En el pliego de bases y condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ítem 3 dispositivo de almacenamiento, capacidad, solicitan:
El sistema debe escalar, con la adición de gabinetes de expansión y/o en clúster con otros equipos similares, hasta un número mínimo de 200 discos. Todos los discos deben ser de tipo TLC NVME estándar
Solicitamos a la convocante que sean aceptadas soluciones que escalen hasta 90 discos NVME con gabinetes de expansión y/o clúster. Se mantenerse éste requerimiento en 200, la convocante estaría beneficiando a la marca Huawe.
En el pliego de bases y condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ítem 3 dispositivo de almacenamiento, capacidad, solicitan:
El sistema debe escalar, con la adición de gabinetes de expansión y/o en clúster con otros equipos similares, hasta un número mínimo de 200 discos. Todos los discos deben ser de tipo TLC NVME estándar
Solicitamos a la convocante que sean aceptadas soluciones que escalen hasta 90 discos NVME con gabinetes de expansión y/o clúster. Se mantenerse éste requerimiento en 200, la convocante estaría beneficiando a la marca Huawe.
RESPUESTA: El requerimiento de la Convocante es crecer a futuro en capacidad de almacenamiento de discos con la tecnología TLC NVME. Favor remitirse a lo establecido en el PBC.
22
STORAGE RDMA 200GB
En el pliego de bases y condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ítem 3 dispositivo de almacenamiento, capacidad, solicitan:
Back End Tipo RDMA de 100 Gbit/s de velocidad.
Solicitamos a la convocante que el requerimiento Tipo RDMA 100 Gbit/s sea considerado opcional. Esta tecnología sólo es utilizada por Huawei en sus expansiones. El estándar de la industria son puertos SAS 12G para comunicación entre expansiones.
En el pliego de bases y condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ítem 3 dispositivo de almacenamiento, capacidad, solicitan:
Back End Tipo RDMA de 100 Gbit/s de velocidad.
Solicitamos a la convocante que el requerimiento Tipo RDMA 100 Gbit/s sea considerado opcional. Esta tecnología sólo es utilizada por Huawei en sus expansiones. El estándar de la industria son puertos SAS 12G para comunicación entre expansiones.
RESPUESTA: Favor remitirse a la respuesta de la Consulta 9.
23
CAPACIDAD TECNICA
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección CAPACIDAD TECNICA, Requisito documental para evaluar la capacidad técnica, en el punto 9, la convocante solicita:
El oferente deberá ser un Centro Autorizado de Servicios (CAS) en el país, el cual debe estar avalado por el fabricante o representante de la marca del dispositivo de almacenamiento ofertado.
Solicitamos a la convocante que éste requerimiento sea considera opcional. Las grandes marcas del mercado designan empresas específicas que se dedican a CAS dentro del Paraguay, sólo la marca Huawei certifica Partners como CAS por lo que beneficia enormemente a ésta marca.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección CAPACIDAD TECNICA, Requisito documental para evaluar la capacidad técnica, en el punto 9, la convocante solicita:
El oferente deberá ser un Centro Autorizado de Servicios (CAS) en el país, el cual debe estar avalado por el fabricante o representante de la marca del dispositivo de almacenamiento ofertado.
Solicitamos a la convocante que éste requerimiento sea considera opcional. Las grandes marcas del mercado designan empresas específicas que se dedican a CAS dentro del Paraguay, sólo la marca Huawei certifica Partners como CAS por lo que beneficia enormemente a ésta marca.
RESPUESTA: Se modifica dicho punto.
Favor remitirse a la respuesta de la Consulta 5.
24
*-Centro Autorizado de Servicios (CAS)
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN - Capacidad Técnica, dice:
9. El oferente deberá ser un Centro Autorizado de Servicios (CAS) en el país, el cual debe estar avalado por el fabricante o representante de la marca del dispositivo de almacenamiento ofertado. (ITEM 3).
Al respecto, solicitamos a la convocante que también sea aceptado que la marca ofertada cuente con al menos 1 (un) Centro Autorizado de Servicios (CAS) en el país, avalado por el fabricante, considerando que con esto también se brinda a la convocante la debida garantía de contar y acceder al servicio técnico autorizado para la cobertura de las asistencias técnicas de mantenimientos preventivos y/o correctivos que permitirán asegurar el buen funcionamiento del equipo, y se permitirá la participación de un mayor número de oferentes en el presente llamado en un sistema de eficiencia y economía.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN - Capacidad Técnica, dice:
9. El oferente deberá ser un Centro Autorizado de Servicios (CAS) en el país, el cual debe estar avalado por el fabricante o representante de la marca del dispositivo de almacenamiento ofertado. (ITEM 3).
