solicitamos respetuosamente extender el mismo a 150 días, teniendo en cuenta que se trata de una gran cantidad de equipos y el 90% de los proveedores no cuenta con esa cantidad en su stock, especialmente para negocios como la licitación de referencia que solicitan requerimientos específicos, obliga a incurrir en una importación, lo cual está asociado a plazos logísticos y de trámites aduaneros. De esta forma podrían dar la posibilidad a más oferentes de presentar su oferta. Y como es de público conocimiento, debido a la Pandemia Covid-19, la cadena de suministro y logística se ve afectada, por lo que se puede incurrir en retrasos que escapan de las manos de los oferentes. Representando una verdadera limitación para otros oferentes interesados en ofertar productos, incluso con mejores prestaciones esto a fin de que TODOS los demás oferentes podamos participar en IGUALDAD DE CONDICIONES, según enuncia el Artículo 20 inciso W, de la Ley 2051/03 de Contrataciones públicas.
solicitamos respetuosamente extender el mismo a 150 días, teniendo en cuenta que se trata de una gran cantidad de equipos y el 90% de los proveedores no cuenta con esa cantidad en su stock, especialmente para negocios como la licitación de referencia que solicitan requerimientos específicos, obliga a incurrir en una importación, lo cual está asociado a plazos logísticos y de trámites aduaneros. De esta forma podrían dar la posibilidad a más oferentes de presentar su oferta. Y como es de público conocimiento, debido a la Pandemia Covid-19, la cadena de suministro y logística se ve afectada, por lo que se puede incurrir en retrasos que escapan de las manos de los oferentes. Representando una verdadera limitación para otros oferentes interesados en ofertar productos, incluso con mejores prestaciones esto a fin de que TODOS los demás oferentes podamos participar en IGUALDAD DE CONDICIONES, según enuncia el Artículo 20 inciso W, de la Ley 2051/03 de Contrataciones públicas.
En el PBC, para los ítems 1 y 2 Computadora Tipo II y Notebook Tipo I,
Licencias Solicitan: Licencias: "Licencia del Sistema Operativo Windows PRO última versión disponible por el fabricante de 64 bits en Español Al respecto, solicitamos a la convocante que tanto para los ítems 1 y 2 de Computadoras Tipo II y Notebooks Tipo I puedan ser aceptados equipos con Licencia del Sistema Operativo Windows 10 PRO de 64bits en español, teniendo en cuenta que es la versión de Windows más utilizada en la actualidad, además de ser la versión que más compatibilidad aporta con los demás software normalmente utilizados, así también es importante mencionar que los usuarios actualmente están más familiarizados y capacitados para el uso del sistema operativo Windows 10 Pro y no así con el nuevo sistema operativo Windows 11, aspectos que podrían ocasionar inconvenientes a la institución. La solicitud es cursada de manera a permitir una mayor participación de potenciales oferentes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el inciso b del Artículo 4º.- de la Ley Nº 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
24-01-2022
02-02-2022
En el PBC, para los ítems 1 y 2 Computadora Tipo II y Notebook Tipo I,
Licencias Solicitan: Licencias: "Licencia del Sistema Operativo Windows PRO última versión disponible por el fabricante de 64 bits en Español Al respecto, solicitamos a la convocante que tanto para los ítems 1 y 2 de Computadoras Tipo II y Notebooks Tipo I puedan ser aceptados equipos con Licencia del Sistema Operativo Windows 10 PRO de 64bits en español, teniendo en cuenta que es la versión de Windows más utilizada en la actualidad, además de ser la versión que más compatibilidad aporta con los demás software normalmente utilizados, así también es importante mencionar que los usuarios actualmente están más familiarizados y capacitados para el uso del sistema operativo Windows 10 Pro y no así con el nuevo sistema operativo Windows 11, aspectos que podrían ocasionar inconvenientes a la institución. La solicitud es cursada de manera a permitir una mayor participación de potenciales oferentes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el inciso b del Artículo 4º.- de la Ley Nº 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
Favor remitirse al PBC. Se debe proveer Licencia del Sistema Operativo Windows PRO última versión disponible por el fabricante de 64 bits en español, vigente al momento de la presentación de la oferta.
