En el Pliego de Bases y Condiciones, versión 2. Publicada en fecha 18 de agosto de 2021. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámaras Corporal 4G. Dice:
“Tiempo de grabación de video: Deberá ser capaz de soportar la grabación durante 13h a 1080p30, 15h a 720p.”
Al respecto, solicitamos a la convocante que sean aceptadas Cámaras de Corporales con Tiempo de grabación de video: Deberá ser capaz de soportar la grabación durante 12h a 1080p30 como mínimo”, de esta forma se permitirá que otros potenciales oferentes puedan ofertar.
Lo solicitado encuentra sustento en el Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, versión 2. Publicada en fecha 18 de agosto de 2021. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámaras Corporal 4G. Dice:
“Tiempo de grabación de video: Deberá ser capaz de soportar la grabación durante 13h a 1080p30, 15h a 720p.”
Al respecto, solicitamos a la convocante que sean aceptadas Cámaras de Corporales con Tiempo de grabación de video: Deberá ser capaz de soportar la grabación durante 12h a 1080p30 como mínimo”, de esta forma se permitirá que otros potenciales oferentes puedan ofertar.
Lo solicitado encuentra sustento en el Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Especificaciones actualizadas en la Version 4 del PBC
52
*- Formato de Audio
En el Pliego de Bases y Condiciones, versión 2. Publicada en fecha 18 de agosto de 2021. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámaras Corporal 4G. Dice:
“Formato de audio: PCM”
Al respecto se menciona a la Convocante que teniendo en cuenta que los fabricantes de Cámaras Corporales usan distintos formatos de compresión de Audio en la producción de éstos equipos; y que estos, no alteran el desempeño final de los equipos, Solicitamos que sean aceptadas Cámaras de Corporales con Formato de audio: PCM y/o MP3 y/o AAC, de esta manera se permitirá que otros potenciales oferentes puedan ofertar, ya que de mantener el requerimiento solo se favorece al oferente que representa a la marca referida.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el art. Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, versión 2. Publicada en fecha 18 de agosto de 2021. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámaras Corporal 4G. Dice:
“Formato de audio: PCM”
Al respecto se menciona a la Convocante que teniendo en cuenta que los fabricantes de Cámaras Corporales usan distintos formatos de compresión de Audio en la producción de éstos equipos; y que estos, no alteran el desempeño final de los equipos, Solicitamos que sean aceptadas Cámaras de Corporales con Formato de audio: PCM y/o MP3 y/o AAC, de esta manera se permitirá que otros potenciales oferentes puedan ofertar, ya que de mantener el requerimiento solo se favorece al oferente que representa a la marca referida.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el art. Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Este formato de Audio obedece la necesidad de fidelidad y calidad de sonido, antes que mejor compresión, ya que cuando mayor es la compresión, más fragmentos del sonido original son descartados, adicionalmente este formato es el reconocido y admitido para el posterior análisis forense mediante el Software de Gestión de Evidencia y Monitoreo. Favor remitirse al PBC
53
*- PTT de Camara Corporal
En el Pliego de Bases y Condiciones, versión 2. Publicada en fecha 18 de agosto de 2021. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámaras Corporal 4G. Dice:
“PTT: Debe incluir la función pulsar para hablar (push to talk) permite establecer una comunicación en grupo a la base.”
Considerando que los efectivos policiales ya cuentan con un sistema de Comunicación vía radio; y que la cámara Corporal cumple otra función que es la de realizar la grabación en video de los procedimientos, solicitamos a la convocante que la función PTT sea considerado como opcional; a fin de permitir que otros potenciales oferentes puedan ofertar, considerando además de que deviene como técnicamente no indispensable.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, versión 2. Publicada en fecha 18 de agosto de 2021. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámaras Corporal 4G. Dice:
“PTT: Debe incluir la función pulsar para hablar (push to talk) permite establecer una comunicación en grupo a la base.”
Considerando que los efectivos policiales ya cuentan con un sistema de Comunicación vía radio; y que la cámara Corporal cumple otra función que es la de realizar la grabación en video de los procedimientos, solicitamos a la convocante que la función PTT sea considerado como opcional; a fin de permitir que otros potenciales oferentes puedan ofertar, considerando además de que deviene como técnicamente no indispensable.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Esas son las necesidades de la unidad requiriente por lo que solicitamos dichas especificaciones
54
*- IA Captura de Rostro
En el Pliego de Bases y Condiciones, versión 2. Publicada en fecha 18 de agosto de 2021. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámaras Corporal 4G. se solicita:
“IA: Debe soportar, Sistema nativo con Inteligencia Artificial (IA) para captura de rostro.”
Luego más arriba también se solicita:
“Instalación: Se deberá incluir un software de gestión de video para los dispositivos con licencia perpetua, que permita la visualización en vivo de eventos, localización centralizada en tiempo real, configuración de los mismos. El mismo deberá ser instalado en las dependencias de la Convocante (incluyendo todos los recursos necesarios para el efecto).”
