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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

Ítem

Descripción de los Bienes

Cantidad en Unidades

Unidad de Medida

Presentación

Especificaciones Técnicas

1

Azúcar Blanca (Bolsa de 50 kilogramos)

6.950

Kilogramos

Bolsa de 50 kilogramos

De la Zafra del Año, blanca, refinada, sin humedad ni sustancias extrañas contaminantes, con contenido de sacarosa 0,2% insoluble, envasada en paquetes y o bolsas de 50 kilos, con la marca del bien impresa por el paquete.

2

Leche Entera Líquida UAT (Caja por 12 unidades de 1 Litro)

4.560

Litros

Caja de 12 unidades de 1 (un) Litro

(*) Remitirse a Ia plantilla del producto del SlCP de modo a visualizar los atributos del bien requerido.

3

Dextrina Blanca en polvo Almidón (Bolsa por 5 kilogramos)

500

Kilogramos

Bolsa de 5 kilogramos

Color blanco, olor y textura característico

4

Agua Mineral sin Gas (Bidón de 20 litros)

2.700

Unidad

Bidón de 20 Litros

Agua mineral sin gas, en bidones de 20 litros. Con fecha de vencimiento como mínimo de 30 días desde el momento de la entrega. El establecimiento elaborador deberá poseer Registro de Establecimiento (R.E.) del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). El producto deberá poseer Registro Sanitario por alimento (R.S.P.A.), según Decreto MSP y BS Nº 1635/99 que Reglamenta el Art. 175 de la Ley Nº 836/80 (Código Sanitario. Deberán contener como mínimo la siguiente composición mg/l, Residuo seco soluble (180º C) 87, Ácido (en CACO3) 8.5, Cloruro (en 01) 4, Nitrato (en N03) 19, Zin (en Zn) 0.03, Grado de mineralización oligomineral envasado en bidones de plástico de 20 Lts.

Especificaciones Técnicas:

Azúcar Blanca: Tipo 1, de la zafra del año, cristalina, blanca, refinada, sin sustancias extrañas contaminantes, con contenido de sacarosa aprox. 0,2 insoluble, con fechas de vencimiento como mínimo 8 (ocho) meses. La fecha de la entrega, marca impresa en cada envase. El producto deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM para rotulado de alimentos envasados, la Resolución GMC 46/03 para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados, 47/03 porciones de alimentos envasados a los fines del Rotulado nutricional, Resolución MERCOSUR GMC 22/02 RTM para expresar la indicación cuantitativa del contenido neto de los productos pre medidos y con lo establecido en el Decreto N° 1635/99 que reglamenta el art. 175 de la Ley N° 836/80 Código sanitario de acuerdo a las reglamentaciones arriba citadas, las etiquetas de los envases deberán estar impresas de forma clara e indeleble y deberá presentar la siguiente información:

  1. Denominación del alimento;
  2. Peso neto;
  3. Datos del establecimiento del elaborador;
  4. País de origen;
  5. Lote;
  6. Fecha de vencimiento;
  7. Datos del importador, en caso de productos importados;
  8. Instrucciones de preparación del alimento cuando corresponda;
  9. Condiciones de conservación;
  10. Información Nutricional: deberá estar impresa en la bolsa y cumplir con las siguientes informaciones: valor energético 20 kcal; carbodidratos 4,9 gr; proteínas 0 grs; grasas totales 0 grs; grasas saturadas 0 grs; grasas trans 0 grs; fibra alimentaria 0 grs; sodio 0 mg.
  11. Número de registros de producto (RSPA N°) y establecimiento (RE N°), otorgados por el INAN y MSPyBS.

Leche Entera Líquida UAT: (*) Remitirse a Ia plantilla del producto del SlCP de modo a visualizar los atributos del bien requerido.

Dextrina Blanca en Polvo (Almidón): Deberá ser sin mezcla de sustancias extrañas (suciedades o mezcla de otros tipos de harinas), en buen estado de conservación, libre de insectos, sin moho, envasado en paquetes de primer uso, con la marca impresa en cada bolsa, con la información nutricional correspondiente, fecha de elaboración y envasado, fecha de vencimiento de 4 meses posteriores a la fecha de recepción de la misma como mínimo, lote N°, la habilitación correspondiente del INAM, el RE y RSPA. Forma de presentación: en paquetes de 5 kg como mínimo.

