Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Indicadores de Cumplimiento
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe de Fiscalización de Servicios Prestados/Nota de Conformidad |
Formulario de Fiscalización / Nota de Conformidad |
El plazo máximo para la terminación de los trabajos requeridos en la Orden de Servicio es de, 30 (treinta), 60 (sesenta),90 (noventa) días y 120 ( ciento veinte ) días de ejecución, dependiendo de la complejidad de los trabajos solicitados. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
Indicadores de Cumplimiento
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe de Fiscalización de Servicios Prestados/Nota de Conformidad |
Formulario de Fiscalización / Nota de Conformidad |
El plazo máximo para la terminación de los trabajos requeridos en la Orden de Servicio es de, 30 (treinta), 60 (sesenta),90 (noventa) días y 120 ( ciento veinte ) días de ejecución, dependiendo de la complejidad de los trabajos solicitados. |
La estimación del tiempo para la ejecución de los trabajos depende exclusivamente de la Contratante y sus necesidades. La empresa Contratista está obligada a dar acuse de la orden de servicio correspondiente una vez que le sea comunicada y ejecutar los trabajos en el tiempo estipulado.
En caso que la convocante requiera de trabajos de instalación o reparaciones, en los cuales solo se necesite la provisión de mano de obra, se emitirá una orden de servicio con los ítems correspondientes.
Las órdenes de servicio deben ser retiradas por la Contratista en un lapso no mayor a 2 días hábiles a partir de la comunicación por parte de la Contratante.
La no recepción de las ordenes una vez que la Contratante le haya comunicado a la contratista, implicará a la contratista la aplicación de multas diarias por cada día de atraso en la misma, y constituye un incumplimiento del contrato.
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
Indicadores de Cumplimiento
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR | TIPO | FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe de Fiscalización de Servicios Prestados/Nota de Conformidad | Formulario de Fiscalización / Nota de Conformidad | El plazo máximo para la terminación de los trabajos requeridos en la Orden de Servicio es de, 30 (treinta), 60 (sesenta),90 (noventa) días y 120 ( ciento veinte ) días de ejecución, dependiendo de la complejidad de los trabajos solicitados. |
La estimación del tiempo para la ejecución de los trabajos depende exclusivamente de la Contratante y sus necesidades. La empresa Contratista está obligada a dar acuse de la orden de servicio correspondiente una vez que le sea comunicada y ejecutar los trabajos en el tiempo estipulado.
En caso que la convocante requiera de trabajos de instalación o reparaciones, en los cuales solo se necesite la provisión de mano de obra, se emitirá una orden de servicio con los ítems correspondientes.
Las órdenes de servicio deben ser retiradas por la Contratista en un lapso no mayor a 2 días hábiles a partir de la comunicación por parte de la Contratante.
La no recepción de las ordenes una vez que la Contratante le haya comunicado a la contratista, implicará a la contratista la aplicación de multas diarias por cada día de atraso en la misma, y constituye un incumplimiento del contrato.
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.