En las EETT del Puente figuran las especificaciones para el ítem J.1 Cartelerías y Otros, sin embargo, en la Lista de Cantidades no se tienen ítems para esos trabajos. Es esto correcto?. Favor aclarar al respecto.
En las EETT del Puente figuran las especificaciones para el ítem J.1 Cartelerías y Otros, sin embargo, en la Lista de Cantidades no se tienen ítems para esos trabajos. Es esto correcto?. Favor aclarar al respecto.
Remitirse a las EETT, ítem J.1 "Los costos deben ser contemplados en los gastos generales de la oferta.."
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Certificados Ambientales
Se consulta si para esta Licitación de debe prever y cotizar en la Oferta el 1% del valor de la Oferta para la Compra de Certificados Ambientales por parte del MOPC?.
Se consulta si para esta Licitación de debe prever y cotizar en la Oferta el 1% del valor de la Oferta para la Compra de Certificados Ambientales por parte del MOPC?.
Esta licitación debe prever y cotizar en la oferta la compra de Certificados de Servicios Ambientales quedando la adquisición de los Certificados de Servicios Ambientales a cargo de la Empresa Contratista adjudicada para la ejecución de las obras. Se agrega el ítem en la Lista de Cantidades y en las EETT mediante Adenda N° 3.
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Empresas que pueden participar.
No nos queda claro si se pueden presentar por sí solas empresas/consorcios solo Paraguayas o solo Brasileras?. El Pliego pareciera indicar que solo podrán participar un Consorcio Paraguayo/Brasilero. Favor aclarar al respecto.
No nos queda claro si se pueden presentar por sí solas empresas/consorcios solo Paraguayas o solo Brasileras?. El Pliego pareciera indicar que solo podrán participar un Consorcio Paraguayo/Brasilero. Favor aclarar al respecto.
Efectivamente, solo podrán participar consorcios Paraguayo/Brasileños.
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Consulta
Referente a leyes y normas Ambientales, de Seguridad y Salud ¿el contratista deberá considerar solamente leyes paraguayas, o también las leyes brasileñas?
Referente a leyes y normas Ambientales, de Seguridad y Salud ¿el contratista deberá considerar solamente leyes paraguayas, o también las leyes brasileñas?
El Contrato de Obra será suscrito con el Ministerio de Obras Publicas Comunicaciones, por ende, se deberán cumplir con toda la legislación aplicable de la República del Paraguay, sin perjuicio de los acuerdos y convenios que sean suscritos entre ambos países en función a la ejecución de las obras.
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Tecnica
Referente a los aparatos de apoyo, Podríamos conseguir información sobre las cargas de los apoyos esféricos uplift en Pilas 13 y 14?
Remitirse a la lámina 02-03-22-03 con información adicional.
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Carro de avance
Solicitamos a la convocante la eliminación del requisito de equipos "Carro de avance" ya que estos son equipos muy particulares que son elaborados según necesidad.
Solicitamos a la convocante la eliminación del requisito de equipos "Carro de avance" ya que estos son equipos muy particulares que son elaborados según necesidad.
El Oferente deberá remitirse al PBC, EETT y Planos. Tal y como se establece en los REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION, Capacidad en Materia de Equipos, los equipos podrán ser propios o alquilados.
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Experiencia Específica en Obras
Entendemos que requerir una comprovación de experiência específica en obras es un procedimiento muy importante para seleccionar a las empresas que, por su experiência y capacidade, puedan cumplir con el contrato que se requiera, calificando así al oferente capaz de realizar la obra. El objeto de esta licitación se refiere al proyecto de puente atirantado más grande de América Latina, una obra de gran responsabilidad y complejidad. Considerar cuando el oferente tiene experiencia en consorcio solo su porcentaje de participación es una garantía mínima para certificar tu capacidade, porque ya se sabe que la ejecución de obras en consorcio tiene una división de alcance y tareas, incluso el oferente puede no tener una experiencia real en realizar obras similares. Por tanto, entendemos que cuando la experiencia del oferente como integrante está en Consorcio deberá ser considerada por el porcentaje de participación, sin excepciones. Es nuestra comprensión correcta? De lo contrario, explique.
Entendemos que requerir una comprovación de experiência específica en obras es un procedimiento muy importante para seleccionar a las empresas que, por su experiência y capacidade, puedan cumplir con el contrato que se requiera, calificando así al oferente capaz de realizar la obra. El objeto de esta licitación se refiere al proyecto de puente atirantado más grande de América Latina, una obra de gran responsabilidad y complejidad. Considerar cuando el oferente tiene experiencia en consorcio solo su porcentaje de participación es una garantía mínima para certificar tu capacidade, porque ya se sabe que la ejecución de obras en consorcio tiene una división de alcance y tareas, incluso el oferente puede no tener una experiencia real en realizar obras similares. Por tanto, entendemos que cuando la experiencia del oferente como integrante está en Consorcio deberá ser considerada por el porcentaje de participación, sin excepciones. Es nuestra comprensión correcta? De lo contrario, explique.