3
.- Plan de entrega ítem 1
En el Plan de Entrega de los Bienes, para el ítem 1, establecen que la Fecha(s) de entrega de los bienes es A los 60 días de la firma del contrato. Solicitamos la extensión del plazo de Entrega a 120 días hábiles, teniendo en cuenta que al ser equipos fabricados con las especificaciones solicitadas los tiempos de fabricación son de 12 a 15 semanas, además de la situación actual afectada por la pandemia. Lo solicitado lo fundamos en el Art. 20 de la Ley N° 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, modificado por el Art. 1° de la Ley N° 3439/07: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En el Plan de Entrega de los Bienes, para el ítem 1, establecen que la Fecha(s) de entrega de los bienes es A los 60 días de la firma del contrato. Solicitamos la extensión del plazo de Entrega a 120 días hábiles, teniendo en cuenta que al ser equipos fabricados con las especificaciones solicitadas los tiempos de fabricación son de 12 a 15 semanas, además de la situación actual afectada por la pandemia. Lo solicitado lo fundamos en el Art. 20 de la Ley N° 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, modificado por el Art. 1° de la Ley N° 3439/07: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de las Especificaciones técnicas, ítem 2 Notebook tipo 1 - avanzada, se solicita:
17 – Batería: Mínimo 10 horas de duración.
Al respecto, solicitamos a la convocante que sean aceptados equipos con batería de 4 celdas y se reemplace el requerimiento en función a un tiempo de duración, teniendo en cuenta que definir la autonomía exacta de los equipos implica una serie de condiciones especiales, como por ejemplo el tipo de uso que se les dará a los equipos, las herramientas a utilizar o tareas a las que son sometidos por los usuarios finales, como estas condiciones técnicas de uso no son detalladas por la convocante, resulta imposible que los oferentes puedan garantizar la autonomía de los equipos por el lapso de 10 horas solicitada en el PBC, además cabe destacar que generalmente la característica utilizada en especificaciones técnicas de baterías es la cantidad de celdas, ya que a mayor cantidad de celdas, en la mayoría de los casos supone una mayor autonomía para el equipo, en caso de mantenerse dicho requerimiento mencionado podría generar una posible confusión de criterios para el cumplimiento del apartado “Batería”.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de las Especificaciones técnicas, ítem 2 Notebook tipo 1 - avanzada, se solicita:
17 – Batería: Mínimo 10 horas de duración.
Al respecto, solicitamos a la convocante que sean aceptados equipos con batería de 4 celdas y se reemplace el requerimiento en función a un tiempo de duración, teniendo en cuenta que definir la autonomía exacta de los equipos implica una serie de condiciones especiales, como por ejemplo el tipo de uso que se les dará a los equipos, las herramientas a utilizar o tareas a las que son sometidos por los usuarios finales, como estas condiciones técnicas de uso no son detalladas por la convocante, resulta imposible que los oferentes puedan garantizar la autonomía de los equipos por el lapso de 10 horas solicitada en el PBC, además cabe destacar que generalmente la característica utilizada en especificaciones técnicas de baterías es la cantidad de celdas, ya que a mayor cantidad de celdas, en la mayoría de los casos supone una mayor autonomía para el equipo, en caso de mantenerse dicho requerimiento mencionado podría generar una posible confusión de criterios para el cumplimiento del apartado “Batería”.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Favor remitirse al PBC. Se deben proveer equipos con el tiempo de duración solicitada, considerando el tipo de uso que tendrán los equipos.
Cada marca maneja su autonomía en baterías en distintas cantidades de celdas. La necesitad de la institución se basa en autonomía de duración de batería por lo cual requerimos que los equipos cuenten al menos la capacidad de 10 horas de autonomía como mínimo.
6
*- Especificaciones Técnicas
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de las Especificaciones técnicas, ítem 2 Notebook tipo 1 - avanzada, se solicita:
17 – Batería: Mínimo 10 horas de duración.
Al respecto, solicitamos a la convocante que sean aceptados equipos con batería de 4 celdas y se reemplace el requerimiento en función a un tiempo de duración, teniendo en cuenta que definir la autonomía exacta de los equipos implica una serie de condiciones especiales, como por ejemplo el tipo de uso que se les dará a los equipos, las herramientas a utilizar o tareas a las que son sometidos por los usuarios finales, como estas condiciones técnicas de uso no son detalladas por la convocante, resulta imposible que los oferentes puedan garantizar la autonomía de los equipos por el lapso de 10 horas solicitada en el PBC, además cabe destacar que generalmente la característica utilizada en especificaciones técnicas de baterías es la cantidad de celdas, ya que a mayor cantidad de celdas, en la mayoría de los casos supone una mayor autonomía para el equipo, en caso de mantenerse dicho requerimiento mencionado podría generar una posible confusión de criterios para el cumplimiento del apartado “Batería”.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de las Especificaciones técnicas, ítem 2 Notebook tipo 1 - avanzada, se solicita:
17 – Batería: Mínimo 10 horas de duración.
