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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Especificaciones técnicas de los alimentos sólidos

Especificaciones técnicas  banana :

 

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA ALIMENTO SÓLIDO

FRUTA FRESCA BANANA

 

Requisitos técnicos

1

Las bananas deben estar envasadas en cajas de cartón, madera y/o plástico.

2

Las cajas deben tener etiqueta visible con las siguientes informaciones:

-

Origen del producto (Departamento y Distrito).

-

Número de lote.

-

Fecha de empaquetado.

-

Identificación del productor (Nombre y Apellido).

-

Identificación del empaquetador (Nº de Registro del SENAVE).

-

Identificación de la cámara maduradora (Nº de Registro del SENAVE).

-

Leyenda que diga «Alimentación Escolar».

-

Cantidad de unidades de banana.

3

Las cajas deben contener al menos 120 unidades de banana.

4

Las bananas pueden presentarse en forma individual o en pencas de hasta 4 unidades.

5

El largo mínimo de las bananas debe ser de 15 cm.

6

El diámetro mínimo de las bananas debe ser de 38 mm.

7

Manchas por golpes o magulladuras máximo en un 20% en cada fruta.

8

El vehículo en que se transporta la banana debe estar registrado en el SENAVE.

9

Las bananas deben presentar maduración óptima (coloración amarilla característica).

10

La coloración del lote de bananas debe ser pareja.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ESPECIFICACIONES GENERALES DE LOS ALIMENTOS SÓLIDOS: GALLETITAS DULCES SABOR VAINILLA Y GALLETITAS DULCES CON SEMILLA DE CHIA Y/O SÉSAMO

    1. Especificaciones del rotulado del envase primario:
  1. Rotulado general:

El rotulado deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM Para Rotulado de Alimentos Envasados.

El producto adjudicado en su envase individual primario, deberá tener impresa en letra en un tamaño no menor a 0,5 centímetros, las siguientes frases:

 

    • Nombre de la Institución GOBERNACIÓN DE CORDILLERA
    • Nombre del Programa COMPLEMENTO NUTRICIONAL MERIENDA ESCOLAR¨
    • DISTRIBUCIÓN GRATUITA PROHIBIDA SU VENTA
    • DENUNCIAS AL 021 4154000

 

  1. Rotulado nutricional:

El rotulado deberá cumplir con lo establecido en la resolución MERCOSUR GMC 46/03 RTM Para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados y Resolución MERCOSUR GMC 47/03 RTM Para Porciones de Alimentos Envasados a los Fines del Rotulado Nutricional.

 

    1. Especificaciones del rotulado del envase secundario

Deberá indicarse en lugar bien visible, en letra de tamaño no menor a 1 centímetro:

 

    • Nombre de la Institución GOBERNACIÓN DE CORDILLERA
    • Nombre del Programa COMPLEMENTO NUTRICIONAL MERIENDA ESCOLAR¨
    • DISTRIBUCIÓN GRATUITA PROHIBIDA SU VENTA
    • DENUNCIAS AL 021 4154000

 

    1. REGISTROS SANITARIOS

El Oferente, al momento de la presentación de la oferta, deberá contar con los siguientes registros expedidos por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (I.N.A.N.):

  • Registro de Establecimiento (R.E. Nº.) de la empresa elaboradora.
  • Registro Sanitario de Producto Alimenticio (R.S.P.A Nº.)

No se aceptarán constancias de documentos en trámite.

 

    1. REQUISITOS DOCUMENTALES

Los Oferentes deberán presentar obligatoriamente con la oferta lo siguiente:

    1. Declaración jurada de la composición nutricional del producto terminado, que avale el cumplimiento de la Tabla 1. Aporte de Nutrientes por 100g, conforme al Formulario incluido en la Sección VI. La no presentación de la declaración jurada será motivo de descalificación técnica.
    2. Declaración jurada del proveedor del envase primario y secundario que avale el cumplimiento del espesor solicitado o en su defecto un informe de ensayo del INTN sobre el cumplimiento de dicho requisito.
    3. Certificado Internacional de análisis de peligros y puntos críticos de control según los requisitos del protocolo BPM del elaborador de los productos ofertados.

 

    1. Transporte

El transporte de los productos deberá realizarse en condiciones que garanticen su inocuidad y su conservación hasta su destino.

