En el PBC, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS, se solicita:
Acceso a medios: 2 puertos USB
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si la capacidad requerida es de 2 puertos USB en total o si se requieren 2 puertos USB por cada controladora. Es importante contar con esta información clara y detallada para garantizar una correcta provisión de los bienes solicitados de acuerdo a las necesidades de la convocante.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante. Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas , en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En el PBC, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS, se solicita:
Acceso a medios: 2 puertos USB
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si la capacidad requerida es de 2 puertos USB en total o si se requieren 2 puertos USB por cada controladora. Es importante contar con esta información clara y detallada para garantizar una correcta provisión de los bienes solicitados de acuerdo a las necesidades de la convocante.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante. Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas , en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
La capacidad es de un puerto USB es por cada controladora.-
22
/* Especificaciones Técnicas Storage
En el PBC, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS, se solicita:
Interfaces I/O: LAN 10/25 Gigabit Ethernet Redundantes: Deberá
contar con 4 interfaces de 10 Gigabit Ethernet para proveer conexión a LAN a los servers
equipados con 4 SFP+ de corta distancia que deben soportar el estándar IEEE 1588 time
precisión protocol.
Al respecto, solicitamos respetuosamente a la convocante se aclare este punto teniendo en cuenta que se pide por un lado 10/25 Gigabit Ethernet pero textualmente dice 4 interfaces 10G para conexión de servidores con 4 SFP+ quedando como que se está solicitando lo siguiente debe soportar 25G pero incluir 4 SFP+ con módulos SR.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante. Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas , en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En el PBC, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS, se solicita:
Interfaces I/O: LAN 10/25 Gigabit Ethernet Redundantes: Deberá
contar con 4 interfaces de 10 Gigabit Ethernet para proveer conexión a LAN a los servers
equipados con 4 SFP+ de corta distancia que deben soportar el estándar IEEE 1588 time
precisión protocol.
Al respecto, solicitamos respetuosamente a la convocante se aclare este punto teniendo en cuenta que se pide por un lado 10/25 Gigabit Ethernet pero textualmente dice 4 interfaces 10G para conexión de servidores con 4 SFP+ quedando como que se está solicitando lo siguiente debe soportar 25G pero incluir 4 SFP+ con módulos SR.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante. Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas , en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
Las interfaces ethernet efectivamente deben ser de 10/25 Gbps hoy día se solicita con SFP de 10 Gbps, pero se solicita que la interfaz pueda soportar 25 para posible crecimiento futuro solo cambiando el SFP.
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/* Especificaciones Técnicas Storage
En el PBC, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS, se solicita:
Interfaces I/O: LAN 10/25 Gigabit Ethernet Redundantes: Deberá
contar con 4 interfaces de 10 Gigabit Ethernet para proveer conexión a LAN a los servers
equipados con 4 SFP+ de corta distancia que deben soportar el estándar IEEE 1588 time
precisión protocol.
Solicitamos respetuosamente a la Convocante que con el fin de recibir mejores ofertas en beneficio de la PBC se defina como OPCIONAL el requisito de soportar el estándar IEEE 1588 time precisión protocol atendiendo que los fabricantes presentes en la industria lo utilizan más bien como un protocolo opcional.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante. Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas , en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En el PBC, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS, se solicita:
Interfaces I/O: LAN 10/25 Gigabit Ethernet Redundantes: Deberá
contar con 4 interfaces de 10 Gigabit Ethernet para proveer conexión a LAN a los servers
equipados con 4 SFP+ de corta distancia que deben soportar el estándar IEEE 1588 time
precisión protocol.
Solicitamos respetuosamente a la Convocante que con el fin de recibir mejores ofertas en beneficio de la PBC se defina como OPCIONAL el requisito de soportar el estándar IEEE 1588 time precisión protocol atendiendo que los fabricantes presentes en la industria lo utilizan más bien como un protocolo opcional.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante. Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas , en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
Básicamente todos los proveedores tienen opción con IEEE 1588, necesitamos para asegurar la sincronización del horario utilizado en toda la entidad para las aplicaciones transaccionales.