Con respecto a los pilotes, en las EETT en D.2 y D.21 que una perforación de pilote con camisa recuperable hasta 55 m de profundidad. Sin embargo, en los planos se indica que los pilotes se ejecutarán al abrigo de camisa de acero recuperable de al menos 6.0 m de longitud. ¿en los ítems D.2 y D.21, el Contratista debe presentar un presupuesto de acuerdo con la EETT o con los planos?
Con respecto a los pilotes, en las EETT en D.2 y D.21 que una perforación de pilote con camisa recuperable hasta 55 m de profundidad. Sin embargo, en los planos se indica que los pilotes se ejecutarán al abrigo de camisa de acero recuperable de al menos 6.0 m de longitud. ¿en los ítems D.2 y D.21, el Contratista debe presentar un presupuesto de acuerdo con la EETT o con los planos?
Ver ítem D.2. y D.21 La longitud mínima de camisa a disponer en la ejecución de todos los pilotes del puente, ya sean de Ø1.00 m (pilas), Ø1.50 m (estribos) o Ø2.00 m (torres de atirantamiento) es de 6.0 m para garantizar la estabilidad del suelo perforado. Sin embargo, en caso de ser necesario, para garantizar la estabilidad del suelo perforado hasta el sustrato rocoso, la longitud de la camisa recuperable puede alcanzar hasta los 55 metros.
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Experiencia Específica en Obras
El llamado MOPC N° 15/2021 es uma licitación pública Binacional entre firmas constructoras domiciliadas en la República del Paraguay y la República Federativa del Brasil, y no es una licitación internacional. Sobre los requisitos mínimos que la empresa brasileña debe tener uma experiencia específica en obras y que solamente serán consideradas las experiencias realizadas en la República Federativa del Brasil, entendemos que no se aceptarán experiencias de obras realizados fuera del Brasil , ya que no hay experiencia de la empresa brasileña, y si de una extranjera, aceptar experiencias internacionales caracteriza erróneamente la licitación, que no es internacional. Permitir experiencias internacionales ofende la competitividad, distorsiona el objeto y va en contra de la ley LEY N° 6086/2018 que aprueba el acuerdo entre Paraguay y Brasil. Similares a eso son las experiencias de los grupos económicos, no se puede tener la experiencia de una empresa que no sea el oferente. Es nuestra comprensión correcta? De lo contrario, explique.
El llamado MOPC N° 15/2021 es uma licitación pública Binacional entre firmas constructoras domiciliadas en la República del Paraguay y la República Federativa del Brasil, y no es una licitación internacional. Sobre los requisitos mínimos que la empresa brasileña debe tener uma experiencia específica en obras y que solamente serán consideradas las experiencias realizadas en la República Federativa del Brasil, entendemos que no se aceptarán experiencias de obras realizados fuera del Brasil , ya que no hay experiencia de la empresa brasileña, y si de una extranjera, aceptar experiencias internacionales caracteriza erróneamente la licitación, que no es internacional. Permitir experiencias internacionales ofende la competitividad, distorsiona el objeto y va en contra de la ley LEY N° 6086/2018 que aprueba el acuerdo entre Paraguay y Brasil. Similares a eso son las experiencias de los grupos económicos, no se puede tener la experiencia de una empresa que no sea el oferente. Es nuestra comprensión correcta? De lo contrario, explique.
Entendemos que Empresas que figuren en el Black List de organismos multilaterales de créditos ( FONPLATA, BIRF, CAF, BID, etc.) no podrán participar del presente llamado a licitación. Es correcta nuestra interpretación?
Entendemos que Empresas que figuren en el Black List de organismos multilaterales de créditos ( FONPLATA, BIRF, CAF, BID, etc.) no podrán participar del presente llamado a licitación. Es correcta nuestra interpretación?
El pliego de bases y condiciones que rige el presente llamado establece: "REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. (pág. 13)1. Condiciones de Participación. Podrán
participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas". "...Serán descalificados las empresas constructoras que la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas y/o institución similar en la República Federativa de Brasil hubiese declarado inhabilitados conforme a las declaraciones juradas exigidas a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o posteriormente, mientras se desarrolla el proceso hasta la fecha de adjudicación del contrato" (SIC).
Por otro lado, el numeral 2. Requisitos de Calificación, del PBC, establece:
"Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones y/o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/2003, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar (Art. 40, Ley N° 2.051/03) a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o posteriormente, hasta la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la prohibición contenida en los incisos a) y b) del artículo 40 de la Ley, el comité de evaluación de ofertas, deberá utilizarla metodología de evaluación que para el efecto disponga la DNCP.
Las personas físicas o jurídicas impedidas por la ITAIPU, la ANDE o la ELETROBRAS; Las personas jurídicas en que consejeros, directores y empleados de la ITAIPU, así como personal cedido o requerido, sean propietarios, socios o que ejerzan funciones de dirección".
Asimismo, es pertinente aclarar que el presente llamado no se rige por las políticas de los organismos multilaterales de crédito (FONPLATA, BIRF, CAF, BID)