El oferente deberá contar con Medios de transportes propios o tercerizados, debidamente habilitados por la autoridad competente de acuerdo al uso, en cantidad suficiente para dar cumplimiento al plazo de entrega y al volumen requerido para el suministro, entrega y descarga en sitio de los alimentos. Deberá contar con medios de transporte debidamente habilitado por DINATRAN para trasportar alimentos secos, en cantidad suficiente 3 (tres) como mínimo con una capacidad de carga mínima de 5.000 kilos para dar cumplimiento al plazo de entrega y al volumen requerido para el suministro, entrega y descarga en sitio de los alimentos. Presentar copia autenticada de la  Cedula Verde, Dinatran y Habilitación Municipal de cada una de las unidades. En caso de que los vehículos sean alquilados se deberá acompañar además de las documentaciones arriba requeridas, contrato de alquiler con certificación de firma ante Escribanía Pública.

 

GALLETITA DULCE sabor vainilla

 

Además de las Especificaciones Técnicas del presente documento, se deberá cumplir con todo lo exigido en el documento Requisitos Generales para la Merienda Escolar

 

  1. DESCRIPCIÓN GENERAL
  1. Denominación

Galletita dulce sabor vainilla

 

  1. Definición

Se denomina al producto elaborado por una mezcla de harina de trigo enriquecida con hierro y vitaminas, manteca y/o margarina y/o aceite comestible y/o grasa vegetal hidrogenada, azúcar, agua y saborizante/aromatizante correspondiente, sometida a proceso de amasado y posterior horneado, dando lugar a un producto caracterizado por su bajo contenido de agua y textura crocante.

 

  1. Presentación

El producto se presentará en formas geométricas variadas y en porciones individuales de 30 gramos, con una tolerancia de ± 5 gramos.

 

  1. Ingredientes
  1. Obligatorios
  • Harina de trigo enriquecida con Hierro y Vitaminas.
  • Azúcar y/o mieles.
  • Manteca y/o margarina y/o aceite vegetal comestible y/o grasa vegetal hidrogenada
  • Saborizantes/ aromatizantes, y aditivos permitidos

 

  1. Permitidos
  • Sal yodada, según requerimientos tecnológicos
  • Agua, según requerimientos tecnológicos

 

  1. No permitidos
  • El agregado de grasa de origen animal, excepto la manteca.

 

  1. Aditivos alimentarios

Se aceptarán como aditivos los permitidos por el Reglamento MERCOSUR GMC/RES N° 50/97 Asignación de aditivos y su concentración máxima para la Categoría de Alimentos 7: Productos de Panificación y Galletería.

 

  1. Composición nutricional

El producto deberá presentar la composición nutricional detallada en la Tabla 1.   

Tabla 1: Aporte de nutrientes por 100 g de producto

             

Mínimo

Máximo

Valor Energético (calorías)

338

580

Hidratos de carbono (g)

65

80

Proteínas (g)

6

20

Grasas (g)

6

20

Sodio (mg)

---

500

 

  1. Especificaciones organolépticas del producto:

Aspecto: correctamente cocido, no debe estar quemado, alterado, contener sustancias extrañas, insectos, gorgojos, etc.

Textura: Crocante y de fácil masticación.

Color y olor: característicos.

Sabor: agradable, exento de olores extraños (rancio, quemado, crudo, solventes, etc).

 

  1. ESPECIFICACIONES DEL ENVASE:

 

    1. Especificaciones del envase individual.

El envase individual primario deberá ser de film de polietileno de baja densidad o polipropileno biorientado, transparente o metalizado, ambos de 30 micrones como mínimo.

 

    1. Especificaciones del envase secundario

Los envases individuales deberán estar contenidos en una de las siguientes opciones:

  • Caja de cartón corrugado, resistente al peso de los productos con la parte superior e inferior lacrado, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, garantizando su conservación, traslado, y almacenamiento en condiciones adecuadas y con capacidad máxima de 3 kilogramos. Deben llevar impresas las especificaciones de la altura de apilamiento y la posición en la que se debe colocar la caja
  • Bolsas de polietileno de baja densidad, transparente con un espesor mínimo de 50 micrones con cierre caliente sellado, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, y con capacidad de 2 a 3 kilogramos garantizando su conservación, traslado y almacenamiento en condiciones adecuadas

 

  1. REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA RECEPCIÓN DEL PRODUCTO.

 

Al momento de la recepción en los establecimientos escolares no se aceptarán:

