En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámara Corporal 4G LTE se solicita:
“Predeterminado: Deberá ser capaz de restablecer con la configuración de fábrica
Video incorporado: Al menos 1920x1080
Transmisión de video: Al menos 1920x1080, 1280x720 para 4G versión en vivo
Grabación de video: Al menos 2688x1512, 2560x1440, 1920x1080.”
Al respecto, se menciona a la Convocante que este requerimiento es altamente restrictivo y limitante, y fue incluido con el único propósito de favorecer a un único oferente, y al único representante en nuestro país de la marca ViPRO, específicamente en su modelo BV-A12S, la cual es la única Cámara Corporal que cumple con todas las exigencias técnicas mencionadas arriba.
Todas las Especificaciones requeridas son copiadas literalmente como que se mencionan en la ficha técnica de esta Cámara Corporal, pudiendo comprobarse al acceder al link del fabricante: https://www.vipro.com.tw/phocadownload/BWV/vipro%20bv-a12s_es_v1.1.pdf
Por lo que se solicita a la Convocante la reformulación de los requerimientos técnicos, y que sean aceptadas Cámaras Corporales con funciones de Predeterminado: Deberá ser capaz de restablecer con la configuración de fábrica, Video incorporado: 1920x1080 y/o 1280x720, Transmisión de video: Al menos 1920x1080 y/o 1280x720 para 4G versión en vivo, Grabación de video: Al menos 2688x1512 y/o 2560x1440 y/o 1920x1080; a fin de permitir que otros potenciales oferentes puedan ofertar, ya que de mantener el requerimiento solo se favorece al oferente que representa a la marca referida.
Lo solicitado encuentra sustento legal, en al artículo 20° de la Ley 2051/2003, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámara Corporal 4G LTE se solicita:
“Predeterminado: Deberá ser capaz de restablecer con la configuración de fábrica
Video incorporado: Al menos 1920x1080
Transmisión de video: Al menos 1920x1080, 1280x720 para 4G versión en vivo
Grabación de video: Al menos 2688x1512, 2560x1440, 1920x1080.”
Al respecto, se menciona a la Convocante que este requerimiento es altamente restrictivo y limitante, y fue incluido con el único propósito de favorecer a un único oferente, y al único representante en nuestro país de la marca ViPRO, específicamente en su modelo BV-A12S, la cual es la única Cámara Corporal que cumple con todas las exigencias técnicas mencionadas arriba.
Todas las Especificaciones requeridas son copiadas literalmente como que se mencionan en la ficha técnica de esta Cámara Corporal, pudiendo comprobarse al acceder al link del fabricante: https://www.vipro.com.tw/phocadownload/BWV/vipro%20bv-a12s_es_v1.1.pdf
Por lo que se solicita a la Convocante la reformulación de los requerimientos técnicos, y que sean aceptadas Cámaras Corporales con funciones de Predeterminado: Deberá ser capaz de restablecer con la configuración de fábrica, Video incorporado: 1920x1080 y/o 1280x720, Transmisión de video: Al menos 1920x1080 y/o 1280x720 para 4G versión en vivo, Grabación de video: Al menos 2688x1512 y/o 2560x1440 y/o 1920x1080; a fin de permitir que otros potenciales oferentes puedan ofertar, ya que de mantener el requerimiento solo se favorece al oferente que representa a la marca referida.
Lo solicitado encuentra sustento legal, en al artículo 20° de la Ley 2051/2003, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Especificaciones modificadas en la version 4 del PBC
12
*- Cámara Corporal 4G LTE
En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámara Corporal 4G LTE se solicita:
“Formato de audio: PCM.”
Al respecto, se menciona a la Convocante que existen otros formatos de audio que poseen mejor compresión y calidad, y considerando que esto no alterará la calidad de video final, solicitamos que también sean aceptados formatos de audio AAC, o WMA, o PCM, o MP3, esto permitirá que otros potenciales oferentes puedan ofertar, lo cual redundaría en beneficio para la Convocante quien podrá contar con un mayor número de ofertas.