Al respecto se menciona que las cámaras corporales normalmente ya cuentan con la función de captura de imagen fotográfica por lo que la función de captura de Rostro por Inteligencia Artificial no es una función típica de los Fabricantes de Cámaras Corporales. La solución requerida, ya incluye un Software de Gestión de Video para estos dispositivos, y ésta realiza la función de captura de rostro; por lo que incluir esta función en la cámara corporal no es técnicamente indispensable.
Por lo expresado más arriba, solicitamos a la convocante que la función AI con Inteligencia Artificial para captura de rostro sea considerada como Opcional; a fin de permitir que otros potenciales oferentes puedan ofertar.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, versión 2. Publicada en fecha 18 de agosto de 2021. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 1 - Cámaras Corporal 4G. se solicita:
“IA: Debe soportar, Sistema nativo con Inteligencia Artificial (IA) para captura de rostro.”
Luego más arriba también se solicita:
“Instalación: Se deberá incluir un software de gestión de video para los dispositivos con licencia perpetua, que permita la visualización en vivo de eventos, localización centralizada en tiempo real, configuración de los mismos. El mismo deberá ser instalado en las dependencias de la Convocante (incluyendo todos los recursos necesarios para el efecto).”
Al respecto se menciona que las cámaras corporales normalmente ya cuentan con la función de captura de imagen fotográfica por lo que la función de captura de Rostro por Inteligencia Artificial no es una función típica de los Fabricantes de Cámaras Corporales. La solución requerida, ya incluye un Software de Gestión de Video para estos dispositivos, y ésta realiza la función de captura de rostro; por lo que incluir esta función en la cámara corporal no es técnicamente indispensable.
Por lo expresado más arriba, solicitamos a la convocante que la función AI con Inteligencia Artificial para captura de rostro sea considerada como Opcional; a fin de permitir que otros potenciales oferentes puedan ofertar.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Especificaciones actualizadas en la version 4 del PBC
55
*- Lámpara indicadora LED Light
En el Pliego de Bases y Condiciones, versión 2. Publicada en fecha 18 de agosto de 2021. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 3 - Cámaras de Casco 4G LTE se solicita:
“IR Visión nocturna: Deberá contar con una Lámpara indicadora LED Light.”
Al respecto se menciona que el requerimiento de Lámpara indicadora LED Light NO corresponde a IR Visión nocturna, por lo que se solicita a la convocante que este requerimiento sea eliminado; y que se solicite en cambio que la Cámara de Casco posea: IR Visión nocturna: Deberá contar iluminación IR. De esta manera se permitirá que otros potenciales oferentes puedan ofertar.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, versión 2. Publicada en fecha 18 de agosto de 2021. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 3 - Cámaras de Casco 4G LTE se solicita:
“IR Visión nocturna: Deberá contar con una Lámpara indicadora LED Light.”
Al respecto se menciona que el requerimiento de Lámpara indicadora LED Light NO corresponde a IR Visión nocturna, por lo que se solicita a la convocante que este requerimiento sea eliminado; y que se solicite en cambio que la Cámara de Casco posea: IR Visión nocturna: Deberá contar iluminación IR. De esta manera se permitirá que otros potenciales oferentes puedan ofertar.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Esas son las necesidades de la unidad requiriente por lo que solicitamos dichas especificaciones
56
*- BlueTooth Cámaras de Casco 4G LTE
En el Pliego de Bases y Condiciones, versión 2. Publicada en fecha 18 de agosto de 2021. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 3 - Cámaras de Casco 4G LTE se solicita:
“Bluetooth Debe incorporar.”
Al respecto se menciona a la Convocante que el equipo requerido es un Casco 4G LTE que tenga la capacidad de grabar localmente video en la propia cámara, así como la posibilidad de poder transmitir ese video en tiempo real a una estación de monitoreo; la función de Bluetooth no tiene ese alcance y solo permite la comunicación hasta un máximo de 10 (diez) metros. Se solicita también Estaciones Base de 8 bahías que contengan conexión USB, la cual permitirá la comunicar la cámara con el sistema.
Por lo expuesto arriba; solicitamos a la convocante que el requerimiento de Bluetooth sea Eliminado; ya que no es un requerimiento técnico indispensable para la solución requerida; de esta manera, se permitirá que otros potenciales oferentes puedan ofertar.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20 de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, versión 2. Publicada en fecha 18 de agosto de 2021. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 3 - Cámaras de Casco 4G LTE se solicita:
“Bluetooth Debe incorporar.”
Al respecto se menciona a la Convocante que el equipo requerido es un Casco 4G LTE que tenga la capacidad de grabar localmente video en la propia cámara, así como la posibilidad de poder transmitir ese video en tiempo real a una estación de monitoreo; la función de Bluetooth no tiene ese alcance y solo permite la comunicación hasta un máximo de 10 (diez) metros. Se solicita también Estaciones Base de 8 bahías que contengan conexión USB, la cual permitirá la comunicar la cámara con el sistema.
