La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas mediante Resolución DNCP N° 4401/2023, ha emitido la reglamentación técnica en materia de procedimientos de contratación vinculados a la Ley N° 7021/2022 de Suministro y Contrataciones Públicas y su Decreto Reglamentario N° 9823/23, que incluye procedimientos convencionales – licitación pública y de menor cuantía, asi como procedimientos especiales de contratación - convenio marco, SBE, acuerdo nacional, entre otros.
En esta resolución se establecen criterios y directrices fundamentales que, además de regular la comunicación y difusión de los procedimientos de contratación, contribuyen a la simplificación de trámites y modernización de su gestión, a través de una nueva plataforma tecnológica mas amigable, desarrollada por la DNCP. En cuanto a la Subasta a la Baja Electrónica, la misma será 100% electrónica, por lo que no requerirá la presentación física de los documentos de la oferta.
Con miras a lograr una correcta planificación de las necesidades por parte de los Organismos y entidades del Estado, y distiguirla como una etapa previa a la gestión de las contrataciones, a partir del ejercicio fiscal 2024, el Plan Anual de Contratación (PAC) será gestionado y publicado por las mismas de manera automática en el sistema, sin intervención de la DNCP, y no estará vinculado a la estructura presupuestaria de las entidades, lo que a su vez coadyuvará a una gestión mas eficiente de los procedimientos de contratación.
Así también, la reglamentación establece modificaciones en cuanto a plazos mínimos de difusión de las convocatorias, como en la Licitación Pública Nacional (LPN) siendo ahora de 15 días corridos y en la Licitación Pública Internacional (LPI) de 30 días corridos contados a partir de la publicación de la convocatoria, lo que permitirá procedimientos de contratación más agiles y oportunos para una mejor gestión de las contrataciones públicas.
En este mismo sentido, las prórrogas del plazo de presentación y apertura de ofertas, se podrán realizar directamente a través del sistema en forma automática, sin necesidad de instrumentarlas a través de adendas.
Entre otros puntos, se destaca que las categorías de contratación fueron adecuadas al estándar internacional de la ONU (The United Nations Standard Products and Services Code).