023 04-09-2023
7 Especificaciones tecnicas En las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS del Ítem 1 – Notebook, punto 6 - Tarjeta de Video se establece: “Deberá soportar la resolución 1920 x 1080. Deberá tener al menos una salida de video tipo HDMI o DVI o DisplayPort. La tarjeta deberá ser la recomendada por el Fabricante para este tipo de equipo” Consultamos si serán aceptadas tarjetas de video integradas que soporten la resolución mencionada (1920 x 1080) y salidas de video requeridas (HDMI o DVI o DisplayPort). 30-08-2023 04-09-2023
8 Especificaciones tecnicas - Item 2 UPS En el apartado SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ítem 2 – UPS DE 6000 VA, Peso y dimensiones, establece: “…Altura 826 mm, Ancho 250 mm, Profundidad 592 mm…” Consultamos si serán aceptados equipos con las siguientes dimensiones: Altura <=920 mm, Ancho <=300 mm, Profundidad <=500 mm, debido a que las diferencias en dimensiones son mínimas y cada marca presenta medidas diferentes, en la presentación tipo Torre. 31-08-2023 04-09-2023
9 /* Precios Referenciales. Al respecto, se solicita a la convocante que se revea el precio referencial previsto para el ítem 1, considerando que el equipo requerido para esta convocatoria, de acuerdo a su configuración técnica, tiene dentro del mercado local un precio promedio referencial GS. 15.000.000 (Computadoras Portátiles Tipo 1 - Avanzada). También se debe considerar las EETT particularmente requeridas para satisfacer las necesidades de la convocante, lo cual añade costos adicionales a equipos que tradicionalmente se encuentran en el mercado para otro tipo de público. Siendo así, resulta que los precios referenciales estimados por la entidad, hacen referencia a un precio menor a lo que realmente costaría en el mercado para equipos de similares características a lo licitado en esta convocatoria. Cabe mencionar que los precios referenciales obtenidos según Dictamen Justificativo de la Obtención de los Precios Referenciales ID Nº 434.368 fueron proveídos por las empresas “Consultora Giménez & Hijos” y “DNSP Emprendimientos”, empresas cuyas actividades comerciales no guardan ninguna relación con el rubro de informática, por lo que se podrá manifestar que los precios referenciales obtenidos de estas empresas no reflejan los precios reales del mercado. Así también, cabe señalar que el tercer precio referencial fue tomado de la adjudicación de un llamado anterior, correspondiente a la licitación con ID 417.418, en dicho llamado se solicitan Computadoras Portátiles Tipo 2 – intermedia las cuales además de ser un tipo inferior a los equipos solicitados en este llamado, poseen especificaciones técnicas desfasadas teniendo en cuenta las nuevas especificaciones técnicas estándar de la MITIC según resolución 711/22. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante. “Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” 31-08-2023 04-09-2023
10 /*Plan de entrega: En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Plan de entrega de los bienes. Plazos de Entrega Ítem 1., dice: “Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes: Dentro de los 05 días hábiles posteriores a la emisión de orden de compra, acorde a la necesidad de la convocante” Al respecto, y en vista a la cantidad de bienes solicitados, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay se solicita la ampliación del plazo de entrega de los bienes a un mínimo de 60 (sesenta) días hábiles desde la emisión de la orden de compra respectiva. Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, ya que no se estará direccionando la convocatoria a empresas específicas con existencia en su inventario actual de estos bienes en observancia de la economía y la eficiencia que se busca, en el uso de los recursos del Estado permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido originalmente en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante. “Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” 31-08-2023 04-09-2023
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