Lo solicitado encuentra sustento legal, en al artículo 20° de la Ley 2051/2003, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámara Corporal 4G LTE se solicita:
“Formato de audio: PCM.”
Al respecto, se menciona a la Convocante que existen otros formatos de audio que poseen mejor compresión y calidad, y considerando que esto no alterará la calidad de video final, solicitamos que también sean aceptados formatos de audio AAC, o WMA, o PCM, o MP3, esto permitirá que otros potenciales oferentes puedan ofertar, lo cual redundaría en beneficio para la Convocante quien podrá contar con un mayor número de ofertas.
Lo solicitado encuentra sustento legal, en al artículo 20° de la Ley 2051/2003, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Este formato de Audio obedece la necesidad de fidelidad y calidad de sonido, antes que mejor compresión, ya que cuando mayor es la compresión, más fragmentos del sonido original son descartados, adicionalmente este formato es el reconocido y admitido para el posterior análisis forense mediante el Software de Gestión de Evidencia y Monitoreo. Favor remitirse al PBC
13
*- Cámara Corporal 4G LT
En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámara Corporal 4G LTE se solicita:
“Cuadros por segundo: Deberá soportar las siguientes resoluciones y cuadros por segundo: 1512p/25fps, 1440p/30fps, 1080p/30fps.
Modo de grabación de video: Deberá soportar la sincronización de Video & Audio
Modo de grabación de audio: Deberá soportar la grabación solo de audio, e incorporar una tecla que cambie entre el modo de grabación de audio y video”
Al respecto, se menciona a la Convocante que este requerimiento es altamente restrictivo y limitante, y fue incluido con el único propósito de favorecer a un único oferente, y al único representante en nuestro país de la marca ViPRO, específicamente en su modelo BV-A12S, la cual es la única Cámara Corporal que cumple con todas las exigencias técnicas mencionadas arriba.
Todas las Especificaciones requeridas son copiadas literalmente como que se mencionan en la ficha técnica de esta Cámara Corporal, pudiendo comprobarse al acceder al link del fabricante: https://www.vipro.com.tw/phocadownload/BWV/vipro%20bv-a12s_es_v1.1.pdf
Por lo que se solicita a la Convocante la reformulación de los requerimientos técnicos y que sean aceptadas Cámaras Corporales con Cuadros por segundo: Deberá soportar las siguientes resoluciones y cuadros por segundo: 1512p/25fps y/o 1080p/30fps y/o superior; Modo de grabación de video: Deberá soportar la sincronización de Video & Audio; Modo de grabación de audio: Deberá soportar la grabación solo de audio, e incorporar una tecla que cambie entre el modo de grabación de audio y video; a fin de permitir que otros potenciales oferentes puedan ofertar, ya que de mantener el requerimiento solo se favorece al oferente que representa a la marca referida.
Lo solicitado encuentra sustento legal, en al artículo 20° de la Ley 2051/2003, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámara Corporal 4G LTE se solicita:
“Cuadros por segundo: Deberá soportar las siguientes resoluciones y cuadros por segundo: 1512p/25fps, 1440p/30fps, 1080p/30fps.
Modo de grabación de video: Deberá soportar la sincronización de Video & Audio
Modo de grabación de audio: Deberá soportar la grabación solo de audio, e incorporar una tecla que cambie entre el modo de grabación de audio y video”
Al respecto, se menciona a la Convocante que este requerimiento es altamente restrictivo y limitante, y fue incluido con el único propósito de favorecer a un único oferente, y al único representante en nuestro país de la marca ViPRO, específicamente en su modelo BV-A12S, la cual es la única Cámara Corporal que cumple con todas las exigencias técnicas mencionadas arriba.