24
/* Especificaciones Técnicas Storage
En el PBC, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS; No. De Artículo 3, se solicita:
Procesador: 12 nucleos de 1.7 Ghz de Velocidad o superior
Al respecto, y como opción de conveniencia para la convocante, se solicita sea aceptado un Procesador: 8 núcleos de velocidad igual o superior a 1.7 GHz. Esto permitiría obtener equipos con mejor rendimiento y no alteraría la funcionalidad y prestaciones del equipo solicitado. Además, esta modificación podría ayudar a obtener mejores ofertas teniendo en cuenta que si bien es cierto que un procesador con más núcleos puede mejorar el rendimiento, también es importante tener en cuenta la velocidad del procesador. En general, un procesador con menos núcleos pero mayor velocidad sería más efectivo que uno con más núcleos pero menor velocidad.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante, en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En el PBC, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS; No. De Artículo 3, se solicita:
Procesador: 12 nucleos de 1.7 Ghz de Velocidad o superior
Al respecto, y como opción de conveniencia para la convocante, se solicita sea aceptado un Procesador: 8 núcleos de velocidad igual o superior a 1.7 GHz. Esto permitiría obtener equipos con mejor rendimiento y no alteraría la funcionalidad y prestaciones del equipo solicitado. Además, esta modificación podría ayudar a obtener mejores ofertas teniendo en cuenta que si bien es cierto que un procesador con más núcleos puede mejorar el rendimiento, también es importante tener en cuenta la velocidad del procesador. En general, un procesador con menos núcleos pero mayor velocidad sería más efectivo que uno con más núcleos pero menor velocidad.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante, en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
Se mantiene en 12 núcleos de 1.7 ghz o superior, no es posible bajar prestaciones, por lo que se debe remitir al PBC.-
25
/*Plazo de entrega
En el PBC, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado Plan de entrega de los bienes, se solicita:
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes:
Los bienes deben ser entregados dentro de los 40 días corridos posterior a la firma del contrato.
Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a una característica específica definida especialmente para este proceso licitatorio, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los bienes licitados arriben a Paraguay, solicitamos a la Convocante extender el plazo de entrega para equipo solicitado al menos 60 (sesenta) días corridos posterior a la firma del contrato., a fin de garantizar el suministro de bienes idóneos y de alta calidad para la satisfacción de las necesidades institucionales, principalmente las que garantizan la buena marcha de las tareas operativas vinculadas al uso de dichos bienes.
Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, ya que no se estará direccionando la convocatoria a una empresa o limitadas empresas específicas con existencia en su inventario actual de estos bienes pero que tengan precios tal vez muy superiores a los que se puedan ofrecer en una sana, amplia e imparcial competencia, todo ello en observancia de la economía y la eficiencia que se busca, en el uso de adecuado de los recursos del estado, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido originalmente en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En el PBC, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado Plan de entrega de los bienes, se solicita:
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes:
Los bienes deben ser entregados dentro de los 40 días corridos posterior a la firma del contrato.
Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a una característica específica definida especialmente para este proceso licitatorio, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los bienes licitados arriben a Paraguay, solicitamos a la Convocante extender el plazo de entrega para equipo solicitado al menos 60 (sesenta) días corridos posterior a la firma del contrato., a fin de garantizar el suministro de bienes idóneos y de alta calidad para la satisfacción de las necesidades institucionales, principalmente las que garantizan la buena marcha de las tareas operativas vinculadas al uso de dichos bienes.
Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, ya que no se estará direccionando la convocatoria a una empresa o limitadas empresas específicas con existencia en su inventario actual de estos bienes pero que tengan precios tal vez muy superiores a los que se puedan ofrecer en una sana, amplia e imparcial competencia, todo ello en observancia de la economía y la eficiencia que se busca, en el uso de adecuado de los recursos del estado, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido originalmente en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En cuanto al plazo de Entrega consideramos que es posible tener el equipo en ese tiempo y teniendo en cuenta que la Institución necesita con urgencia esta solución, ya que la infraestructura actual del INDERT requiere con suma celeridad la provisión de estos ítems que son esenciales para los fines de la Entidad antes de la finzalición del presente año ya que el presupuesto destinado afecta exclusivamente a este periodo.-
26
/* Sistema de Adjudicación
En la parte al llamado publicado, en la sección de Adjudicación y Contrato en el SICP, se solicita:
Sistema de Adjudicación: Por Total
Conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, se solicita a la convocante que el sistema de adjudicación sea separado por ítems, teniendo en cuenta, que no son técnicamente dependientes entre sí y que existen oferentes que no trabajan de forma habitual o conjunta con todos los productos requeridos ni tienen experiencia comercial y/o técnica en forma conjunta y que si se permite presentar la oferta por ítem, se permitirá la participación de un mayor número de oferentes y la presentación de ofertas adecuadas para satisfacer los intereses de la convocante, sin necesidad de restringir ni disminuir la calidad del proyecto deseado.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En la parte al llamado publicado, en la sección de Adjudicación y Contrato en el SICP, se solicita:
Sistema de Adjudicación: Por Total
Conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, se solicita a la convocante que el sistema de adjudicación sea separado por ítems, teniendo en cuenta, que no son técnicamente dependientes entre sí y que existen oferentes que no trabajan de forma habitual o conjunta con todos los productos requeridos ni tienen experiencia comercial y/o técnica en forma conjunta y que si se permite presentar la oferta por ítem, se permitirá la participación de un mayor número de oferentes y la presentación de ofertas adecuadas para satisfacer los intereses de la convocante, sin necesidad de restringir ni disminuir la calidad del proyecto deseado.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
Aceptamos la Modalidad de Adjudicación sea por Ítems, remitirse a la adenda 06/23.-
27
/*Plazo de entrega
En el PBC, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado Plan de entrega de los bienes, se solicita:
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes:
Los bienes deben ser entregados dentro de los 40 días corridos posterior a la firma del contrato.
Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a una característica específica definida especialmente para este proceso licitatorio, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los bienes licitados arriben a Paraguay, solicitamos a la Convocante extender el plazo de entrega para equipo solicitado al menos 60 (sesenta) días corridos posterior a la firma del contrato., a fin de garantizar el suministro de bienes idóneos y de alta calidad para la satisfacción de las necesidades institucionales, principalmente las que garantizan la buena marcha de las tareas operativas vinculadas al uso de dichos bienes.
Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, ya que no se estará direccionando la convocatoria a una empresa o limitadas empresas específicas con existencia en su inventario actual de estos bienes pero que tengan precios tal vez muy superiores a los que se puedan ofrecer en una sana, amplia e imparcial competencia, todo ello en observancia de la economía y la eficiencia que se busca, en el uso de adecuado de los recursos del estado, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido originalmente en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En el PBC, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado Plan de entrega de los bienes, se solicita:
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes:
Los bienes deben ser entregados dentro de los 40 días corridos posterior a la firma del contrato.
Al respecto, y en vista a que los bienes solicitados corresponden a una característica específica definida especialmente para este proceso licitatorio, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los bienes licitados arriben a Paraguay, solicitamos a la Convocante extender el plazo de entrega para equipo solicitado al menos 60 (sesenta) días corridos posterior a la firma del contrato., a fin de garantizar el suministro de bienes idóneos y de alta calidad para la satisfacción de las necesidades institucionales, principalmente las que garantizan la buena marcha de las tareas operativas vinculadas al uso de dichos bienes.
Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, ya que no se estará direccionando la convocatoria a una empresa o limitadas empresas específicas con existencia en su inventario actual de estos bienes pero que tengan precios tal vez muy superiores a los que se puedan ofrecer en una sana, amplia e imparcial competencia, todo ello en observancia de la economía y la eficiencia que se busca, en el uso de adecuado de los recursos del estado, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido originalmente en el PBC limitaría la mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.
En cuanto al plazo de Entrega consideramos que es posible tener el equipo en ese tiempo y teniendo en cuenta que la Institución necesita con urgencia esta solución, ya que la infraestructura actual del INDERT requiere con suma celeridad la provisión de estos ítems que son esenciales para los fines de la Entidad antes de la finzalición del presente año ya que el presupuesto destinado afecta exclusivamente a este periodo.-