  • Productos que hayan alcanzado el 30% de su lapso de aptitud, conforme a su fecha de vencimiento declarada en el rótulo.
  • Productos cuyos envases se encuentren rotos, sucios o averiados.
  • Envases que contengan galletitas quemadas, rotas o aplastadas

 

  1. REFERENCIAS

 

  • MERCOSUR/GMC/RES N° 50/97 REGLAMENTO TÉCNICO ASIGNACIÓN DE ADITIVOS Y SU CONCENTRACIÓN MÁXIMA PARA LA CATEGORÍA DE ALIMENTOS 7: PRODUCTOS DE PANIFICACIÓN Y GALLETERÍA.
  • RES. MERCOSUR GMC Nº 56/92 DISPOSICIONES GENERALES PARA ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.
  • RES. MERCOSUR GMC Nº 02/12 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR LISTA POSITIVA DE MONÓMEROS, OTRA
  • S SUSTANCIAS DE PARTIDA Y POLÍMEROS AUTORIZADOS PARA LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.
  • RES. MERCOSUR GMC Nº 32/07 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LISTA POSITIVA DE ADITIVOS PARA MATERIALES PLÁSTICOS DESTINADOS A LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.

 

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GALLETITA DULCE CON CHÍA/ GALLETITA DULCE CON CHÍA Y SÉSAMO

 

Además de las Especificaciones Técnicas del presente documento, se deberá cumplir con todo lo exigido en el documento Requisitos Generales para la Merienda Escolar

 

  1. DESCRIPCIÓN GENERAL
  1. Denominación

Galletita Dulce con chía / Galletita dulce con chía y sésamo

 

  1. Definición

Se al producto elaborado por una mezcla de harina de trigo enriquecida con hierro y vitaminas, manteca y/o margarina y/o aceite comestible y/o grasa vegetal hidrogenada, azúcar, agua, semillas de chía y/o sésamo, sometida a proceso de amasado y posterior tratamiento horneado, dando lugar a un producto caracterizado por su bajo contenido de agua y textura crocante.

 

  1. Presentación

El producto se presentará en formas geométricas variadas y en porciones individuales de 30 gramos, con una tolerancia de ± 5 gramos.

 

  1. Ingredientes
  1. Obligatorios
  • Harina de trigo enriquecida con Hierro y Vitaminas.
  • Azúcar y/o mieles.
  • Manteca y/o margarina y/o aceite vegetal comestible y/o grasa vegetal hidrogenada
  • Cacao o chocolate: para la galletita sabor chocolate 
  • Semillas de chía y/o sésamo (Máximo 10% m/m solas o en combinación)
  • Saborizantes/ aromatizantes, y aditivos permitidos

 

  1. Permitidos
  • Sal yodada, según requerimientos tecnológicos
  • Agua, según requerimientos tecnológicos

 

  1. No permitidos
  • El agregado de grasa de origen animal, excepto la manteca.

 

  1. Aditivos alimentarios

Se aceptarán como aditivos los permitidos por el Reglamento MERCOSUR GMC/RES N° 50/97 Asignación de aditivos y su concentración máxima para la Categoría de Alimentos 7: Productos de Panificación y Galletería.

 

  1. Composición nutricional

El producto deberá presentar la composición nutricional detallada en la Tabla 1.   

Tabla 1: Aporte de nutrientes por 100 g de producto

             

Mínimo

Máximo

Valor Energético (calorías)

338

580

Hidratos de carbono (g)

65

80

Proteínas (g)

6

20

Grasas (g)

6

20

Sodio (mg)

---

500

 

  1. Especificaciones organolépticas del producto:

Aspecto: correctamente cocido, no debe estar quemado, alterado, contener sustancias extrañas, insectos, gorgojos, etc.

Textura: Crocante y de fácil masticación.

Color y olor: característicos.

Sabor: agradable, exento de olores extraños (rancio, quemado, crudo, solventes, etc).

 

  1. ESPECIFICACIONES DEL ENVASE:
    1. Especificaciones del envase individual.

El envase individual primario deberá ser de film de polietileno de baja densidad o polipropileno biorientado, transparente o metalizado, ambos de 30 micrones como mínimo.

