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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
algonzalez
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
16-02-2024 - 17:19
Fecha de Fin
22-02-2024 - 10:46
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) En el PBC se observa que las clausulas se encuentran desglosadas en letras, se solicita a la convocante sean desglosadas al igual que el instructivo del pliego.// 2) Teniendo en cuenta el plazo de ejecución de la obra, más el plazo de recepción provisoria y definitiva de la obra, solicitamos a la convocante que amplíe el periodo de validez de la garantía de fiel cumplimiento de contrato. //

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Visita técnica con posible plazo insuficiente.
Descripción
Atendiendo a la fecha o fechas topes establecidas para las visitas técnicas, se recomienda prorrogar el plazo para realizar las mismas.
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No remiten autorizaciones
Descripción
Conforme al objeto del llamado, se solicita remitir las autorizaciones correspondientes (Planos, MADES, permiso municpal).
Comentario
Considerando lo establecido en el PBC, en el apartado de justificación de la necesidad que se pretende satisfacer mencionan “distribución”, se informa que el proceso de contratación podría necesitar contar con los permisos de los entes pertinentes ejemplo: ERSSAN, MADES (ex SEAM), o en su defecto, deberán contar con algún documento donde las autoridades competentes se expidan indicando que el proceso de contratación no requiere de ningún permiso atendiendo al objeto de la contratación. Se recuerda también lo previsto en el instructivo del pliego estándar vigente: “…La persona encargada de redactar las bases debe tener en cuenta lo que dispone la legislación vigente en materia ambiental y TRAMITAR PREVIAMENTE los correspondientes permisos, licencias y autorizaciones según corresponda ante la autoridad competente; atendiendo la envergadura, la localización y el impacto que la obra podría causar decidirá la correspondencia o no de los mismos.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.