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Diferencias entre las versiones 3 y 4

Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

ADENDA N° 2

Señores

..........

Presente:

Tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, con relación a la Licitación Pública Nacional BNF LPN SBE Nº 22/2022 para el Seguro Médico Sanatorial para Empleados (SBE), a través del Sistema de Subasta a la baja electrónica. ID Nº 410.203.-

Al respecto, cumplimos en informar la modificación de las fechas tope de respuesta, Inicio de Carga, Cierre de Propuestas, Etapa Competitiva, Entrega y Apertura Física de las ofertas, quedando conforme a lo establecido en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP).

Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

ADENDA N° 3

 

Señores

..

Presente:

 

Tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, con relación a la Licitación Pública Nacional BNF LPN SBE Nº 22/2022 para el Seguro Médico Sanatorial para Empleados ID Nº 410.203.-

Al respecto, cumplimos en informar la modificación de las fechas Inicio de Carga, Cierre de Propuestas, Etapa Competitiva, Entrega y Apertura Física de las ofertas, quedando conforme a lo establecido en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP).

Asimismo, se realizan modificaciones en el Pliego de Bases y Condiciones, conforme se indican a continuación:

 

  1. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN.

Capacidad técnica:

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

 

Área Gran Asunción e Interior

Cantidad: La Prestadora de Servicios garantiza como mínimo los siguientes centros:

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez) centros ubicados en: Asunción, Luque, San Lorenzo, Fernando de la Mora, Mariano Roque Alonso y Limpio.

Interior: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé: 1 (uno); Coronel Oviedo: 4 (cuatro); Villarrica: 1 (uno); Caazapá: 1 (uno); Caaguazú: 1 (uno); Ciudad del Este: 2 (dos); Concepción: 2 (dos); Pedro Juan Caballero: 1 (uno); Santa Rita: 1 (uno); Encarnación: 2 (dos); San Ignacio Misiones: 2 (dos); Carapeguá: por lo menos 1 (uno); Hohenau: 1 (uno); Pilar: 1 (uno); San Pedro del Ycuamandiyu 1 (uno); San Estanislao 1 (uno).

En caso de no contar con todos los prestadores en las ciudades requeridas, se considerará las ciudades cabeceras de Departamentos.

 

Los Centros deberán reunir los siguientes requisitos como mínimo:

  • Servicios de URGENCIAS y de EMERGENCIAS 24 horas. En caso de producirse un evento que requiera prestación de terapia intensiva y de no contarse con el Centro Especializado, la Prestadora de Servicios se hará cargo del traslado del paciente hasta la Unidad de Terapia Intensiva más próxima.
  • Los centros asistenciales se comprometen a habilitar espacios para cubrir las necesidades asistenciales en casos de epidemias y/o pandemias declaradas o no.

 

Unidad de terapia intensiva para adultos y niños (opcional).

  • Unidades de Estudios de diagnóstico laboratorial y de imágenes (propios y tercerizados).
  • Unidades de fisioterapia y kinesioterapia (opcional).
  • Certificación del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o la Superintendencia de Salud como Centro de Internaciones de Servicios Médicos, convencionales y de alta complejidad (cuando corresponda).

 

Laboratorios de Análisis

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez), de los cuales, por lo menos uno de los Laboratorios cuente con capacidad de realizar estudios de ADN y otros.

Interior del País: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé

Santa Rita

Coronel Oviedo

San Estanislao

Villarrica

Encarnación

Caazapá

San Ignacio Misiones

Caaguazú

Carapeguá

Ciudad del Este

Hohenau

Concepción

Pilar

Pedro Juan Caballero

San Pedro del Ycuamandiyu

Los demás requisitos no mencionados en la presente adenda permanecen sin variación.

 

CAPACIDAD EN MATERIA DE PROFESIONALES DE LA SALUD HABILITADOS POR LA PRESTADORA EN LAS SIGUIENTES ESPECIALIDADES:

a.           Requisitos Mínimos

Se exige que el Oferente cuente en Asunción como mínimo con la cantidad de profesionales por especialización y experiencia no menor a 5 (cinco) años.