Al respecto, solicitamos a la convocante que sean aceptados equipos con batería de 4 celdas y se reemplace el requerimiento en función a un tiempo de duración, teniendo en cuenta que definir la autonomía exacta de los equipos implica una serie de condiciones especiales, como por ejemplo el tipo de uso que se les dará a los equipos, las herramientas a utilizar o tareas a las que son sometidos por los usuarios finales, como estas condiciones técnicas de uso no son detalladas por la convocante, resulta imposible que los oferentes puedan garantizar la autonomía de los equipos por el lapso de 10 horas solicitada en el PBC, además cabe destacar que generalmente la característica utilizada en especificaciones técnicas de baterías es la cantidad de celdas, ya que a mayor cantidad de celdas, en la mayoría de los casos supone una mayor autonomía para el equipo, en caso de mantenerse dicho requerimiento mencionado podría generar una posible confusión de criterios para el cumplimiento del apartado “Batería”.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Favor remitirse al PBC. Se deben proveer equipos con el tiempo de duración solicitada, considerando el tipo de uso que tendrán los equipos.
Cada marca maneja su autonomía en baterías en distintas cantidades de celdas. La necesitad de la institución se basa en autonomía de duración de batería por lo cual requerimos que los equipos cuenten al menos la capacidad de 10 horas de autonomía como mínimo.
7
*- Plan de entrega de los bienes
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección del Plan de entrega bienes, para los ítems 1 Computadoras tipo 2 Intermedia e ítem 2 Notebook Tipo 1 Avanzada, se solicita:
“Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes: 60 (sesenta) días calendario, contados a partir de la emisión de la orden de compra.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante extender el mencionado plazo de entrega, en al menos como mínimo 90 (días) días, considerando los prolongados períodos de tiempo que son necesarios para la fabricación e importación de estos equipos específicos atendiendo a la situación de estado de emergencia ante la pandemia del Covid – 19 que aún se sigue viviendo a nivel internacional, lo que como consecuencia, ocasiona que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se hayan visto significativamente afectados, por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc. De esta manera, se permitirá además, la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección del Plan de entrega bienes, para los ítems 1 Computadoras tipo 2 Intermedia e ítem 2 Notebook Tipo 1 Avanzada, se solicita:
“Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes: 60 (sesenta) días calendario, contados a partir de la emisión de la orden de compra.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante extender el mencionado plazo de entrega, en al menos como mínimo 90 (días) días, considerando los prolongados períodos de tiempo que son necesarios para la fabricación e importación de estos equipos específicos atendiendo a la situación de estado de emergencia ante la pandemia del Covid – 19 que aún se sigue viviendo a nivel internacional, lo que como consecuencia, ocasiona que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se hayan visto significativamente afectados, por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc. De esta manera, se permitirá además, la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
Se aclara que pueden ser consideradas también ranuras M.2 que es de tipo PCI.
9
Item 1 - Computadoras Tipo 2 - Intermedia Cantidad requerida: 60_ Dictamen MITIC de Modificación de las EETT estándares de equipos informáticos_ Certificado Nro.: 33043 - Procesadores
Se solicitan procesadores con aceleración dinámica de 4.5Ghz con frecuencia base 3.6 GHz y memoria cache de 8Mb. Por lo que solicitamos a la convocante sean aceptadas procesadores con aceleración dinámica hasta 4.4GHz y con memoria cache de 6MB, esto no afectaría en la capacidad del procesamiento de los datos, ya que posee la misma cantidad de núcleos, subprocesos, mismas tecnologías de seguridad, virtualización, capacidad de memorias y mismos parámetros de videos incorporados. Con esto se lograría una mayor participación de potenciales oferentes según lo establecido dentro de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
04-02-2022
11-02-2022
Item 1 - Computadoras Tipo 2 - Intermedia Cantidad requerida: 60_ Dictamen MITIC de Modificación de las EETT estándares de equipos informáticos_ Certificado Nro.: 33043 - Procesadores
Se solicitan procesadores con aceleración dinámica de 4.5Ghz con frecuencia base 3.6 GHz y memoria cache de 8Mb. Por lo que solicitamos a la convocante sean aceptadas procesadores con aceleración dinámica hasta 4.4GHz y con memoria cache de 6MB, esto no afectaría en la capacidad del procesamiento de los datos, ya que posee la misma cantidad de núcleos, subprocesos, mismas tecnologías de seguridad, virtualización, capacidad de memorias y mismos parámetros de videos incorporados. Con esto se lograría una mayor participación de potenciales oferentes según lo establecido dentro de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
Para el ítem 3 Storage, en relación con la Autorización requerida, entendemos que el requisito se encuentra cumplido en el caso de que se constante la cadena de autorizaciones desde el Fabricante hasta el oferente, conforme la legislación vigente, ¿es correcta nuestra interpretación?
Para el ítem 3 Storage, en relación con la Autorización requerida, entendemos que el requisito se encuentra cumplido en el caso de que se constante la cadena de autorizaciones desde el Fabricante hasta el oferente, conforme la legislación vigente, ¿es correcta nuestra interpretación?