Agua mineral sin gas, en bidones de 20 litros. Con fecha de vencimiento como mínimo de 30 días desde el momento de la entrega. El establecimiento elaborador deberá poseer Registro de Establecimiento (R.E.) del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). El producto deberá poseer Registro Sanitario por alimento (R.S.P.A.), según Decreto MSP y BS Nº 1635/99 que Reglamenta el Art. 175 de la Ley Nº 836/80 (Código Sanitario. Deberán contener como mínimo la siguiente composición mg/l, Residuo seco soluble (180º C) 87, Ácido (en CACO3) 8.5, Cloruro (en 01) 4, Nitrato (en N03) 19, Zin (en Zn) 0.03, Grado de mineralización oligomineral envasado en bidones de plástico de 20 Lts.

El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:

-      Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.

-      En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.

-      En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.

-      Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.

-      Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”.  Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.

-      Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados. 

-      Las EETT   deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:

(a)      Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.

(b)      Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).

(c)       Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.

(d)      Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.

(e)      Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.

-              Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda.  Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.

Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.

Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.

Especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

Ítem

Descripción de los Bienes

Cantidad en Unidades

Unidad de Medida

Presentación

Especificaciones Técnicas

1

Azúcar Blanca (Bolsa de 50 kilogramos)

6.950

Kilogramos

Bolsa de 50 kilogramos

De la Zafra del Año, blanca, refinada, sin humedad ni sustancias extrañas contaminantes, con contenido de sacarosa 0,2% insoluble, envasada en paquetes y o bolsas de 50 kilos, con la marca del bien impresa por el paquete.

2

Leche Entera Líquida UAT (Caja por 12 unidades de 1 Litro)

4.560

Litros

Caja de 12 unidades de 1 (un) Litro

(*) Remitirse a Ia plantilla del producto del SlCP de modo a visualizar los atributos del bien requerido.

3

Dextrina Blanca en polvo (Almidón de mandioca) (Bolsa por 5 kilogramos)

500

Kilogramos

Bolsa de 5 kilogramos

Color blanco, olor y textura característico

4

Agua Mineral sin Gas (Bidón de 20 litros)

2.700

Unidad

Bidón de 20 Litros

Agua mineral sin gas, en bidones de 20 litros. Con fecha de vencimiento como mínimo de 30 días desde el momento de la entrega. El establecimiento elaborador deberá poseer Registro de Establecimiento (R.E.) del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). El producto deberá poseer Registro Sanitario por alimento (R.S.P.A.), según Decreto MSP y BS Nº 1635/99 que Reglamenta el Art. 175 de la Ley Nº 836/80 (Código Sanitario. Deberán contener como mínimo la siguiente composición mg/l, Residuo seco soluble (180º C) 87, Ácido (en CACO3) 8.5, Cloruro (en 01) 4, Nitrato (en N03) 19, Zin (en Zn) 0.03, Grado de mineralización oligomineral envasado en bidones de plástico de 20 Lts.

Especificaciones Técnicas:

Azúcar Blanca: Tipo 1, de la zafra del año, cristalina, blanca, refinada, sin sustancias extrañas contaminantes, con contenido de sacarosa aprox. 0,2 insoluble, con fechas de vencimiento como mínimo 8 (ocho) meses. La fecha de la entrega, marca impresa en cada envase. El producto deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM para rotulado de alimentos envasados, la Resolución GMC 46/03 para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados, 47/03 porciones de alimentos envasados a los fines del Rotulado nutricional, Resolución MERCOSUR GMC 22/02 RTM para expresar la indicación cuantitativa del contenido neto de los productos pre medidos y con lo establecido en el Decreto N° 1635/99 que reglamenta el art. 175 de la Ley N° 836/80 Código sanitario de acuerdo a las reglamentaciones arriba citadas, las etiquetas de los envases deberán estar impresas de forma clara e indeleble y deberá presentar la siguiente información:

  1. Denominación del alimento;
  2. Peso neto;
  3. Datos del establecimiento del elaborador;
  4. País de origen;
  5. Lote;
  6. Fecha de vencimiento;
  7. Datos del importador, en caso de productos importados;
  8. Instrucciones de preparación del alimento cuando corresponda;
  9. Condiciones de conservación;
  10. Información Nutricional: deberá estar impresa en la bolsa y cumplir con las siguientes informaciones: valor energético 20 kcal; carbodidratos 4,9 gr; proteínas 0 grs; grasas totales 0 grs; grasas saturadas 0 grs; grasas trans 0 grs; fibra alimentaria 0 grs; sodio 0 mg.
  11. Número de registros de producto (RSPA N°) y establecimiento (RE N°), otorgados por el INAN y MSPyBS.