Todas las Especificaciones requeridas son copiadas literalmente como que se mencionan en la ficha técnica de esta Cámara Corporal, pudiendo comprobarse al acceder al link del fabricante: https://www.vipro.com.tw/phocadownload/BWV/vipro%20bv-a12s_es_v1.1.pdf
Por lo que se solicita a la Convocante la reformulación de los requerimientos técnicos y que sean aceptadas Cámaras Corporales con Cuadros por segundo: Deberá soportar las siguientes resoluciones y cuadros por segundo: 1512p/25fps y/o 1080p/30fps y/o superior; Modo de grabación de video: Deberá soportar la sincronización de Video & Audio; Modo de grabación de audio: Deberá soportar la grabación solo de audio, e incorporar una tecla que cambie entre el modo de grabación de audio y video; a fin de permitir que otros potenciales oferentes puedan ofertar, ya que de mantener el requerimiento solo se favorece al oferente que representa a la marca referida.
Lo solicitado encuentra sustento legal, en al artículo 20° de la Ley 2051/2003, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
las especificaciones mencionadas han sido modificadas en la version 2 del PBC
14
*- Cámara Corporal 4G LTE
En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámara Corporal 4G LTE se solicita:
“Píxel de salida: Al menos 16/32/40/61 Mega Píxeles
Resolución de imagen: Al menos 1920x1080 ~ 10368x5920 (max.).
Ráfaga de fotos: Debe soportar snap durante la grabación
Zoom digital: Al menos 4X/8X
Control del obturador: Obturador electrónico
Control de exposición: Auto
Balance de blancos: Auto
Formato de foto: JPEG”
Al respecto, se menciona a la Convocante que este requerimiento es altamente restrictivo y limitante, y fue incluido con el único propósito de favorecer a un único oferente, y al único representante en nuestro país de la marca ViPRO, específicamente en su modelo BV-A12S, la cual es la única Cámara Corporal que cumple con todas las exigencias técnicas mencionadas arriba.
Todas las Especificaciones requeridas son copiadas literalmente, y en el mismo orden en que aparecen y como que se mencionan en la ficha técnica de esta Cámara Corporal, pudiendo comprobarse al acceder al link del fabricante: https://www.vipro.com.tw/phocadownload/BWV/vipro%20bv-a12s_es_v1.1.pdf
Por lo que se solicita a la Convocante la reformulación de los requerimientos técnicos y que sean aceptadas Cámaras Corporales con Píxel de salida: 16 Mega Píxeles o superior; Resolución de imagen: Al menos 1920x1080.; Ráfaga de fotos: se considera como opcional durante la grabación; Zoom digital: Al menos 4X, Control del obturador: Obturador electrónico; Control de exposición: Auto; Balance de blancos: Auto; Formato de foto: JPEG ; a fin de permitir que otros potenciales oferentes puedan ofertar, ya que de mantener el requerimiento solo se favorece al oferente que representa a la marca referida.
Lo solicitado encuentra sustento legal, en al artículo 20° de la Ley 2051/2003, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámara Corporal 4G LTE se solicita:
“Píxel de salida: Al menos 16/32/40/61 Mega Píxeles
Resolución de imagen: Al menos 1920x1080 ~ 10368x5920 (max.).
Ráfaga de fotos: Debe soportar snap durante la grabación
Zoom digital: Al menos 4X/8X
Control del obturador: Obturador electrónico
Control de exposición: Auto
Balance de blancos: Auto
Formato de foto: JPEG”
Al respecto, se menciona a la Convocante que este requerimiento es altamente restrictivo y limitante, y fue incluido con el único propósito de favorecer a un único oferente, y al único representante en nuestro país de la marca ViPRO, específicamente en su modelo BV-A12S, la cual es la única Cámara Corporal que cumple con todas las exigencias técnicas mencionadas arriba.