 

Especialidad

Cantidad Mínima Requerida

Nombre y Apellido

Dirección

Teléfono

Alergia e Inmunología (Adultos y Pediátrica)

8 (ocho)

 

 

 

Anatomía Patológica

9 (nueve)

 

 

 

Anestesiología

50 (cincuenta)*

 

 

 

Cardiología

10 (diez)

 

 

 

Cardiología Pediátrica

4 (cuatro)

 

 

 

Cirugía Cardiovascular

4 (cuatro)

 

 

 

Cirugía General

20 (veinte)

 

 

 

Cirugía Neurológica Neurocirugía

5 (cinco)

 

 

 

Cirugía Oncológica

5 (cinco)

 

 

 

Cirugía Pediátrica

9 (nueve)

 

 

 

Cirugía Plástica Reparadora

6 (seis)

 

 

 

Cirugía Tórax

4 (cuatro)

 

 

 

Cirugía Video Laparoscópicas

15 (quince)

 

 

 

Clínica Médica

30 (treinta)

 

 

 

Coloproctología

10 (diez)

 

 

 

Dermatología (Adultos y Pediátrica)

10 (diez)

 

 

 

Diabetología Endocrinología

10 (diez)

 

 

 

Fisioterapia - Kinesioterapia y

Rehabilitación (incluye Hidroterapia)

8 (ocho)

 

 

 

Flebología

8 (ocho)

 

 

 

Fonoaudiología

3 (tres)

 

 

 

Gastroenterología

10 (diez)

 

 

 

Geriatría

5 (cinco)

 

 

 

Ginecología y Obstetricia

50 (cincuenta)

 

 

 

Hematología y Hemoterapia

8 (ocho)

 

 

 

Hepatología

1 (uno)

 

 

 

Infectología

5 (cinco)

 

 

 

Mastología

7 (siete)

 

 

 

Medicina Familiar

2 (dos)

 

 

 

Nefrología

7 (siete)

 

 

 

Neumología

5 (cinco)

 

 

 

Neurología Clínica

8 (ocho)

 

 

 

Nutrición

3 (tres)

 

 

 

Oftalmología

20 (veinte)

 

 

 

Oncología (Adulto y Pediátrica)

5 (cinco)

 

 

 

Otoneurología

2 (dos)

 

 

 

Otorrinolaringología (Adultos y Pediátrica)

15 (quince)

 

 

 

Pediatría

50 (cincuenta)

 

 

 

Psiquiatría pediátrica

1 (un)

 

 

 

Psicología (adultos y niños)

5 (cinco)

 

 

 

Psicopedagogía

2 (dos)

 

 

 

Psiquiatría

3 (tres)

 

 

 

Reumatología

2 (dos)

 

 

 

Traumatología Ortopédica (Adultos y Pediátrica)

30 (treinta)

 

 

 

Toxicología

2 (dos)

 

 

 

Urología (Adultos y Pediátrica)

15 (quince)

 

 

 

Observación: *El servicio de anestesiología será prestado por médicos especialistas en anestesiología en convenio con la aseguradora con Registro Profesional vigente o Constancia de Renovación del mismo, expedido por el Ministerio de Salud.

Todas las especialidades médicas deberán contar con profesionales especialistas y que cuenten con 5 (cinco) años de experiencia en la especialidad. Habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social

Los demás requisitos no mencionados en la presente adenda permanecen sin variación.

 

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica:

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

  • Área Gran Asunción e Interior

Cantidad: La Prestadora de Servicios garantiza como mínimo los siguientes centros:

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez) centros ubicados en: Asunción, Luque, San Lorenzo, Fernando de la Mora, Mariano Roque Alonso y Limpio.

