Secciones
Versión 6
Versión 7
Diferencias entre las versiones 6 y 7
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
MODIFICACIÓN N° 01:
Se modifica la Capacidad Técnica.
MODIFICACIÓN N° 02:
Se modifican los Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Capacidad Técnica
- Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria//pliego/6/diferencias/5.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
MODIFICACIÓN N° 01:
Se modifica la Experiencia requerida.
MODIFICACIÓN N° 02:
Se modifican los Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Experiencia requerida
- Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria//pliego/7/diferencias/6.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
MODIFICACIÓN N° 01:
Se modifica la Capacidad TécnicaExperiencia requerida.
MODIFICACIÓN N° 02:
Se modifican los Requisitos documentales para evaluar el criteriola evaluación de capacidad técnicala experiencia.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
Capacidad TécnicaRequisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica- Experiencia requerida
- Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria//pliego/6/diferencias/5.html?seccion=adendahttps://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria//pliego/7/diferencias/6.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.