Datos de la Verificación
Usuario Verificador
rsanchez
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
26-01-2024 - 15:25
Fecha de Fin
31-01-2024 - 14:14
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Inconsistencia de datos
Descripción
Se verifica que en algunos documentos el nombre del llamado no corresponde. Se solicita subsanar
Comentario
Visto la nota UOC/DLI/ANDE/N°007/2024, en contestación a la observación n° 1, se reitera lo solicitado anteriormente.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No realiza la combinación de precios/ o no utiliza 3 precios. Precios referenciales
Descripción
Se recuerda que las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos
o más de las opciones disponibles en el anexo de la reglamentación, sin embargo, en el Dictamen remitido no se
observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinacion de fuentes para la obtencion del
precio referencial o no se cuenta con la cantidad minima requerida. Se solicita subsanar.
Comentario
Visto la nota UOC/DLI/ANDE/N°007/2024, en contestación a la observación n° 4, se aclara a la convocante que la nota ampliatoria de la justificación de la elaboración del costo referencia por motivos de “complejidad”, “especialidad” u “particularidad” debe constar en un informa complementario al del remitido inicialmente.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Falta acompañar los antecedentes tales como: notas, normativas, informes técnicos, fotos, artículos periodísticos, etc.
Comentario
Referente a la contestación n° 5, efectivamente como la convocante menciona en la nota y teniendo en cuenta lo establecido en el clasificador presupuestario en el Grupo 500 “INVERSIÓN FÍSICA”, SUBGRUPO 520 “CONSTRUCCIONES” y por ultimo el Objeto de Gasto 521 “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE USO PUBLICO”, ya en la descripción de las cuentas por Objeto de Gasto y Control Financiero se define las “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE USO PUBLICO”, lo cual en ningún momento desde el inicio de la verificación se objeta u rechaza la finalidad del Objeto de Gasto para la realización de dichas “Construcciones de Obras de Uso Público”, no obstante, si se objeta la realización de “Servicios Profesionales de Supervisión Técnica y Fiscalización de Obras correspondientes a la Ejecución de Trabajos de Mejoramiento y Refuerzo del Sistema de Distribución del Interior del País - Fase III” (consultoría) en un Objeto de Gasto que teniendo en cuenta su propia descripción no prevé la realización de dicha consultoría u servicio, por el contrario, se observa una sola excepción a la regla y la misma corresponde a “Fiscalización de obras viales” (servicio de consultoría de fiscalización técnica y ambiental de la ejecución de los proyectos viales), tampoco ser observa un dictamen del órgano rector “M.E.F.” referente a la viabilidad para la utilización del Objeto de Gasto de referencia.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.