 

    1. Especificaciones del envase secundario

Los envases individuales deberán estar contenidos en una de las siguientes opciones:

  • Caja de cartón corrugado, resistente al peso de los productos con la parte superior e inferior lacrado, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, garantizando su conservación, traslado, y almacenamiento en condiciones adecuadas y con capacidad máxima de 3 kilogramos. Deben llevar impresas las especificaciones de la altura de apilamiento y la posición en la que se debe colocar la caja
  • Bolsas de polietileno de baja densidad, transparente con un espesor mínimo de 50 micrones con cierre caliente sellado, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, y con capacidad de 2 a 3 kilogramos garantizando su conservación, traslado y almacenamiento en condiciones adecuadas

 

  1. REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA RECEPCIÓN DEL PRODUCTO.

Al momento de la recepción en los establecimientos escolares no se aceptarán:

  • Productos que hayan alcanzado el 30% de su lapso de aptitud, conforme a su fecha de vencimiento declarada en el rótulo.
  • Productos cuyos envases se encuentren rotos, sucios o averiados.
  • Envases que contengan galletitas quemadas, rotas o aplastadas

 

  1. REFERENCIAS
  • MERCOSUR/GMC/RES N° 50/97 REGLAMENTO TÉCNICO ASIGNACIÓN DE ADITIVOS Y SU CONCENTRACIÓN MÁXIMA PARA LA CATEGORÍA DE ALIMENTOS 7: PRODUCTOS DE PANIFICACIÓN Y GALLETERÍA.
  • RES. MERCOSUR GMC Nº 56/92 DISPOSICIONES GENERALES PARA ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.
  • RES. MERCOSUR GMC Nº 02/12 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR LISTA POSITIVA DE MONÓMEROS, OTRAS SUSTANCIAS DE PARTIDA Y POLÍMEROS AUTORIZADOS PARA LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.
  • RES. MERCOSUR GMC Nº 32/07 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LISTA POSITIVA DE ADITIVOS PARA MATERIALES PLÁSTICOS DESTINADOS A LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.

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Especificaciones técnicas de los alimentos sólidos

 

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA ALIMENTO SÓLIDO

 

ITENS  DESCIPCION  ESPESIFICACIONES TECNICAS 
ítems 1        Banana  SEGÚN RESOLUCION Nº 734 DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA 
ítems  2     Galletita Dulce SEGÚN RESOLUCION Nº 734 DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA 
ítems 3      Galletita Dulce con semilla de chía y/o sésamo SEGÚN RESOLUCION Nº 734 DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

E

Especificaciones técnicas de los alimentos sólidos

Especificaciones técnicas banana :

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA ALIMENTO SÓLIDO

FRUTA FRESCA BANANAESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA ALIMENTO SÓLIDO

ITENS

Requisitos técnicosDESCIPCION

ESPESIFICACIONES TECNICAS

1ítems 1

Las bananas deben estar envasadas en cajas de cartón, madera y/o plástico.Banana

SEGÚN RESOLUCION Nº 734 DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

2

Las cajas deben tener etiqueta visible con las siguientes informaciones:

-

Origen del producto (Departamento y Distrito).

-ítems 2

Número de lote.Galletita Dulce

SEGÚN RESOLUCION Nº 734 DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

-

Fecha de empaquetado.

-

Identificación del productor (Nombre y Apellido).

-

Identificación del empaquetador (Nº de Registro del SENAVE).

-

Identificación de la cámara maduradora (Nº de Registro del SENAVE).

-

Leyenda que diga «Alimentación Escolar».

-

Cantidad de unidades de banana.

3ítems 3

Las cajas deben contener al menos 120 unidadesGalletita Dulce con semilla de banana.chía y/o sésamo

SEGÚN RESOLUCION Nº 734 DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

4

Las bananas pueden presentarse en forma individual o en pencas de hasta 4 unidades.

5

El largo mínimo de las bananas debe ser de 15 cm.

6

El diámetro mínimo de las bananas debe ser de 38 mm.

7

Manchas por golpes o magulladuras máximo en un 20% en cada fruta.

8

El vehículo en que se transporta la banana debe estar registrado en el SENAVE.

9

Las bananas deben presentar maduración óptima (coloración amarilla característica).

10

La coloración del lote de bananas debe ser pareja.

ESPECIFICACIONES GENERALES DE LOS ALIMENTOS SÓLIDOS: GALLETITAS DULCES SABOR VAINILLA Y GALLETITAS DULCES CON SEMILLA DE CHIA Y/O SÉSAMOE

    1. Especificaciones del rotulado del envase primario:
  1. Rotulado general:

El rotulado deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM Para Rotulado de Alimentos Envasados.

