Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Reajuste
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
Los precios ofertados estarán sujetos a Reajustes conforme a la siguiente formula, siempre y cuando la variación del IPC publicado por el BCP haya sufrido una variación igual o mayor al quince por ciento (15%) referente a la fecha de apertura de ofertas: Pr = P x IPC1 IPC0 Donde: Pr: Precio Reajustado. P: Precio adjudicado. IPC1: Índice de precios al Consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente a la fecha de la resolución de la Adjudicación. IPC0: Índice de precios al consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente al mes de la apertura de ofertas. No se reconocerán reajuste de precios si el suministro se encuentra atrasado respecto al Cronograma de entregas aprobado. Aclaramos que la variación del salario mínimo no influye para los reajustes de precios contratados.
Reajuste
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
Los precios ofertados estarán sujetos a Reajustes conforme a la siguiente formula, siempre y cuando la variación del IPC publicado por el BCP haya sufrido una variación igual o mayor al quince por ciento (15%) referente a la fecha de apertura de ofertas: Pr = P x IPC1 IPC0 Donde: Pr: Precio Reajustado. P: Precio adjudicado. IPC1: Índice de precios al Consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente a la fecha de la resolución de la Adjudicación. IPC0: Índice de precios al consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente al mes de la apertura de ofertas. No se reconocerán reajuste de precios si el suministro se encuentra atrasado respecto al Cronograma de entregas aprobado. Aclaramos que la variación del salario mínimo no influye para los reajustes de precios contratados.
El reajuste solo será aplicado a solicitud del proveedor, que deberá ser presentado por escrito a la Mesa de Entrada de la Municipalidad de Antequera y se dará curso si la contratante cuenta con suficiente disponibilidad presupuestaria y verifica que se hallan dadas las condiciones para otorgarse el reajuste.
Reajuste
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
Los precios ofertados estarán sujetos a Reajustes conforme a la siguiente formula, siempre y cuando la variación del IPC publicado por el BCP haya sufrido una variación igual o mayor al quince por ciento (15%) referente a la fecha de apertura de ofertas: Pr = P x IPC1 IPC0 Donde: Pr: Precio Reajustado. P: Precio adjudicado. IPC1: Índice de precios al Consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente a la fecha de la resolución de la Adjudicación. IPC0: Índice de precios al consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente al mes de la apertura de ofertas. No se reconocerán reajuste de precios si el suministro se encuentra atrasado respecto al Cronograma de entregas aprobado. Aclaramos que la variación del salario mínimo no influye para los reajustes de precios contratados.
El reajuste solo será aplicado a solicitud del proveedor, que deberá ser presentado por escrito a la Mesa de Entrada de la Municipalidad de Antequera y se dará curso si la contratante cuenta con suficiente disponibilidad presupuestaria y verifica que se hallan dadas las condiciones para otorgarse el reajuste.