Todas las Especificaciones requeridas son copiadas literalmente, y en el mismo orden en que aparecen y como que se mencionan en la ficha técnica de esta Cámara Corporal, pudiendo comprobarse al acceder al link del fabricante: https://www.vipro.com.tw/phocadownload/BWV/vipro%20bv-a12s_es_v1.1.pdf
Por lo que se solicita a la Convocante la reformulación de los requerimientos técnicos y que sean aceptadas Cámaras Corporales con Píxel de salida: 16 Mega Píxeles o superior; Resolución de imagen: Al menos 1920x1080.; Ráfaga de fotos: se considera como opcional durante la grabación; Zoom digital: Al menos 4X, Control del obturador: Obturador electrónico; Control de exposición: Auto; Balance de blancos: Auto; Formato de foto: JPEG ; a fin de permitir que otros potenciales oferentes puedan ofertar, ya que de mantener el requerimiento solo se favorece al oferente que representa a la marca referida.
Lo solicitado encuentra sustento legal, en al artículo 20° de la Ley 2051/2003, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
La especificación ha sido modificada en la versión 2 del PBC
15
*- Cámara Corporal 4G LTE
En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámara Corporal 4G LTE se solicita:
“Wi-Fi: Deberá soportar al menos WIFI 802.11b / g / n para las funciones de Visualización / supervisión remota en vivo a través de una red inalámbrica, gestionada por un software CMS de redes a gran escala”
Al respecto, se menciona a la Convocante que este requerimiento es altamente restrictivo y limitante, y fue incluido con el único propósito de favorecer a un único oferente, y al único representante en nuestro país de la marca ViPRO, específicamente en su modelo BV-A12S, la cual es la única Cámara Corporal que cumple con todas las exigencias técnicas mencionadas arriba.
Todas las Especificaciones requeridas son copiadas literalmente como que se mencionan en la ficha técnica de esta Cámara Corporal, pudiendo comprobarse al acceder al link del fabricante: https://www.vipro.com.tw/phocadownload/BWV/vipro%20bv-a12s_es_v1.1.pdf
Por lo que se solicita a la Convocante la reformulación de los requerimientos técnicos técnicos y que sean aceptadas Cámaras Corporales con Wi-Fi: Deberá soportar al menos WIFI 802.11b / g / n para las funciones de Visualización y/o supervisión remota en vivo a través de una red inalámbrica, gestionada por un software CMS o VMS de redes a gran escala; a fin de permitir que otros potenciales oferentes puedan ofertar, ya que de mantener el requerimiento solo se favorece al oferente que representa a la marca referida.
Lo solicitado encuentra sustento legal, en al artículo 20° de la Ley 2051/2003, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámara Corporal 4G LTE se solicita:
“Wi-Fi: Deberá soportar al menos WIFI 802.11b / g / n para las funciones de Visualización / supervisión remota en vivo a través de una red inalámbrica, gestionada por un software CMS de redes a gran escala”
Al respecto, se menciona a la Convocante que este requerimiento es altamente restrictivo y limitante, y fue incluido con el único propósito de favorecer a un único oferente, y al único representante en nuestro país de la marca ViPRO, específicamente en su modelo BV-A12S, la cual es la única Cámara Corporal que cumple con todas las exigencias técnicas mencionadas arriba.
Todas las Especificaciones requeridas son copiadas literalmente como que se mencionan en la ficha técnica de esta Cámara Corporal, pudiendo comprobarse al acceder al link del fabricante: https://www.vipro.com.tw/phocadownload/BWV/vipro%20bv-a12s_es_v1.1.pdf
Por lo que se solicita a la Convocante la reformulación de los requerimientos técnicos técnicos y que sean aceptadas Cámaras Corporales con Wi-Fi: Deberá soportar al menos WIFI 802.11b / g / n para las funciones de Visualización y/o supervisión remota en vivo a través de una red inalámbrica, gestionada por un software CMS o VMS de redes a gran escala; a fin de permitir que otros potenciales oferentes puedan ofertar, ya que de mantener el requerimiento solo se favorece al oferente que representa a la marca referida.