Interior: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé: 1 (uno); Coronel Oviedo: 4 (cuatro); Villarrica: 1 (uno); Caazapá: 1 (uno); Caaguazú: 1 (uno); Ciudad del Este: 2 (dos); Concepción: 2 (dos); Pedro Juan Caballero: 1 (uno); Santa Rita: 1 (uno); Encarnación: 2 (dos); San Ignacio Misiones: 2 (dos); Carapeguá: por lo menos 1 (uno); Hohenau: 1 (uno); Pilar: 1 (uno); San Pedro del Ycuamandiyu 1 (uno); San Estanislao 1 (uno).

En caso de no contar con todos los prestadores en las ciudades requeridas, se considerará las ciudades cabeceras de Departamentos.

 

Los Centros deberán reunir los siguientes requisitos como mínimo:

  • Servicios de URGENCIAS y de EMERGENCIAS 24 horas. En caso de producirse un evento que requiera prestación de terapia intensiva y de no contarse con el Centro Especializado, la Prestadora de Servicios se hará cargo del traslado del paciente hasta la Unidad de Terapia Intensiva más próxima.
  • Los centros asistenciales se comprometen a habilitar espacios para cubrir las necesidades asistenciales en casos de epidemias y/o pandemias declaradas o no.

Unidad de terapia intensiva para adultos y niños (opcional).

  • Unidades de Estudios de diagnóstico laboratorial y de imágenes (propios y tercerizados).
  • Unidades de fisioterapia y kinesioterapia (opcional).
  • Certificación del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o la Superintendencia de Salud como Centro de Internaciones de Servicios Médicos, convencionales y de alta complejidad (cuando corresponda).

 

Requisitos documentales para evaluar el presente criterio

- Completar el formulario Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes

- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

-Presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados en Asunción, Gran Asunción e interior del país. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

Laboratorios de Análisis

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez), de los cuales, por lo menos uno de los Laboratorios cuente con capacidad de realizar estudios de ADN y otros.

Interior del País: Como mínimo en las siguientes localidades:

 

Caacupé

Santa Rita

Coronel Oviedo

San Estanislao

Villarrica

Encarnación

Caazapá

San Ignacio Misiones

Caaguazú

Carapeguá

Ciudad del Este

Hohenau

Concepción

Pilar

Pedro Juan Caballero

San Pedro del Ycuamandiyu

Los demás requisitos no mencionados en la presente adenda permanecen sin variación.

Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de calificación y criterios de evaluación
  • Capacidad Técnica
  • Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/410203-seguro-medico-sanatorial-empleados-sbe-1/pliego/4/diferencias/3.html?seccion=adenda

Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

ADENDA N° 23

Señores

..........

Presente:

Tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, con relación a la Licitación Pública Nacional BNF LPN SBE Nº 22/2022 para el Seguro Médico Sanatorial para Empleados (SBE), a través del Sistema de Subasta a la baja electrónica.Seguro Médico Sanatorial para Empleados ID Nº 410.203.-

Al respecto, cumplimos en informar la modificación de las fechas tope de respuesta, Inicio de Carga, Cierre de Propuestas, Etapa Competitiva, Entrega y Apertura Física de las ofertas, quedando conforme a lo establecido en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP).

Asimismo, se realizan modificaciones en el Pliego de Bases y Condiciones, conforme se indican a continuación:

  1. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN.

Capacidad técnica:

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

Área Gran Asunción e Interior

Cantidad: La Prestadora de Servicios garantiza como mínimo los siguientes centros:

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez) centros ubicados en: Asunción, Luque, San Lorenzo, Fernando de la Mora, Mariano Roque Alonso y Limpio.

Interior: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé: 1 (uno); Coronel Oviedo: 4 (cuatro); Villarrica: 1 (uno); Caazapá: 1 (uno); Caaguazú: 1 (uno); Ciudad del Este: 2 (dos); Concepción: 2 (dos); Pedro Juan Caballero: 1 (uno); Santa Rita: 1 (uno); Encarnación: 2 (dos); San Ignacio Misiones: 2 (dos); Carapeguá: por lo menos 1 (uno); Hohenau: 1 (uno); Pilar: 1 (uno); San Pedro del Ycuamandiyu 1 (uno); San Estanislao 1 (uno).

En caso de no contar con todos los prestadores en las ciudades requeridas, se considerará las ciudades cabeceras de Departamentos.

Los Centros deberán reunir los siguientes requisitos como mínimo:

  • Servicios de URGENCIAS y de EMERGENCIAS 24 horas. En caso de producirse un evento que requiera prestación de terapia intensiva y de no contarse con el Centro Especializado, la Prestadora de Servicios se hará cargo del traslado del paciente hasta la Unidad de Terapia Intensiva más próxima.
  • Los centros asistenciales se comprometen a habilitar espacios para cubrir las necesidades asistenciales en casos de epidemias y/o pandemias declaradas o no.

Unidad de terapia intensiva para adultos y niños (opcional).

  • Unidades de Estudios de diagnóstico laboratorial y de imágenes (propios y tercerizados).
  • Unidades de fisioterapia y kinesioterapia (opcional).
  • Certificación del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o la Superintendencia de Salud como Centro de Internaciones de Servicios Médicos, convencionales y de alta complejidad (cuando corresponda).

Laboratorios de Análisis

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez), de los cuales, por lo menos uno de los Laboratorios cuente con capacidad de realizar estudios de ADN y otros.

Interior del País: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé

Santa Rita

Coronel Oviedo

San Estanislao

Villarrica

Encarnación

Caazapá

San Ignacio Misiones

Caaguazú

Carapeguá

Ciudad del Este

Hohenau

Concepción

Pilar

Pedro Juan Caballero

San Pedro del Ycuamandiyu

Los demás requisitos no mencionados en la presente adenda permanecen sin variación.

CAPACIDAD EN MATERIA DE PROFESIONALES DE LA SALUD HABILITADOS POR LA PRESTADORA EN LAS SIGUIENTES ESPECIALIDADES:

a. Requisitos Mínimos

Se exige que el Oferente cuente en Asunción como mínimo con la cantidad de profesionales por especialización y experiencia no menor a 5 (cinco) años.

Especialidad

Cantidad Mínima Requerida

Nombre y Apellido

Dirección

Teléfono

Alergia e Inmunología (Adultos y Pediátrica)

8 (ocho)

Anatomía Patológica

9 (nueve)

Anestesiología

50 (cincuenta)*

Cardiología

10 (diez)

Cardiología Pediátrica

4 (cuatro)

Cirugía Cardiovascular

4 (cuatro)

Cirugía General

20 (veinte)

Cirugía Neurológica Neurocirugía

5 (cinco)

Cirugía Oncológica

5 (cinco)

Cirugía Pediátrica

9 (nueve)

Cirugía Plástica Reparadora

6 (seis)

Cirugía Tórax

4 (cuatro)

Cirugía Video Laparoscópicas

15 (quince)

Clínica Médica

30 (treinta)

Coloproctología

10 (diez)

Dermatología (Adultos y Pediátrica)

10 (diez)

Diabetología Endocrinología

10 (diez)

Fisioterapia - Kinesioterapia y

Rehabilitación (incluye Hidroterapia)

8 (ocho)

Flebología

8 (ocho)

Fonoaudiología

3 (tres)

Gastroenterología

10 (diez)

Geriatría

5 (cinco)

Ginecología y Obstetricia

50 (cincuenta)

Hematología y Hemoterapia

8 (ocho)

Hepatología

1 (uno)

Infectología

5 (cinco)

Mastología

7 (siete)

Medicina Familiar

2 (dos)

Nefrología

7 (siete)

Neumología

5 (cinco)

Neurología Clínica

8 (ocho)

Nutrición

3 (tres)

Oftalmología

20 (veinte)