Leche Entera Líquida UAT: (*) Remitirse a Ia plantilla del producto del SlCP de modo a visualizar los atributos del bien requerido.

Dextrina Blanca en Polvo (Almidón de Mandioca): Deberá ser sin mezcla de sustancias extrañas (suciedades o mezcla de otros tipos de harinas), en buen estado de conservación, libre de insectos, sin moho, envasado en paquetes de primer uso, con la marca impresa en cada bolsa, con la información nutricional correspondiente, fecha de elaboración y envasado, fecha de vencimiento de 4 meses posteriores a la fecha de recepción de la misma como mínimo, lote N°, la habilitación correspondiente del INAM, el RE y RSPA. Forma de presentación: en paquetes de 5 kg como mínimo.

Agua mineral sin gas, en bidones de 20 litros. Con fecha de vencimiento como mínimo de 30 días desde el momento de la entrega. El establecimiento elaborador deberá poseer Registro de Establecimiento (R.E.) del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). El producto deberá poseer Registro Sanitario por alimento (R.S.P.A.), según Decreto MSP y BS Nº 1635/99 que Reglamenta el Art. 175 de la Ley Nº 836/80 (Código Sanitario. Deberán contener como mínimo la siguiente composición mg/l, Residuo seco soluble (180º C) 87, Ácido (en CACO3) 8.5, Cloruro (en 01) 4, Nitrato (en N03) 19, Zin (en Zn) 0.03, Grado de mineralización oligomineral envasado en bidones de plástico de 20 Lts.

El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:

-      Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.

-      En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.

-      En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.

-      Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.

-      Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”.  Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.

-      Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados. 

-      Las EETT   deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:

(a)      Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.

(b)      Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).

(c)       Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.

(d)      Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.

(e)      Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.

-              Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda.  Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.

Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.

Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.

Especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

Ítem

Descripción de los Bienes

Cantidad en Unidades

Unidad de Medida

Presentación

Especificaciones Técnicas

1

Azúcar Blanca (Bolsa de 50 kilogramos)

6.950

Kilogramos

Bolsa de 50 kilogramos

De la Zafra del Año, blanca, refinada, sin humedad ni sustancias extrañas contaminantes, con contenido de sacarosa 0,2% insoluble, envasada en paquetes y o bolsas de 50 kilos, con la marca del bien impresa por el paquete.

2

Leche Entera Líquida UAT (Caja por 12 unidades de 1 Litro)

4.560

Litros

Caja de 12 unidades de 1 (un) Litro

(*) Remitirse a Ia plantilla del producto del SlCP de modo a visualizar los atributos del bien requerido.

3

Dextrina Blanca en polvo Almidón(Almidón de mandioca) (Bolsa por 5 kilogramos)

500

Kilogramos

Bolsa de 5 kilogramos

Color blanco, olor y textura característico

4

Agua Mineral sin Gas (Bidón de 20 litros)

2.700

Unidad

Bidón de 20 Litros

Agua mineral sin gas, en bidones de 20 litros. Con fecha de vencimiento como mínimo de 30 días desde el momento de la entrega. El establecimiento elaborador deberá poseer Registro de Establecimiento (R.E.) del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). El producto deberá poseer Registro Sanitario por alimento (R.S.P.A.), según Decreto MSP y BS Nº 1635/99 que Reglamenta el Art. 175 de la Ley Nº 836/80 (Código Sanitario. Deberán contener como mínimo la siguiente composición mg/l, Residuo seco soluble (180º C) 87, Ácido (en CACO3) 8.5, Cloruro (en 01) 4, Nitrato (en N03) 19, Zin (en Zn) 0.03, Grado de mineralización oligomineral envasado en bidones de plástico de 20 Lts.