Lo solicitado encuentra sustento legal, en al artículo 20° de la Ley 2051/2003, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámara Corporal 4G LTE. Dice:
“Bluetooth Al menos BT4.0”
Al respecto, se menciona a la Convocante que este requerimiento es altamente restrictivo y limitante considerando que la función de Bluetooth no es una función que todos los fabricantes de cámaras corporales incluyan en sus equipos, y en consecuencia, se tiene que fue incluido con el único propósito de favorecer a un único oferente, y al único representante en nuestro país de la marca ViPRO, específicamente en su modelo BV-A12S, la cual es la única Cámara Corporal que cumple con todas las exigencias técnicas mencionadas arriba.
Todas las Especificaciones requeridas son copiadas literalmente como que se mencionan en la ficha técnica de esta Cámara Corporal, pudiendo comprobarse al acceder al link del fabricante: https://www.vipro.com.tw/phocadownload/BWV/vipro%20bv-a12s_es_v1.1.pdf
Por lo que se solicita a la Convocante eliminar este requerimiento técnico a fin de permitir que otros potenciales oferentes puedan ofertar, ya que de mantener el requerimiento mencionado solo se favorece al oferente que representa a la marca referida.
Lo solicitado encuentra sustento legal, en al artículo 20° de la Ley 2051/2003, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámara Corporal 4G LTE. Dice:
“Bluetooth Al menos BT4.0”
Al respecto, se menciona a la Convocante que este requerimiento es altamente restrictivo y limitante considerando que la función de Bluetooth no es una función que todos los fabricantes de cámaras corporales incluyan en sus equipos, y en consecuencia, se tiene que fue incluido con el único propósito de favorecer a un único oferente, y al único representante en nuestro país de la marca ViPRO, específicamente en su modelo BV-A12S, la cual es la única Cámara Corporal que cumple con todas las exigencias técnicas mencionadas arriba.
Todas las Especificaciones requeridas son copiadas literalmente como que se mencionan en la ficha técnica de esta Cámara Corporal, pudiendo comprobarse al acceder al link del fabricante: https://www.vipro.com.tw/phocadownload/BWV/vipro%20bv-a12s_es_v1.1.pdf
Por lo que se solicita a la Convocante eliminar este requerimiento técnico a fin de permitir que otros potenciales oferentes puedan ofertar, ya que de mantener el requerimiento mencionado solo se favorece al oferente que representa a la marca referida.
Lo solicitado encuentra sustento legal, en al artículo 20° de la Ley 2051/2003, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Este requerimiento es indispensable para la gestión de la evidencia y recopilación de datos del equipo sin necesidad de portar los accesorios fuera de la Base de Operaciones. Se ajusto el requerimiento a Bluetooth en cualquier versión, sobre lo demás Favor remitirse al PBC
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*- Cámara Corporal 4G LTE
En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámara Corporal 4G LTE se solicita:
“GPS: Deberá contar con un GPS interno con sincronización de tiempo, deberá soportar GPS / registro y vista remota de ubicación y velocidad, <25 segundos desde el inicio en frío.”
Al respecto, se menciona a la Convocante que este requerimiento es altamente restrictivo y limitante, y fue incluido con el único propósito de favorecer a un único oferente, y al único representante en nuestro país de la marca ViPRO, específicamente en su modelo BV-A12S, la cual es la única Cámara Corporal que cumple con todas las exigencias técnicas mencionadas arriba.
Todas las Especificaciones requeridas son copiadas literalmente como que se mencionan en la ficha técnica de esta Cámara Corporal, pudiendo comprobarse al acceder al link del fabricante: https://www.vipro.com.tw/phocadownload/BWV/vipro%20bv-a12s_es_v1.1.pdf
Por lo que se solicita a la Convocante la reformulación de este requerimiento técnico, y que sean aceptadas Cámaras Corporales con GPS: que cuenten con un GPS interno, registro de ubicación y velocidad. De esta manera se permitirá que otros potenciales oferentes puedan ofertar, ya que de mantener el requerimiento mencionado solo se favorece al oferente que representa a la marca referida.