Por lo expuesto arriba; solicitamos a la convocante que el requerimiento de Bluetooth sea Eliminado; ya que no es un requerimiento técnico indispensable para la solución requerida; de esta manera, se permitirá que otros potenciales oferentes puedan ofertar.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20 de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Este requerimiento es indispensable para la gestión de la evidencia y recopilación de datos del equipo sin necesidad de portar los accesorios fuera de la Base de Operaciones. Se ajusto el requerimiento a Bluetooth en cualquier versión, sobre lo demás Favor remitirse al PBC
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*- Plazo de Reposición de Bienes
En el Pliego de Bases y Condiciones, versión 2. Publicada en fecha 18 de agosto de 2021. DATOS DE LICITACIÓN. Plazo de reposición de bienes se solicita:
“Plazo de reposición de bienes El plazo de reposición de bienes para reparar o reemplazar será de: 1.”
Solicitamos a la convocante aclarar a qué periodo de tiempo se refiere el valor de 1, si es días, semanas, o meses; de esta manera, los potenciales oferentes puedan ofertar apropiadamente.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, versión 2. Publicada en fecha 18 de agosto de 2021. DATOS DE LICITACIÓN. Plazo de reposición de bienes se solicita:
“Plazo de reposición de bienes El plazo de reposición de bienes para reparar o reemplazar será de: 1.”
Solicitamos a la convocante aclarar a qué periodo de tiempo se refiere el valor de 1, si es días, semanas, o meses; de esta manera, los potenciales oferentes puedan ofertar apropiadamente.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego se mencionan las especificaciones para Ítem 2 - Estación base de 8 bahías.
Entendemos que la Estación base de 8 bahías corresponde a equipos para ser usados con los equipos del Ítem 1 Cámara Corporal 4G LTE para hacer la carga de batería y descarga de datos y administración de las Cámaras Corporales, y no para ser usados con las Cámaras de Casco 4G LTE del Ítem 3.
Favor confirmar si nuestra apreciación es correcta.
En el Pliego se mencionan las especificaciones para Ítem 2 - Estación base de 8 bahías.
Entendemos que la Estación base de 8 bahías corresponde a equipos para ser usados con los equipos del Ítem 1 Cámara Corporal 4G LTE para hacer la carga de batería y descarga de datos y administración de las Cámaras Corporales, y no para ser usados con las Cámaras de Casco 4G LTE del Ítem 3.
Favor confirmar si nuestra apreciación es correcta.
Todos los demas items del llamado seran usados en conjunto con las camaras
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Estación base de 8 bahías
En el Pliego se mencionan las especificaciones para Ítem 2 - Estación base de 8 bahías.
Entendemos que la Estación base de 8 bahías serán usados con los equipos del Ítem 1 Cámara Corporal 4G LTE; y que las Cámaras de Casco 4G LTE del Ítem 3 no requieren de la Estación base de 8 bahias.
Favor confirmar si nuestra apreciación es correcta.
En el Pliego se mencionan las especificaciones para Ítem 2 - Estación base de 8 bahías.
Entendemos que la Estación base de 8 bahías serán usados con los equipos del Ítem 1 Cámara Corporal 4G LTE; y que las Cámaras de Casco 4G LTE del Ítem 3 no requieren de la Estación base de 8 bahias.
Favor confirmar si nuestra apreciación es correcta.
Todos los items conexos seran utilizados en conjunto con las camaras
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*- Item 4 Monitores
En el Pliego de Bases y Condiciones, versión 2. Publicada en fecha 18 de agosto de 2021. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 4 - Monitores se solicita:
“Descripción: Pantallas para PC de Sala de Monitoreo”
Al respecto se menciona que para el Ítem de Monitores, se citan los requerimientos técnicos y se solicitan dos unidades de los mismos, pero no se indica cual será la función de estos monitores y a qué equipo estarán conectados. Entendemos que estos monitores serán utilizados para la visualización y gestión de los videos por el operador del Sistema en forma centralizada desde la Estación Base. Favor confirmar si nuestra apreciación es la correcta. Esta información es necesaria a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar apropiadamente la solución requerida por la convocante y que la oferta a ser presentada cumpla con las necesidades de la Convocante.
En el Pliego de Bases y Condiciones, versión 2. Publicada en fecha 18 de agosto de 2021. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote Nº 1 Cámaras Corporales y Equipos de Estación Base. Ítem 4 - Monitores se solicita:
“Descripción: Pantallas para PC de Sala de Monitoreo”
Al respecto se menciona que para el Ítem de Monitores, se citan los requerimientos técnicos y se solicitan dos unidades de los mismos, pero no se indica cual será la función de estos monitores y a qué equipo estarán conectados. Entendemos que estos monitores serán utilizados para la visualización y gestión de los videos por el operador del Sistema en forma centralizada desde la Estación Base. Favor confirmar si nuestra apreciación es la correcta. Esta información es necesaria a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar apropiadamente la solución requerida por la convocante y que la oferta a ser presentada cumpla con las necesidades de la Convocante.