Al respecto, solicitamos a la convocante que también sea aceptado que la marca ofertada cuente con al menos 1 (un) Centro Autorizado de Servicios (CAS) en el país, avalado por el fabricante, considerando que con esto también se brinda a la convocante la debida garantía de contar y acceder al servicio técnico autorizado para la cobertura de las asistencias técnicas de mantenimientos preventivos y/o correctivos que permitirán asegurar el buen funcionamiento del equipo, y se permitirá la participación de un mayor número de oferentes en el presente llamado en un sistema de eficiencia y economía.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
RESPUESTA: Se modifica dicho punto.
Favor remitirse a la respuesta de la Consulta 5.
25
Contar con al menos 04 (cuatro) técnicos
b. 01 (uno) VMware Data Center Virtualization Design 2021 vigente (ÍTEM 1).
Solicitamos amablemente a la convocante considerar únicamente la
certificación de VMware Data Center Virtualization para el punto b. 01 (uno) VMware
Data Center Virtualization Design 2021 vigente (ÍTEM 1)dado que la misma cumple
con los requisitos técnicos necesarios para la optima ejecución de los trabajos.
b. 01 (uno) VMware Data Center Virtualization Design 2021 vigente (ÍTEM 1).
Solicitamos amablemente a la convocante considerar únicamente la
certificación de VMware Data Center Virtualization para el punto b. 01 (uno) VMware
Data Center Virtualization Design 2021 vigente (ÍTEM 1)dado que la misma cumple
con los requisitos técnicos necesarios para la optima ejecución de los trabajos.
RESPUESTA: A fin de garantizar una correcta planificación, instalación, configuración, implementación, pruebas e integración de los bienes y servicios solicitados, con la infraestructura actual existente, corresponde que los oferentes cuenten con un staff de colaboradores con los más altos niveles de certificación dada la complejidad y criticidad de los servicios a ser migrados al entorno virtual y el importante esfuerzo financiero en materia de inversión a ser realizado por la Institución. Favor remitirse a lo establecido en el PBC.
26
01 (uno) VMware Data Center Virtualization Design 2021 vigente (ÍTEM 1).
Solicitamos amablemente a la convocante considerar únicamente la
certificación de VMware Data Center Virtualization para el punto b. 01 (uno) VMware
Data Center Virtualization Design 2021 vigente (ÍTEM 1)dado que la misma cumple
con los requisitos técnicos necesarios para la optima ejecución de los trabajos.
23-11-2022
23-12-2022
01 (uno) VMware Data Center Virtualization Design 2021 vigente (ÍTEM 1).
Solicitamos amablemente a la convocante considerar únicamente la
certificación de VMware Data Center Virtualization para el punto b. 01 (uno) VMware
Data Center Virtualization Design 2021 vigente (ÍTEM 1)dado que la misma cumple
con los requisitos técnicos necesarios para la optima ejecución de los trabajos.
RESPUESTA: Favor remitirse a la respuesta de la Consulta 25.
27
01 (uno) PMP (Project Management Professional) vigente por el PMI
Solicitamos amablemente a la convocante considerar el punto d. 01 (uno)
PMP (Project Management Professional) vigente por el PMI (Project Manager Institute)
o certificación vigente Scrum Master con reconocimiento internacional o
certificaciones equivalentes vigentes como opcional, atendiendo que en los
requisitos ya se solicitan certificaciones de nivel Profesional y a su vez un personal
certificado en ITIL para la gestión y ejecución de los procesos. Por lo que pedir una
certificación específica limita la participación de potenciales oferente, lo cual se
encuentra en directa oposición a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el
cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras
disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de
requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, ( ), no se podrán
exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se
podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con
ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o
contratistas
23-11-2022
23-12-2022
01 (uno) PMP (Project Management Professional) vigente por el PMI
Solicitamos amablemente a la convocante considerar el punto d. 01 (uno)
PMP (Project Management Professional) vigente por el PMI (Project Manager Institute)
o certificación vigente Scrum Master con reconocimiento internacional o
certificaciones equivalentes vigentes como opcional, atendiendo que en los
requisitos ya se solicitan certificaciones de nivel Profesional y a su vez un personal
certificado en ITIL para la gestión y ejecución de los procesos. Por lo que pedir una
certificación específica limita la participación de potenciales oferente, lo cual se
encuentra en directa oposición a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el
cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras
disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de
requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, ( ), no se podrán
exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se
podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con
ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o
contratistas
RESPUESTA: Favor remitirse a la Consulta 25.
A fin de garantizar una correcta planificación y buscando garantizar la implementación de la solución, integrándola al ecosistema tecnológico con que cuenta la Convocante, por tanto, se requiere que los oferentes cuenten con técnicos altamente capacitados, con las certificaciones solicitadas y cumpliendo así los altos estándares que semejante implementación requiere. Además, el mismo documento indica la posibilidad de presentar certificaciones equivalentes vigentes.