Lo solicitado encuentra sustento legal, en al artículo 20° de la Ley 2051/2003, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámara Corporal 4G LTE se solicita:
“GPS: Deberá contar con un GPS interno con sincronización de tiempo, deberá soportar GPS / registro y vista remota de ubicación y velocidad, <25 segundos desde el inicio en frío.”
Al respecto, se menciona a la Convocante que este requerimiento es altamente restrictivo y limitante, y fue incluido con el único propósito de favorecer a un único oferente, y al único representante en nuestro país de la marca ViPRO, específicamente en su modelo BV-A12S, la cual es la única Cámara Corporal que cumple con todas las exigencias técnicas mencionadas arriba.
Todas las Especificaciones requeridas son copiadas literalmente como que se mencionan en la ficha técnica de esta Cámara Corporal, pudiendo comprobarse al acceder al link del fabricante: https://www.vipro.com.tw/phocadownload/BWV/vipro%20bv-a12s_es_v1.1.pdf
Por lo que se solicita a la Convocante la reformulación de este requerimiento técnico, y que sean aceptadas Cámaras Corporales con GPS: que cuenten con un GPS interno, registro de ubicación y velocidad. De esta manera se permitirá que otros potenciales oferentes puedan ofertar, ya que de mantener el requerimiento mencionado solo se favorece al oferente que representa a la marca referida.
Lo solicitado encuentra sustento legal, en al artículo 20° de la Ley 2051/2003, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Este requerimiento obedece a que los equipos necesariamente deberán estar sincronizados en tiempo y espacio, Mediante el GPS se cuenta con el lugar exacto de la unidad al momento de la incursión y el tiempo deberá esa debidamente sincronizado para la fiabilidad de dicho dato, de otro modo no es comprobable la ubicación exacta en el momento mediante el software de registro de evidencias.
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*- Cámara Corporal 4G LTE
En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámara Corporal 4G LTE se solicita:
“LED: Deberá soportar configuraciones en la iluminación del LED para las siguientes opciones: Interruptor automático, corte IR, LED de alta potencia, posicionamiento láser, linterna”
Al respecto, se menciona a la Convocante que este requerimiento es altamente restrictivo y limitante, y fue incluido con el único propósito de favorecer a un único oferente, y al único representante en nuestro país de la marca ViPRO, específicamente en su modelo BV-A12S, la cual es la única Cámara Corporal que cumple con todas las exigencias técnicas mencionadas arriba.
Todas las Especificaciones requeridas son copiadas literalmente como que se mencionan en la ficha técnica de esta Cámara Corporal, pudiendo comprobarse al acceder al link del fabricante: https://www.vipro.com.tw/phocadownload/BWV/vipro%20bv-a12s_es_v1.1.pdf
Por lo que se solicita a la Convocante eliminar este requerimiento técnico a fin de permitir que otros potenciales oferentes puedan ofertar, ya que de mantener el requerimiento solo se favorece al oferente que representa a la marca referida.
Lo solicitado encuentra sustento legal, en al artículo 20° de la Ley 2051/2003, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámara Corporal 4G LTE se solicita:
“LED: Deberá soportar configuraciones en la iluminación del LED para las siguientes opciones: Interruptor automático, corte IR, LED de alta potencia, posicionamiento láser, linterna”
Al respecto, se menciona a la Convocante que este requerimiento es altamente restrictivo y limitante, y fue incluido con el único propósito de favorecer a un único oferente, y al único representante en nuestro país de la marca ViPRO, específicamente en su modelo BV-A12S, la cual es la única Cámara Corporal que cumple con todas las exigencias técnicas mencionadas arriba.
Todas las Especificaciones requeridas son copiadas literalmente como que se mencionan en la ficha técnica de esta Cámara Corporal, pudiendo comprobarse al acceder al link del fabricante: https://www.vipro.com.tw/phocadownload/BWV/vipro%20bv-a12s_es_v1.1.pdf
Por lo que se solicita a la Convocante eliminar este requerimiento técnico a fin de permitir que otros potenciales oferentes puedan ofertar, ya que de mantener el requerimiento solo se favorece al oferente que representa a la marca referida.