Especificaciones Técnicas:

Azúcar Blanca: Tipo 1, de la zafra del año, cristalina, blanca, refinada, sin sustancias extrañas contaminantes, con contenido de sacarosa aprox. 0,2 insoluble, con fechas de vencimiento como mínimo 8 (ocho) meses. La fecha de la entrega, marca impresa en cada envase. El producto deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM para rotulado de alimentos envasados, la Resolución GMC 46/03 para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados, 47/03 porciones de alimentos envasados a los fines del Rotulado nutricional, Resolución MERCOSUR GMC 22/02 RTM para expresar la indicación cuantitativa del contenido neto de los productos pre medidos y con lo establecido en el Decreto N° 1635/99 que reglamenta el art. 175 de la Ley N° 836/80 Código sanitario de acuerdo a las reglamentaciones arriba citadas, las etiquetas de los envases deberán estar impresas de forma clara e indeleble y deberá presentar la siguiente información:

  1. Denominación del alimento;
  2. Peso neto;
  3. Datos del establecimiento del elaborador;
  4. País de origen;
  5. Lote;
  6. Fecha de vencimiento;
  7. Datos del importador, en caso de productos importados;
  8. Instrucciones de preparación del alimento cuando corresponda;
  9. Condiciones de conservación;
  10. Información Nutricional: deberá estar impresa en la bolsa y cumplir con las siguientes informaciones: valor energético 20 kcal; carbodidratos 4,9 gr; proteínas 0 grs; grasas totales 0 grs; grasas saturadas 0 grs; grasas trans 0 grs; fibra alimentaria 0 grs; sodio 0 mg.
  11. Número de registros de producto (RSPA N°) y establecimiento (RE N°), otorgados por el INAN y MSPyBS.

Leche Entera Líquida UAT: (*) Remitirse a Ia plantilla del producto del SlCP de modo a visualizar los atributos del bien requerido.

Dextrina Blanca en Polvo (Almidón de Mandioca): Deberá ser sin mezcla de sustancias extrañas (suciedades o mezcla de otros tipos de harinas), en buen estado de conservación, libre de insectos, sin moho, envasado en paquetes de primer uso, con la marca impresa en cada bolsa, con la información nutricional correspondiente, fecha de elaboración y envasado, fecha de vencimiento de 4 meses posteriores a la fecha de recepción de la misma como mínimo, lote N°, la habilitación correspondiente del INAM, el RE y RSPA. Forma de presentación: en paquetes de 5 kg como mínimo.

Agua mineral sin gas, en bidones de 20 litros. Con fecha de vencimiento como mínimo de 30 días desde el momento de la entrega. El establecimiento elaborador deberá poseer Registro de Establecimiento (R.E.) del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). El producto deberá poseer Registro Sanitario por alimento (R.S.P.A.), según Decreto MSP y BS Nº 1635/99 que Reglamenta el Art. 175 de la Ley Nº 836/80 (Código Sanitario. Deberán contener como mínimo la siguiente composición mg/l, Residuo seco soluble (180º C) 87, Ácido (en CACO3) 8.5, Cloruro (en 01) 4, Nitrato (en N03) 19, Zin (en Zn) 0.03, Grado de mineralización oligomineral envasado en bidones de plástico de 20 Lts.

El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:

-      Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.

-      En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.

-      En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.

-      Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.

-      Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”.  Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.

-      Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados. 

-      Las EETT   deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:

(a)      Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.

(b)      Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).

(c)       Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.

(d)      Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.

(e)      Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.

-              Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda.  Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.

Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.

Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.

Detalle de los bienes y/o servicios

Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:

Ítem

Descripción de los Bienes

Cantidad en Unidades

Unidad de Medida

Presentación

1

Azúcar Blanca Bolsa por 50 kilogramos

6.950

Kilogramos

Bolsa de 50 kilogramos

2

Leche Entera Líquida UAT Caja por 12 unidades

4.560

Litros

Caja de 12 unidades de 1 (un) Litro

3

Dextrina Blanca en polvo (Almidón) Bolsa por 5 kilogramos

500

Kilogramos

Bola de 5 kilogramos

4

Agua Mineral sin Gas (Bidón de 20 litros)

2.700

Unidad

Bidón de 20 Litros

OBSERVACION:

BIDON DE 20 LITROS DE AGUA MINERAL SIN GAS

  • Los oferentes deben presentar su oferta incluyendo el préstamo de los envases.
  • Los oferentes deben presentar su oferta incluyendo la entrega (flete)
  • Los oferentes deben presentar su oferta incluyendo la provisión de 2 bebederos eléctricos frío/caliente y mantenimiento trimestral en forma de comodato durante la vigencia del contrato.

