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Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:

Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:

ADENDA N.° 1

                                                                         

SEÑORES

OFERENTES

PRESENTE:

 

El Ministerio de Economía y Finanzas, de conformidad a lo establecido en la Ley 7021/22, procede a emitir la siguiente adenda al llamado a LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SBE  N.º 11/2024 SERVICIO DE ALOJAMIENTO EXTERNO DE SERVICIOS PARA LA DGAF (MEF) PLURIANUAL - ID N.º 446.629.

La presente enmienda, formará parte del Pliego de Bases y Condiciones y, por consiguiente, será de observación y aplicación obligatoria por parte de los oferentes.

 

ENMIENDA 1:

Dentro de la CAPACIDAD FINANCIERA, se realiza enmienda en el punto que refiere únicamente al Endeudamiento, quedando redactado de la siguiente manera:

 

CONTRIBUYENTES DE IRACIS: Deberán cumplir los siguientes parámetros:

  • Endeudamiento: pasivo total/activo total. No deberá ser mayor a 0,93 el promedio de los tres últimos años.

 

Las enmiendas se realizan únicamente en los puntos señalados, los datos del PBC, que no fueron mencionados en la presente Adenda, se mantienen invariables y sin modificación alguna.

 

Atentamente.

 

 

 

 

Encargada de Despacho

S/ RES. MEF/GG/DGAF N.º 99/2024

COORDINACIÓN UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIÓN

 

DIRECTOR GENERAL

DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

        

 

 

 

 

MÁXIMA AUTORIDAD INSTITUCIONAL

delegación según Res. MEF 99/2024        

Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:

ADENDA N.° 1

SEÑORES

OFERENTES

PRESENTE:

El Ministerio de Economía y Finanzas, de conformidad a lo establecido en la Ley 7021/22, procede a emitir la siguiente adenda al llamado a LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SBE N.º 11/2024 SERVICIO DE ALOJAMIENTO EXTERNO DE SERVICIOS PARA LA DGAF (MEF) PLURIANUAL - ID N.º 446.629.

La presente enmienda, formará parte del Pliego de Bases y Condiciones y, por consiguiente, será de observación y aplicación obligatoria por parte de los oferentes.

ENMIENDA 1:

Dentro de la CAPACIDAD FINANCIERA, se realiza enmienda en el punto que refiere únicamente al Endeudamiento, quedando redactado de la siguiente manera:

CONTRIBUYENTES DE IRACIS: Deberán cumplir los siguientes parámetros:

  • Endeudamiento: pasivo total/activo total. No deberá ser mayor a 0,93 el promedio de los tres últimos años.

Las enmiendas se realizan únicamente en los puntos señalados, los datos del PBC, que no fueron mencionados en la presente Adenda, se mantienen invariables y sin modificación alguna.

Atentamente.

Encargada de Despacho

S/ RES. MEF/GG/DGAF N.º 99/2024

COORDINACIÓN UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIÓN

DIRECTOR GENERAL

DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

MÁXIMA AUTORIDAD INSTITUCIONAL

delegación según Res. MEF 99/2024