El 28 de julio de 2015 se emitió el Decreto Nº 3826, que dispone que las campañas comunicacionales y avisos de todo tipo que requieran realizar las entidades dependientes del Poder Ejecutivo sobre la gestión del Gobierno Nacional, deberán contar con la aprobación de la Secretaría de Información y Comunicación (SICOM).
El Decreto se aplica además las entidades descentralizadas, entes autónomos autárquicos, entidades públicas de seguridad social, empresas públicas, entidades financieras oficiales y sociedades anónimas en las que el estado sea socio mayoritario.
La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas publicará en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas, los procesos de contrataciones solo si cuentan con la aprobación de la SICOM.
La SICOM debe expedirse sobre solicitudes un plazo máximo de siete días hábiles prorrogables por única vez. En caso de no expedirse se toma el proyecto presentado como aprobado.
La SICOM reglamentará los criterios y parámetros que se tendrán en cuenta para la aprobación de los proyectos informativos.
El Decreto se aplica además las entidades descentralizadas, entes autónomos autárquicos, entidades públicas de seguridad social, empresas públicas, entidades financieras oficiales y sociedades anónimas en las que el estado sea socio mayoritario.
La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas publicará en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas, los procesos de contrataciones solo si cuentan con la aprobación de la SICOM.
La SICOM debe expedirse sobre solicitudes un plazo máximo de siete días hábiles prorrogables por única vez. En caso de no expedirse se toma el proyecto presentado como aprobado.
La SICOM reglamentará los criterios y parámetros que se tendrán en cuenta para la aprobación de los proyectos informativos.