Lo solicitado encuentra sustento legal, en al artículo 20° de la Ley 2051/2003, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Dicho requerimiento fue descartado en el PBC version 2
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*- Cámara Corporal 4G LTE
En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámara Corporal 4G LTE se solicita:
“Ajustes de parámetros: Deberá soportar los siguientes ajustes desde el Menú LCD (Pantalla y fecha / hora de grabación, ID del dispositivo/oficial, ubicación, velocidad; Sobrescribir; Modo seguro; Cifrado de video; Registro)”
Al respecto, se menciona a la Convocante que este requerimiento es altamente restrictivo y limitante, y fue incluido con el único propósito de favorecer a un único oferente, y al único representante en nuestro país de la marca ViPRO, específicamente en su modelo BV-A12S, la cual es la única Cámara Corporal que cumple con todas las exigencias técnicas mencionadas arriba.
Todas las Especificaciones requeridas son copiadas literalmente como que se mencionan en la ficha técnica de esta Cámara Corporal, pudiendo comprobarse al acceder al link del fabricante: https://www.vipro.com.tw/phocadownload/BWV/vipro%20bv-a12s_es_v1.1.pdf
Por lo que se solicita a la Convocante eliminar este requerimiento técnico a fin de permitir que otros potenciales oferentes puedan ofertar, ya que de mantener el requerimiento solo se favorece al oferente que representa a la marca referida.
Lo solicitado encuentra sustento legal, en al artículo 20° de la Ley 2051/2003, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámara Corporal 4G LTE se solicita:
“Ajustes de parámetros: Deberá soportar los siguientes ajustes desde el Menú LCD (Pantalla y fecha / hora de grabación, ID del dispositivo/oficial, ubicación, velocidad; Sobrescribir; Modo seguro; Cifrado de video; Registro)”
Al respecto, se menciona a la Convocante que este requerimiento es altamente restrictivo y limitante, y fue incluido con el único propósito de favorecer a un único oferente, y al único representante en nuestro país de la marca ViPRO, específicamente en su modelo BV-A12S, la cual es la única Cámara Corporal que cumple con todas las exigencias técnicas mencionadas arriba.
Todas las Especificaciones requeridas son copiadas literalmente como que se mencionan en la ficha técnica de esta Cámara Corporal, pudiendo comprobarse al acceder al link del fabricante: https://www.vipro.com.tw/phocadownload/BWV/vipro%20bv-a12s_es_v1.1.pdf
Por lo que se solicita a la Convocante eliminar este requerimiento técnico a fin de permitir que otros potenciales oferentes puedan ofertar, ya que de mantener el requerimiento solo se favorece al oferente que representa a la marca referida.
Lo solicitado encuentra sustento legal, en al artículo 20° de la Ley 2051/2003, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Dicho requerimiento fue excluido en la version 2 del PBC
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*- Cámara Corporal 4G LTE
En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámara Corporal 4G LTE se solicita:
“Ángulo de visión: 127º (HOV), 170º (FOV)”
El término FOV, corresponde a Field of View o sea Campo Visual de la cámara, que se refiere al alcance de visión horizontal de una cámara, que puede ser mayor de 94º. Entendemos que el término HOV, 170º se colocó por un error de tipeo, y que el requerimiento debe ser únicamente 127º (FOV). Favor confirmar si nuestra apreciación es correcta.
En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámara Corporal 4G LTE se solicita:
“Ángulo de visión: 127º (HOV), 170º (FOV)”
El término FOV, corresponde a Field of View o sea Campo Visual de la cámara, que se refiere al alcance de visión horizontal de una cámara, que puede ser mayor de 94º. Entendemos que el término HOV, 170º se colocó por un error de tipeo, y que el requerimiento debe ser únicamente 127º (FOV). Favor confirmar si nuestra apreciación es correcta.