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Versión 2

Diferencias entre las versiones 1 y 2

Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

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Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

CAPACIDAD TECNICA

  1. La empresa oferente deberá presentar el listado de al menos 2 (dos) Técnicos en Refrigeración con Certificación en la Norma Laboral PNA 49001 11, Versión 1 que fuera oficializada por la Resolución 56/11 del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN) y con Capacitación en Reconversión de Equipos de Refrigeración y Aire Acondicionado a Hidrocarburos (SNPP/SEAM). 
  2. La empresa deberá contar con por lo menos 2 (dos) vehículos de 4 (cuatro) ruedas tipo camioneta de su propiedad para uso de los servicios solicitados, en ese sentido se deja expresa constancia que la convocante se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la misma, en caso de no contar con este requisito se considerara a la empresa sin estructura necesaria mínima para llevar adelante el trabajo solicitado por esta institución.
  3. Se exigirá con carácter obligatorio que el oferente cuente con la maquinaria adecuada para los trabajos que impliquen y requieran la apertura de línea de gas refrigerante (Cambio de compresor, cambio de válvula inversora, desmontaje de componentes sobre línea de gas, cambio de filtro de gas, etc.)  el oferente adjudicado no podrá arrojar el gas refrigerante a la atmosfera por lo que deberán contar con los equipos y maquinarias necesarias para el acopiado, filtrado y reciclado del Gas Refrigerante, además el tanque colector de gas deberá estar debidamente certificado, con el fin de contribuir con la disminución de gases que dañan la capa de ozono y como prueba de que el oferente cuenta con dicha maquinaria, deberá presentar declaración jurada de que tiene el citado equipo o un compromiso otorgado por una empresa que realizará el alquiler de la maquina al oferente en caso de ser adjudicado.
  4. Declaración Jurada por el cual el oferente se compromete a cumplir con las garantías, servicios técnicos y demás documentaciones requeridas para cada ítem ofertado.
  5.  Declaración Jurada de proveer bienes nuevos, no usados ni reacondicionados, en el plazo establecido en el contrato, y que los mismos cumplen con todas las características solicitadas por la convocante, en cuanto a tecnología, capacidad y rendimiento.
  6.  El proveedor se responsabilizará de la eficiente provisión de los servicios adjudicados, tanto en la cantidad como en la calidad de los mismos. Correrá a cargo y cuenta las sustituciones y/o reposiciones que correspondan.
  7. INSCRIPCION EN LA SEAM: Los oferentes deberán presentar como requisito indispensable la inscripción en el Registro de Personas Autorizadas a Vender y/o Comprar R 22, requerido por la Secretaria del Ambiente, en virtud de la Resolución 399/15 de la SEAM.

 

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Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

CAPACIDAD TECNICA

  1. La empresa oferente deberá presentar el listado de al menos 2 (dos) Técnicos en Refrigeración con Certificación en la Norma Laboral PNA 49001 11, Versión 1 que fuera oficializada por la Resolución 56/11 del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN) y con Capacitación en Reconversión de Equipos de Refrigeración y Aire Acondicionado a Hidrocarburos (SNPP/SEAM).
  2. La empresa deberá contar con por lo menos 2 (dos) vehículos de 4 (cuatro) ruedas tipo camioneta de su propiedad para uso de los servicios solicitados, en ese sentido se deja expresa constancia que la convocante se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la misma, en caso de no contar con este requisito se considerara a la empresa sin estructura necesaria mínima para llevar adelante el trabajo solicitado por esta institución.
  3. Se exigirá con carácter obligatorio que el oferente cuente con la maquinaria adecuada para los trabajos que impliquen y requieran la apertura de línea de gas refrigerante (Cambio de compresor, cambio de válvula inversora, desmontaje de componentes sobre línea de gas, cambio de filtro de gas, etc.) el oferente adjudicado no podrá arrojar el gas refrigerante a la atmosfera por lo que deberán contar con los equipos y maquinarias necesarias para el acopiado, filtrado y reciclado del Gas Refrigerante, además el tanque colector de gas deberá estar debidamente certificado, con el fin de contribuir con la disminución de gases que dañan la capa de ozono y como prueba de que el oferente cuenta con dicha maquinaria, deberá presentar declaración jurada de que tiene el citado equipo o un compromiso otorgado por una empresa que realizará el alquiler de la maquina al oferente en caso de ser adjudicado.
  4. Declaración Jurada por el cual el oferente se compromete a cumplir con las garantías, servicios técnicos y demás documentaciones requeridas para cada ítem ofertado.
  5. Declaración Jurada de proveer bienes nuevos, no usados ni reacondicionados, en el plazo establecido en el contrato, y que los mismos cumplen con todas las características solicitadas por la convocante, en cuanto a tecnología, capacidad y rendimiento.
  6. El proveedor se responsabilizará de la eficiente provisión de los servicios adjudicados, tanto en la cantidad como en la calidad de los mismos. Correrá a cargo y cuenta las sustituciones y/o reposiciones que correspondan.
  7. INSCRIPCION EN LA SEAM: Los oferentes deberán presentar como requisito indispensable la inscripción en el Registro de Personas Autorizadas a Vender y/o Comprar R 22, requerido por la Secretaria del Ambiente, en virtud de la Resolución 399/15 de la SEAM.