Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Formas y condiciones de pago
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
- Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
- La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
- REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
- Certificado de Cumplimiento Tributario;
- Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
- Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
La forma de pago es Contra-entrega de los servicios, una vez recepcionado la nota de solicitud de pago acompañado de la Factura presentada en la Tesorería de la Municipalidad de Antequera, previa aprobación de parte de la convocante de los servicios prestados y/o entregados.
2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
Formas y condiciones de pago
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
- Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
- La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
- REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
- Certificado de Cumplimiento Tributario;
- Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
- Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
La forma de pago es Contra-entrega, dentro de los 5 días hábiles desde la recepción de la nota de solicitud de pago acompañado de la Factura presentada en la Tesorería de la Municipalidad de Antequera, previa aprobación de parte de la convocante de los servicios prestados y/o entregados.
2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
Formas y condiciones de pago
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
- Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
- La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
- REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
- Certificado de Cumplimiento Tributario;
- Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
- Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
La forma de pago es Contra-entrega, dentro de los servicios, una vez recepcionado5 días hábiles desde la recepción de la nota de solicitud de pago acompañado de la Factura presentada en la Tesorería de la Municipalidad de Antequera, previa aprobación de parte de la convocante de los servicios prestados y/o entregados.
2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
Reajuste
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
La fórmula a ser aplicada es la siguiente:
PR = P x IPC1/IPC0
Donde:
PR = precio reajustado
P = precio original adjudicado
IPC1 = índice de precios consumidor publicado por el BCP, correspondiente al mes de la solicitud.
IPC0 = índice de precios consumidor publicado por el BCP, correspondiente al mes de la suscripción del contrato.
El reajuste solo será aplicado a solicitud vía nota del oferente adjudicado.
No se reconocerán reajustes de precios si los servicios requeridos se encuentran atrasados o en su caso no cumplan con el contrato suscripto entre las partes, lo cual se avalará con el informe emitido por el Departamento de UOC, dependencia encargada de verificar la buena ejecución contractual.
Los precios reajustados, solo tendrán incidencia con la solicitud via nota a la convocante y sobre los servicios que aun no ejecutados; y, no tendrán ningún efecto retroactivo respecto a los servicios que fueron ejecutados antes de la verificación del reajuste.
Reajuste
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
La fórmula a ser aplicada es la siguiente:
PR = P x IPC1/IPC0
Donde:
PR = precio reajustado
P = precio original adjudicado
IPC1 = índice de precios consumidor publicado por el BCP, correspondiente al mes de la solicitud.
IPC0 = índice de precios consumidor publicado por el BCP, correspondiente al mes de la suscripción del contrato.
El reajuste solo será aplicado a solicitud vía nota del oferente adjudicado.
No se reconocerán reajustes de precios si los servicios requeridos se encuentran atrasados o en su caso no cumplan con el contrato suscripto entre las partes, lo cual se avalará con el informe emitido por el Departamento de UOC, dependencia encargada de verificar la buena ejecución contractual.
Los precios reajustados, solo tendrán incidencia con la solicitud via nota a la convocante y sobre los servicios que aun no ejecutados; y, no tendrán ningún efecto retroactivo respecto a los servicios que fueron ejecutados antes de la verificación del reajuste.
El reajuste solo será aplicado a solicitud del proveedor, que deberá ser presentado por escrito a la Mesa de Entrada de la Municipalidad de Antequera y se dará curso si la contratante cuenta con suficiente disponibilidad presupuestaria y verifica que se hallan dadas las condiciones para otorgarse el reajuste.
Reajuste
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
La fórmula a ser aplicada es la siguiente:
PR = P x IPC1/IPC0
Donde:
PR = precio reajustado
P = precio original adjudicado
IPC1 = índice de precios consumidor publicado por el BCP, correspondiente al mes de la solicitud.
IPC0 = índice de precios consumidor publicado por el BCP, correspondiente al mes de la suscripción del contrato.
El reajuste solo será aplicado a solicitud vía nota del oferente adjudicado.
No se reconocerán reajustes de precios si los servicios requeridos se encuentran atrasados o en su caso no cumplan con el contrato suscripto entre las partes, lo cual se avalará con el informe emitido por el Departamento de UOC, dependencia encargada de verificar la buena ejecución contractual.
Los precios reajustados, solo tendrán incidencia con la solicitud via nota a la convocante y sobre los servicios que aun no ejecutados; y, no tendrán ningún efecto retroactivo respecto a los servicios que fueron ejecutados antes de la verificación del reajuste.
El reajuste solo será aplicado a solicitud del proveedor, que deberá ser presentado por escrito a la Mesa de Entrada de la Municipalidad de Antequera y se dará curso si la contratante cuenta con suficiente disponibilidad presupuestaria y verifica que se hallan dadas las condiciones para otorgarse el reajuste.