El producto adjudicado en su envase individual primario, deberá tener impresa en letra en un tamaño no menor a 0,5 centímetros, las siguientes frases:

    • Nombre de la Institución GOBERNACIÓN DE CORDILLERA
    • Nombre del Programa COMPLEMENTO NUTRICIONAL MERIENDA ESCOLAR¨
    • DISTRIBUCIÓN GRATUITA PROHIBIDA SU VENTA
    • DENUNCIAS AL 021 4154000

  1. Rotulado nutricional:

El rotulado deberá cumplir con lo establecido en la resolución MERCOSUR GMC 46/03 RTM Para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados y Resolución MERCOSUR GMC 47/03 RTM Para Porciones de Alimentos Envasados a los Fines del Rotulado Nutricional.

    1. Especificaciones del rotulado del envase secundario

Deberá indicarse en lugar bien visible, en letra de tamaño no menor a 1 centímetro:

    • Nombre de la Institución GOBERNACIÓN DE CORDILLERA
    • Nombre del Programa COMPLEMENTO NUTRICIONAL MERIENDA ESCOLAR¨
    • DISTRIBUCIÓN GRATUITA PROHIBIDA SU VENTA
    • DENUNCIAS AL 021 4154000

    1. REGISTROS SANITARIOS

El Oferente, al momento de la presentación de la oferta, deberá contar con los siguientes registros expedidos por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (I.N.A.N.):

  • Registro de Establecimiento (R.E. Nº.) de la empresa elaboradora.
  • Registro Sanitario de Producto Alimenticio (R.S.P.A Nº.)

No se aceptarán constancias de documentos en trámite.

    1. REQUISITOS DOCUMENTALES

Los Oferentes deberán presentar obligatoriamente con la oferta lo siguiente:

    1. Declaración jurada de la composición nutricional del producto terminado, que avale el cumplimiento de la Tabla 1. Aporte de Nutrientes por 100g, conforme al Formulario incluido en la Sección VI. La no presentación de la declaración jurada será motivo de descalificación técnica.
    2. Declaración jurada del proveedor del envase primario y secundario que avale el cumplimiento del espesor solicitado o en su defecto un informe de ensayo del INTN sobre el cumplimiento de dicho requisito.
    3. Certificado Internacional de análisis de peligros y puntos críticos de control según los requisitos del protocolo BPM del elaborador de los productos ofertados.

    1. Transporte

El transporte de los productos deberá realizarse en condiciones que garanticen su inocuidad y su conservación hasta su destino.

El oferente deberá contar con Medios de transportes propios o tercerizados, debidamente habilitados por la autoridad competente de acuerdo al uso, en cantidad suficiente para dar cumplimiento al plazo de entrega y al volumen requerido para el suministro, entrega y descarga en sitio de los alimentos. Deberá contar con medios de transporte debidamente habilitado por DINATRAN para trasportar alimentos secos, en cantidad suficiente 3 (tres) como mínimo con una capacidad de carga mínima de 5.000 kilos para dar cumplimiento al plazo de entrega y al volumen requerido para el suministro, entrega y descarga en sitio de los alimentos. Presentar copia autenticada de la Cedula Verde, Dinatran y Habilitación Municipal de cada una de las unidades. En caso de que los vehículos sean alquilados se deberá acompañar además de las documentaciones arriba requeridas, contrato de alquiler con certificación de firma ante Escribanía Pública.

GALLETITA DULCE sabor vainilla

Además de las Especificaciones Técnicas del presente documento, se deberá cumplir con todo lo exigido en el documento Requisitos Generales para la Merienda Escolar

  1. DESCRIPCIÓN GENERAL
  1. Denominación

Galletita dulce sabor vainilla

  1. Definición

Se denomina al producto elaborado por una mezcla de harina de trigo enriquecida con hierro y vitaminas, manteca y/o margarina y/o aceite comestible y/o grasa vegetal hidrogenada, azúcar, agua y saborizante/aromatizante correspondiente, sometida a proceso de amasado y posterior horneado, dando lugar a un producto caracterizado por su bajo contenido de agua y textura crocante.

  1. Presentación

El producto se presentará en formas geométricas variadas y en porciones individuales de 30 gramos, con una tolerancia de ± 5 gramos.

  1. Ingredientes
  1. Obligatorios
  • Harina de trigo enriquecida con Hierro y Vitaminas.
  • Azúcar y/o mieles.
  • Manteca y/o margarina y/o aceite vegetal comestible y/o grasa vegetal hidrogenada
  • Saborizantes/ aromatizantes, y aditivos permitidos

  1. Permitidos
  • Sal yodada, según requerimientos tecnológicos
  • Agua, según requerimientos tecnológicos

  1. No permitidos
  • El agregado de grasa de origen animal, excepto la manteca.

  1. Aditivos alimentarios

Se aceptarán como aditivos los permitidos por el Reglamento MERCOSUR GMC/RES N° 50/97 Asignación de aditivos y su concentración máxima para la Categoría de Alimentos 7: Productos de Panificación y Galletería.

  1. Composición nutricional

El producto deberá presentar la composición nutricional detallada en la Tabla 1.

Tabla 1: Aporte de nutrientes por 100 g de producto

Mínimo

Máximo

Valor Energético (calorías)

338

580

Hidratos de carbono (g)

65

80

Proteínas (g)

6

20

Grasas (g)

6

20

Sodio (mg)

---

500

  1. Especificaciones organolépticas del producto:

Aspecto: correctamente cocido, no debe estar quemado, alterado, contener sustancias extrañas, insectos, gorgojos, etc.

Textura: Crocante y de fácil masticación.

Color y olor: característicos.

Sabor: agradable, exento de olores extraños (rancio, quemado, crudo, solventes, etc).

  1. ESPECIFICACIONES DEL ENVASE:

    1. Especificaciones del envase individual.

El envase individual primario deberá ser de film de polietileno de baja densidad o polipropileno biorientado, transparente o metalizado, ambos de 30 micrones como mínimo.

    1. Especificaciones del envase secundario

Los envases individuales deberán estar contenidos en una de las siguientes opciones:

  • Caja de cartón corrugado, resistente al peso de los productos con la parte superior e inferior lacrado, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, garantizando su conservación, traslado, y almacenamiento en condiciones adecuadas y con capacidad máxima de 3 kilogramos. Deben llevar impresas las especificaciones de la altura de apilamiento y la posición en la que se debe colocar la caja
  • Bolsas de polietileno de baja densidad, transparente con un espesor mínimo de 50 micrones con cierre caliente sellado, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, y con capacidad de 2 a 3 kilogramos garantizando su conservación, traslado y almacenamiento en condiciones adecuadas

  1. REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA RECEPCIÓN DEL PRODUCTO.

Al momento de la recepción en los establecimientos escolares no se aceptarán:

  • Productos que hayan alcanzado el 30% de su lapso de aptitud, conforme a su fecha de vencimiento declarada en el rótulo.
  • Productos cuyos envases se encuentren rotos, sucios o averiados.
  • Envases que contengan galletitas quemadas, rotas o aplastadas

  1. REFERENCIAS

  • MERCOSUR/GMC/RES N° 50/97 REGLAMENTO TÉCNICO ASIGNACIÓN DE ADITIVOS Y SU CONCENTRACIÓN MÁXIMA PARA LA CATEGORÍA DE ALIMENTOS 7: PRODUCTOS DE PANIFICACIÓN Y GALLETERÍA.
  • RES. MERCOSUR GMC Nº 56/92 DISPOSICIONES GENERALES PARA ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.
  • RES. MERCOSUR GMC Nº 02/12 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR LISTA POSITIVA DE MONÓMEROS, OTRA
  • S SUSTANCIAS DE PARTIDA Y POLÍMEROS AUTORIZADOS PARA LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.
  • RES. MERCOSUR GMC Nº 32/07 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LISTA POSITIVA DE ADITIVOS PARA MATERIALES PLÁSTICOS DESTINADOS A LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.

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GALLETITA DULCE CON CHÍA/ GALLETITA DULCE CON CHÍA Y SÉSAMO

Además de las Especificaciones Técnicas del presente documento, se deberá cumplir con todo lo exigido en el documento Requisitos Generales para la Merienda Escolar

  1. DESCRIPCIÓN GENERAL
  1. Denominación

Galletita Dulce con chía / Galletita dulce con chía y sésamo

  1. Definición

Se al producto elaborado por una mezcla de harina de trigo enriquecida con hierro y vitaminas, manteca y/o margarina y/o aceite comestible y/o grasa vegetal hidrogenada, azúcar, agua, semillas de chía y/o sésamo, sometida a proceso de amasado y posterior tratamiento horneado, dando lugar a un producto caracterizado por su bajo contenido de agua y textura crocante.