28
02 (dos) certificados por el fabricante de la marca del Dispositivo de Almacenamiento. (ITEM 3)
Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean considerados la
presentación del currículo del personal certificado por el fabricante del Centro
autorizado de servicios CAS registrados en el Paraguay como únicos medios para la
ejecución de la garantía por el fabricante.
Es importante mencionar que los centros CAS son compañías autónomas e
independientes habilitados por los fabricantes exclusivamente para ejecución de los
servicios técnicos como parte coadyuvante de las compañías encargadas de la
comercialización, identificación y gestión para la ejecución de la garantía en el CAS
de los equipos y con las cuales la contratante se garantizaría la existencia de soporte
técnicos calificados y certificados por el fabricante.
23-11-2022
23-12-2022
02 (dos) certificados por el fabricante de la marca del Dispositivo de Almacenamiento. (ITEM 3)
Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean considerados la
presentación del currículo del personal certificado por el fabricante del Centro
autorizado de servicios CAS registrados en el Paraguay como únicos medios para la
ejecución de la garantía por el fabricante.
Es importante mencionar que los centros CAS son compañías autónomas e
independientes habilitados por los fabricantes exclusivamente para ejecución de los
servicios técnicos como parte coadyuvante de las compañías encargadas de la
comercialización, identificación y gestión para la ejecución de la garantía en el CAS
de los equipos y con las cuales la contratante se garantizaría la existencia de soporte
técnicos calificados y certificados por el fabricante.
RESPUESTA: A fin de garantizar una correcta planificación, instalación, configuración, implementación, pruebas e integración de los bienes y servicios solicitados, con la infraestructura actual existente, corresponde que los oferentes cuenten con un staff de colaboradores con los más altos niveles de certificación dada la complejidad y criticidad de los servicios a ser migrados al entorno virtual y el importante esfuerzo financiero en materia de inversión a ser realizado por la Institución. Favor remitirse a lo establecido en el PBC
29
01 (uno) certificado por el fabricante en la marca del Switch SAN. (ITEM 3)
Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean considerados la
presentación del currículo del personal certificado por el fabricante del Centro
autorizado de servicios CAS registrados en el Paraguay como únicos medios para la
ejecución de la garantía por el fabricante.
Es importante mencionar que los centros CAS son compañías autónomas e
independientes habilitados por los fabricantes exclusivamente para ejecución de los
servicios técnicos como parte coadyuvante de las compañías encargadas de la
comercialización, identificación y gestión para la ejecución de la garantía en el CAS
de los equipos y con las cuales la contratante se garantizaría la existencia de soporte
técnicos calificados y certificados por el fabricante.
23-11-2022
23-12-2022
01 (uno) certificado por el fabricante en la marca del Switch SAN. (ITEM 3)
Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean considerados la
presentación del currículo del personal certificado por el fabricante del Centro
autorizado de servicios CAS registrados en el Paraguay como únicos medios para la
ejecución de la garantía por el fabricante.
Es importante mencionar que los centros CAS son compañías autónomas e
independientes habilitados por los fabricantes exclusivamente para ejecución de los
servicios técnicos como parte coadyuvante de las compañías encargadas de la
comercialización, identificación y gestión para la ejecución de la garantía en el CAS
de los equipos y con las cuales la contratante se garantizaría la existencia de soporte
técnicos calificados y certificados por el fabricante.
RESPUESTA: Se modifica dicho punto.
Favor remitirse a la respuesta de la Consulta 5
30
El oferente deberá ser un Centro Autorizado de Servicios (CAS) en el país
Solicitamos respetuosamente a la convocante considerar el punto como
opcional, y solicitar que la marca ofertada cuente con un Centro Autorizado de
Servicios (CAS) en el pais que sera gestionado por el partner correspondiente, para el
caso, el oferente. Esto atendiendo que lo solicitado por la convocante limita la
participación de potenciales oferente, lo cual se encuentra en directa oposición a lo
establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones
técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza
que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se
establecerán con la mayor amplitud, ( ), no se podrán exigir a los participantes
requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos
que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades
de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas
23-11-2022
23-12-2022
El oferente deberá ser un Centro Autorizado de Servicios (CAS) en el país
Solicitamos respetuosamente a la convocante considerar el punto como
opcional, y solicitar que la marca ofertada cuente con un Centro Autorizado de
Servicios (CAS) en el pais que sera gestionado por el partner correspondiente, para el
caso, el oferente. Esto atendiendo que lo solicitado por la convocante limita la
participación de potenciales oferente, lo cual se encuentra en directa oposición a lo
establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones
técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza
que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se
establecerán con la mayor amplitud, ( ), no se podrán exigir a los participantes
requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos
que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades
de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas