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Diferencias entre las versiones 2 y 3

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

1. La convocante se reserva el derecho de realizar visitas a los locales o establecimientos de los potenciales Oferentes, a fin de verificar in-situ su ubicación, como también las condiciones en que se encuentran la infraestructura, el sistema de sanitación y cuidados utilizados para los semovientes ofertados, conforme dispone las legislaciones y reglamentaciones vigentes.

2. Durante el periodo de evaluación de las ofertas, el Comité de Evaluación podrá convocar a técnicos Profesionales del ramo con vasta experiencia en el área de Veterinaria, Especialistas en Medicina Equina y en Producción y Zootecnia del Servicio Agropecuario y del RC4, para que esta realice una visita técnica al Oferente, a fin de constatar in situ la veracidad de los documentos, la infraestructura y equipamientos con que cuenta el establecimiento del oferente. Al presentar la oferta, el Oferente extiende su expresa autorización para realizar esta visita, permiso de ingresos a sus dependencias, y la constatación/verificación de las documentaciones presentadas.

3. El Comité de Evaluación, verificara la infraestructura del establecimiento, las condiciones sanitarias de los semovientes ofertados en cuanto a: Encefalomielitis, Tétanos, Influenza Rinoneumonitis, Encefalomielitis, Rinoneumonitis, Rodococus, Rotavirus, Desparasitaciones trimestrales; también se verificara la cantidad y las condiciones generales de los semovientes ofertados.

4. El oferente realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes según se dispone en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC), por su cuenta y sin costo alguno para la Contratante.

5. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor las pruebas serán realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas, se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.

6. La Contratante o su representante designado tendrán derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación por cuenta del oferente.

7. La Convocante notificara al oferente para realizar dichas pruebas e inspecciones, indicándole la fecha y la hora.

8. La Contratante podrá requerirle al Proveedor que realice las pruebas y/o inspecciones que considere necesarias a fin de verificar las condiciones sanitarias 8 y características generales de los semovientes, para constatar el cumplimiento de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.

9. El Proveedor presentará a la Contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

10. La Contratante rechazara los Semovientes que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones Técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.

11. El oferente deberá presentar una DECLARACIÓN JURADA, de que todos los documentos presentados serán bajo fe de juramento, y que la constatación de desviaciones o adulteraciones, además de ser causales de descalificación, podrá ser ejecutada la póliza de mantenimiento de oferta

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No Aplica

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

1. La convocante se reserva el derecho de realizar visitas a los locales o establecimientos de los potenciales Oferentes, a fin de verificar in-situ su ubicación, como también las condiciones en que se encuentran la infraestructura, el sistema de sanitación y cuidados utilizados para los semovientes ofertados, conforme dispone las legislaciones y reglamentaciones vigentes.

2. Durante el periodo de evaluación de las ofertas, el Comité de Evaluación podrá convocar a técnicos Profesionales del ramo con vasta experiencia en el área de Veterinaria, Especialistas en Medicina Equina y en Producción y Zootecnia del Servicio Agropecuario y del RC4, para que esta realice una visita técnica al Oferente, a fin de constatar in situ la veracidad de los documentos, la infraestructura y equipamientos con que cuenta el establecimiento del oferente. Al presentar la oferta, el Oferente extiende su expresa autorización para realizar esta visita, permiso de ingresos a sus dependencias, y la constatación/verificación de las documentaciones presentadas.

3. El Comité de Evaluación, verificara la infraestructura del establecimiento, las condiciones sanitarias de los semovientes ofertados en cuanto a: Encefalomielitis, Tétanos, Influenza Rinoneumonitis, Encefalomielitis, Rinoneumonitis, Rodococus, Rotavirus, Desparasitaciones trimestrales; también se verificara la cantidad y las condiciones generales de los semovientes ofertados.

4. El oferente realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes según se dispone en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC), por su cuenta y sin costo alguno para la Contratante.

5. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor las pruebas serán realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas, se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.

6. La Contratante o su representante designado tendrán derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación por cuenta del oferente.

7. La Convocante notificara al oferente para realizar dichas pruebas e inspecciones, indicándole la fecha y la hora.

8. La Contratante podrá requerirle al Proveedor que realice las pruebas y/o inspecciones que considere necesarias a fin de verificar las condiciones sanitarias 8 y características generales de los semovientes, para constatar el cumplimiento de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.

9. El Proveedor presentará a la Contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

10. La Contratante rechazara los Semovientes que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones Técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.

11. El oferente deberá presentar una DECLARACIÓN JURADA, de que todos los documentos presentados serán bajo fe de juramento, y que la constatación de desviaciones o adulteraciones, además de ser causales de descalificación, podrá ser ejecutada la póliza de mantenimiento de oferta

No Aplica

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.