  1. Presentación

El producto se presentará en formas geométricas variadas y en porciones individuales de 30 gramos, con una tolerancia de ± 5 gramos.

  1. Ingredientes
  1. Obligatorios
  • Harina de trigo enriquecida con Hierro y Vitaminas.
  • Azúcar y/o mieles.
  • Manteca y/o margarina y/o aceite vegetal comestible y/o grasa vegetal hidrogenada
  • Cacao o chocolate: para la galletita sabor chocolate
  • Semillas de chía y/o sésamo (Máximo 10% m/m solas o en combinación)
  • Saborizantes/ aromatizantes, y aditivos permitidos

  1. Permitidos
  • Sal yodada, según requerimientos tecnológicos
  • Agua, según requerimientos tecnológicos

  1. No permitidos
  • El agregado de grasa de origen animal, excepto la manteca.

  1. Aditivos alimentarios

Se aceptarán como aditivos los permitidos por el Reglamento MERCOSUR GMC/RES N° 50/97 Asignación de aditivos y su concentración máxima para la Categoría de Alimentos 7: Productos de Panificación y Galletería.

  1. Composición nutricional

El producto deberá presentar la composición nutricional detallada en la Tabla 1.

Tabla 1: Aporte de nutrientes por 100 g de producto

Mínimo

Máximo

Valor Energético (calorías)

338

580

Hidratos de carbono (g)

65

80

Proteínas (g)

6

20

Grasas (g)

6

20

Sodio (mg)

---

500

  1. Especificaciones organolépticas del producto:

Aspecto: correctamente cocido, no debe estar quemado, alterado, contener sustancias extrañas, insectos, gorgojos, etc.

Textura: Crocante y de fácil masticación.

Color y olor: característicos.

Sabor: agradable, exento de olores extraños (rancio, quemado, crudo, solventes, etc).

  1. ESPECIFICACIONES DEL ENVASE:
    1. Especificaciones del envase individual.

El envase individual primario deberá ser de film de polietileno de baja densidad o polipropileno biorientado, transparente o metalizado, ambos de 30 micrones como mínimo.

    1. Especificaciones del envase secundario

Los envases individuales deberán estar contenidos en una de las siguientes opciones:

  • Caja de cartón corrugado, resistente al peso de los productos con la parte superior e inferior lacrado, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, garantizando su conservación, traslado, y almacenamiento en condiciones adecuadas y con capacidad máxima de 3 kilogramos. Deben llevar impresas las especificaciones de la altura de apilamiento y la posición en la que se debe colocar la caja
  • Bolsas de polietileno de baja densidad, transparente con un espesor mínimo de 50 micrones con cierre caliente sellado, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, y con capacidad de 2 a 3 kilogramos garantizando su conservación, traslado y almacenamiento en condiciones adecuadas

  1. REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA RECEPCIÓN DEL PRODUCTO.

Al momento de la recepción en los establecimientos escolares no se aceptarán:

  • Productos que hayan alcanzado el 30% de su lapso de aptitud, conforme a su fecha de vencimiento declarada en el rótulo.
  • Productos cuyos envases se encuentren rotos, sucios o averiados.
  • Envases que contengan galletitas quemadas, rotas o aplastadas

  1. REFERENCIAS
  • MERCOSUR/GMC/RES N° 50/97 REGLAMENTO TÉCNICO ASIGNACIÓN DE ADITIVOS Y SU CONCENTRACIÓN MÁXIMA PARA LA CATEGORÍA DE ALIMENTOS 7: PRODUCTOS DE PANIFICACIÓN Y GALLETERÍA.
  • RES. MERCOSUR GMC Nº 56/92 DISPOSICIONES GENERALES PARA ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.
  • RES. MERCOSUR GMC Nº 02/12 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR LISTA POSITIVA DE MONÓMEROS, OTRAS SUSTANCIAS DE PARTIDA Y POLÍMEROS AUTORIZADOS PARA LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.
  • RES. MERCOSUR GMC Nº 32/07 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LISTA POSITIVA DE ADITIVOS PARA MATERIALES PLÁSTICOS DESTINADOS A LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS.

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