Oncología (Adulto y Pediátrica)

5 (cinco)

Otoneurología

2 (dos)

Otorrinolaringología (Adultos y Pediátrica)

15 (quince)

Pediatría

50 (cincuenta)

Psiquiatría pediátrica

1 (un)

Psicología (adultos y niños)

5 (cinco)

Psicopedagogía

2 (dos)

Psiquiatría

3 (tres)

Reumatología

2 (dos)

Traumatología Ortopédica (Adultos y Pediátrica)

30 (treinta)

Toxicología

2 (dos)

Urología (Adultos y Pediátrica)

15 (quince)

Observación: *El servicio de anestesiología será prestado por médicos especialistas en anestesiología en convenio con la aseguradora con Registro Profesional vigente o Constancia de Renovación del mismo, expedido por el Ministerio de Salud.

Todas las especialidades médicas deberán contar con profesionales especialistas y que cuenten con 5 (cinco) años de experiencia en la especialidad. Habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social

Los demás requisitos no mencionados en la presente adenda permanecen sin variación.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica:

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

  • Área Gran Asunción e Interior

Cantidad: La Prestadora de Servicios garantiza como mínimo los siguientes centros:

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez) centros ubicados en: Asunción, Luque, San Lorenzo, Fernando de la Mora, Mariano Roque Alonso y Limpio.

Interior: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé: 1 (uno); Coronel Oviedo: 4 (cuatro); Villarrica: 1 (uno); Caazapá: 1 (uno); Caaguazú: 1 (uno); Ciudad del Este: 2 (dos); Concepción: 2 (dos); Pedro Juan Caballero: 1 (uno); Santa Rita: 1 (uno); Encarnación: 2 (dos); San Ignacio Misiones: 2 (dos); Carapeguá: por lo menos 1 (uno); Hohenau: 1 (uno); Pilar: 1 (uno); San Pedro del Ycuamandiyu 1 (uno); San Estanislao 1 (uno).

En caso de no contar con todos los prestadores en las ciudades requeridas, se considerará las ciudades cabeceras de Departamentos.

Los Centros deberán reunir los siguientes requisitos como mínimo:

  • Servicios de URGENCIAS y de EMERGENCIAS 24 horas. En caso de producirse un evento que requiera prestación de terapia intensiva y de no contarse con el Centro Especializado, la Prestadora de Servicios se hará cargo del traslado del paciente hasta la Unidad de Terapia Intensiva más próxima.
  • Los centros asistenciales se comprometen a habilitar espacios para cubrir las necesidades asistenciales en casos de epidemias y/o pandemias declaradas o no.

Unidad de terapia intensiva para adultos y niños (opcional).

  • Unidades de Estudios de diagnóstico laboratorial y de imágenes (propios y tercerizados).
  • Unidades de fisioterapia y kinesioterapia (opcional).
  • Certificación del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o la Superintendencia de Salud como Centro de Internaciones de Servicios Médicos, convencionales y de alta complejidad (cuando corresponda).

Requisitos documentales para evaluar el presente criterio

- Completar el formulario Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes

- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

-Presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados en Asunción, Gran Asunción e interior del país. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

Laboratorios de Análisis

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez), de los cuales, por lo menos uno de los Laboratorios cuente con capacidad de realizar estudios de ADN y otros.

Interior del País: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé

Santa Rita

Coronel Oviedo

San Estanislao

Villarrica

Encarnación

Caazapá

San Ignacio Misiones

Caaguazú

Carapeguá

Ciudad del Este

Hohenau

Concepción

Pilar

Pedro Juan Caballero

San Pedro del Ycuamandiyu

Los demás requisitos no mencionados en la presente adenda permanecen sin variación.

Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de calificación y criterios de evaluación
  • Capacidad Técnica
  • Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/410203-seguro-medico-sanatorial-empleados-sbe-1/pliego/4/diferencias/3.html?seccion=adenda