Detalle de los bienes y/o servicios

Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:

Ítem

Descripción de los Bienes

Cantidad en Unidades

Unidad de Medida

Presentación

1

Azúcar Blanca Bolsa por 50 kilogramos

6.950

Kilogramos

Bolsa de 50 kilogramos

2

Leche Entera Líquida UAT Caja por 12 unidades

4.560

Litros

Caja de 12 unidades de 1 (un) Litro

3

Dextrina Blanca en polvo (Almidón de mandioca) Bolsa por 5 kilogramos

500

Kilogramos

Bolsa de 5 kilogramos

4

Agua Mineral sin Gas (Bidón de 20 litros)

2.700

Unidad

Bidón de 20 Litros

OBSERVACION:

BIDON DE 20 LITROS DE AGUA MINERAL SIN GAS

  • Los oferentes deben presentar su oferta incluyendo el préstamo de los envases.
  • Los oferentes deben presentar su oferta incluyendo la entrega (flete)
  • Los oferentes deben presentar su oferta incluyendo la provisión de 2 bebederos eléctricos frío/caliente y mantenimiento trimestral en forma de comodato durante la vigencia del contrato.

Detalle de los bienes y/o servicios

Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:

Ítem

Descripción de los Bienes

Cantidad en Unidades

Unidad de Medida

Presentación

1

Azúcar Blanca Bolsa por 50 kilogramos

6.950

Kilogramos

Bolsa de 50 kilogramos

2

Leche Entera Líquida UAT Caja por 12 unidades

4.560

Litros

Caja de 12 unidades de 1 (un) Litro

3

Dextrina Blanca en polvo (Almidón de mandioca) Bolsa por 5 kilogramos

500

Kilogramos

BolaBolsa de 5 kilogramos

4

Agua Mineral sin Gas (Bidón de 20 litros)

2.700

Unidad

Bidón de 20 Litros

OBSERVACION:

BIDON DE 20 LITROS DE AGUA MINERAL SIN GAS

  • Los oferentes deben presentar su oferta incluyendo el préstamo de los envases.
  • Los oferentes deben presentar su oferta incluyendo la entrega (flete)
  • Los oferentes deben presentar su oferta incluyendo la provisión de 2 bebederos eléctricos frío/caliente y mantenimiento trimestral en forma de comodato durante la vigencia del contrato.

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación: 

Ítem

Descripción de los Bienes

Cantidad en Unidades

Unidad de Medida

Lugar de entrega de los bienes

Fecha (s) final (es) de entrega de los bienes

1

Azúcar Blanca (Bolsa por 50 kilogramos)

6.950

Kilogramos

Dpto. de Almacenes. Sito en la Calle Palma N° 1064 esquina Garibaldi, de 07:00 a 14:00 horas.

Dentro de los 5 (cinco) días calendarios posteriores a la recepción de la solicitud.

2

Leche Entera Líquida UAT (Caja por 12 unidades de 1 Litro)

4.560

Litros

3

Dextrina Blanca en polvo (Almidón)

Bolsa por 5 kilogramos

500

Kilogramos

4

Agua Mineral sin Gas (Bidón de 20 litros)

2.700

Unidad

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación: 

Ítem

Descripción de los Bienes

Cantidad en Unidades

Unidad de Medida

Lugar de entrega de los bienes

Fecha (s) final (es) de entrega de los bienes

1

Azúcar Blanca (Bolsa por 50 kilogramos)

6.950

Kilogramos

Dpto. de Almacenes. Sito en la Calle Palma N° 1064 esquina Garibaldi, de 07:00 a 14:00 horas.

Dentro de los 5 (cinco) días calendarios posteriores a la recepción de la solicitud.

2

Leche Entera Líquida UAT (Caja por 12 unidades de 1 Litro)

4.560

Litros

3

Dextrina Blanca en polvo (Almidón de mandioca)

Bolsa por 5 kilogramos

500

Kilogramos

4

Agua Mineral sin Gas (Bidón de 20 litros)

2.700

Unidad

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación: 

Ítem

Descripción de los Bienes

Cantidad en Unidades

Unidad de Medida

Lugar de entrega de los bienes

Fecha (s) final (es) de entrega de los bienes

1

Azúcar Blanca (Bolsa por 50 kilogramos)

6.950

Kilogramos

Dpto. de Almacenes. Sito en la Calle Palma N° 1064 esquina Garibaldi, de 07:00 a 14:00 horas.

Dentro de los 5 (cinco) días calendarios posteriores a la recepción de la solicitud.

2

Leche Entera Líquida UAT (Caja por 12 unidades de 1 Litro)

4.560

Litros

3

Dextrina Blanca en polvo (Almidón de mandioca)

Bolsa por 5 kilogramos

500

Kilogramos

4

Agua Mineral sin Gas (Bidón de 20 litros)

2.700

Unidad